lunes, 7 de agosto de 2017

SUBVENCIONES ESTATALES PARA LA RENOVACIÓN DEL PARQUE NACIONAL DE MAQUINARIA AGRARIA

En el BOE de 8 de julio de 2017 se ha publicado el Real Decreto 704/2017, de 7 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones estatales para la renovación del parque nacional de maquinaria agraria.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La concesión directa de las subvenciones estatales destinadas a la renovación de determinada maquinaria agraria.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en este real decreto:

a) Las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, incluidos entes sin personalidad jurídica, titulares de una explotación agraria inscrita en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) regulado en el artículo 5 del Real Decreto 9/2015, de 16 de enero, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene en la producción primaria agrícola, o en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) previsto en el artículo 3 del Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas, o, en el caso de cooperativas, sociedades agrarias de transformación (SAT) u otras agrupaciones agrarias, que sus socios o miembros sean titulares de, al menos, en conjunto, tres de dichas explotaciones.

b) Las personas físicas o jurídicas que prestan servicios agromecánicos con maquinaria agrícola a la agricultura, inscritas en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe 911.

c) Las agrupaciones de tratamientos integrados en agricultura y las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera. Estas subvenciones solamente se destinarán para maquinaria y equipos agrícolas cuyo uso esté destinado a sus actividades específicas.

Los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos adicionales:

a) Estar al corriente de pago de sus obligaciones con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social.

b) No tener la consideración de empresa en crisis de acuerdo con Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (Comunicación 2014/C 249/01, de la Comisión, de 31 de julio de 2014).

c) Cumplir los requisitos aplicables a las pequeñas o medianas empresas (PYMES), de acuerdo con lo establecido en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.

d) No estar sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

e) Haber adquirido la nueva maquinaria que se prevé en el artículo 4, que sustituya a la maquinaria anterior, y que cumpla los requisitos previstos en dicho artículo en ambos casos.

sábado, 5 de agosto de 2017

SEGUNDA CONVOCATORIA DE AYUDAS A LAS FEDERACIONES DEPORTIVAS ESPAÑOLAS PARA EL PROGRAMA MUJER Y DEPORTE

En el BOE de 22 de julio de 2017 se ha publicado la segunda convocatoria de ayudas a las Federaciones Deportivas Españolas para el Programa Mujer y Deporte en el año 2017.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Las ayudas para actuaciones de las Federaciones Deportivas Españolas, con el fin de promocionar, facilitar e incrementar la participación femenina en todos los ámbitos del deporte, en el año 2017, con alguna de las siguientes finalidades:

1.- Promoción, difusión e investigación de la mujer en el deporte.

2.- Formación deportiva.

3.- Desplazamientos de técnicas y juezas a competiciones deportivas.

4.- Nuevas contrataciones de mujeres que sean o hayan sido deportistas de alto nivel o de alto rendimiento.


¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Las Federaciones Deportivas Españolas.

¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?

Quince días contados a partir del siguiente a la publicación en el B.O.E. del extracto de la convocatoria.

viernes, 4 de agosto de 2017

AYUDAS PARA JÓVENES CREADORES EN EL ÁMBITO DE LA ILUSTRACIÓN

En el BOE de 7 de julio de 2017 se ha publicado la convocatoria de ayudas del Instituto de la Juventud para la Creación Joven 2017/2018.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Favorecer el trabajo de jóvenes creadores, con la finalidad de fomentar la actividad creadora, facilitar su promoción y la difusión de su obra, a la vez que propiciar su incorporación al ámbito profesional, mediante la ayuda a proyectos a desarrollar durante el año 2018 en el ámbito de las artes visuales, escénicas, musicales, literarias, así como en los del diseño y el cómic e ilustración, con proyección suprautonómica, nacional o internacional a través de las siguientes líneas de actuación:

a) Producción de obra.

b) Movilidad de obra producida y/o creadores.

c) Emprendimiento para la creación emergente.

d) Sala Amadís del Instituto de la Juventud.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Personas físicas y jurídicas, mayores de edad, de nacionalidad española y todas aquellas con residencia legal en España, que no superen los 30 años de edad, en los supuestos de Producción de obra y Movilidad de obra producida y/o creadores, o los 35 años en los supuestos de Emprendimiento para la creación emergente.

