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miércoles, 4 de enero de 2017

CONVOCATORIA DEL DISTINTIVO «IGUALDAD EN LA EMPRESA», POR LA APLICACIÓN DE POLÍTICAS DE IGUALDAD DE TRATO Y DE OPORTUNIDADES

En el BOE de 31 de diciembre de 2.016 se ha publicado la convocatoria para la concesión del distintivo "Igualdad en la Empresa" correspondiente al año 2016, y se han establecido sus bases reguladoras.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

El procedimiento para la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa», correspondiente al año 2016, a fin de reconocer y estimular la labor de las empresas y entidades comprometidas con la igualdad, que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres en las condiciones de trabajo, en los modelos de organización y en otros ámbitos, como los servicios, productos y publicidad de la empresa.

¿Qué entidades y empresas pueden ser candidatas a dicho distintivo?

Cualquier empresa o entidad, de capital público o privado, que ejerza su actividad en territorio español, podrá presentar su candidatura al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para la concesión del distintivo empresarial.

A estos efectos los términos empresa o entidad deben entenderse de acuerdo con lo previsto en el artículo 