miércoles, 2 de agosto de 2017

AYUDAS PARA JÓVENES CREADORES EN EL ÁMBITO DEL CÓMIC

En el BOE de 7 de julio de 2017 se ha publicado la convocatoria de ayudas del Instituto de la Juventud para la Creación Joven 2017/2018.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Favorecer el trabajo de jóvenes creadores, con la finalidad de fomentar la actividad creadora, facilitar su promoción y la difusión de su obra, a la vez que propiciar su incorporación al ámbito profesional, mediante la ayuda a proyectos a desarrollar durante el año 2018 en el ámbito de las artes visuales, escénicas, musicales, literarias, así como en los del diseño y el cómic e ilustración, con proyección suprautonómica, nacional o internacional a través de las siguientes líneas de actuación:

a) Producción de obra.

b) Movilidad de obra producida y/o creadores.

c) Emprendimiento para la creación emergente.

d) Sala Amadís del Instituto de la Juventud.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Personas físicas y jurídicas, mayores de edad, de nacionalidad española y todas aquellas con residencia legal en España, que no superen los 30 años de edad, en los supuestos de Producción de obra y Movilidad de obra producida y/o creadores, o los 35 años en los supuestos de Emprendimiento para la creación emergente.

martes, 1 de agosto de 2017

AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN EN LOS PLANES NACIONALES DE ACUICULTURA

En el BOE de 20 de julio de 2017 se ha publicado el extracto de la convocatoria de concesión de ayudas a la investigación en los Planes Nacionales de Acuicultura año 2017.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

El refuerzo de la competitividad del sector a través del desarrollo tecnológico y la innovación, favoreciendo el estrechamiento de las relaciones entre la comunidad científica y el sector productor.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios de las ayudas?

Podrán optar a las ayudas la siguiente tipología de entidades válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda:


lunes, 31 de julio de 2017

AYUDAS PARA JÓVENES CREADORES EN EL ÁMBITO DE LAS ARTES LITERARIAS

En el BOE de 7 de julio de 2017 se ha publicado la convocatoria de ayudas del Instituto de la Juventud para la Creación Joven 2017/2018.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Favorecer el trabajo de jóvenes creadores, con la finalidad de fomentar la actividad creadora, facilitar su promoción y la difusión de su obra, a la vez que propiciar su incorporación al ámbito profesional, mediante la ayuda a proyectos a desarrollar durante el año 2018 en el ámbito de las artes visuales, escénicas, musicales, literarias, así como en los del diseño y el cómic e ilustración, con proyección suprautonómica, nacional o internacional a través de las siguientes líneas de actuación:

a) Producción de obra.

b) Movilidad de obra producida y/o creadores.

c) Emprendimiento para la creación emergente.

d) Sala Amadís del Instituto de la Juventud.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Personas físicas y jurídicas, mayores de edad, de nacionalidad española y todas aquellas con residencia legal en España, que no superen los 30 años de edad, en los supuestos de Producción de obra y Movilidad de obra producida y/o creadores, o los 35 años en los supuestos de Emprendimiento para la creación emergente.

sábado, 29 de julio de 2017

SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DIRIGIDOS A PERSONAS INMIGRANTES NACIONALES DE TERCEROS PAÍSES.

En el BOE de 17 de julio de 2017 se ha publicado el extracto de la de convocatoria de subvenciones para el desarrollo de programas dirigidos a personas inmigrantes nacionales de terceros países.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

El objeto de estas subvenciones será fomentar el desarrollo de proyectos orientados a intervenir las necesidades específicas de la población inmigrante derivadas de la diversidad de orígenes culturales y de sus circunstancias especiales, complementando así los proyectos dirigidos a la población en general, a largo plazo, con el mantenimiento de líneas de I+D propias.

¿Qué proyectos son subvencionables?

Podrán concederse subvenciones a cargo de tres líneas de financiación: proyectos financiados exclusivamente con Presupuestos Generales del Estado, proyectos cofinanciados por el Fondo Social Europeo (FSE) y proyectos cofinanciados por el Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI).

Proyectos financiados exclusivamente por Presupuestos Generales del Estado:

- Proyectos de acogida integral para la intervención en la atención de las necesidades básicas y de apoyo a la inserción de personas inmigrantes nacionales de terceros países. El objeto de esta actuación será el establecimiento de plazas de alojamiento y manutención para inmigrantes nacionales de terceros países en situación de vulnerabilidad social o riesgo de exclusión social.

- Proyectos de equipamiento y adaptación de inmuebles. El objetivo de estos proyectos es el apoyo a la adquisición de recursos materiales adecuados para el funcionamiento de entidades cuyos proyectos vayan destinados a personas inmigrantes nacionales de terceros países.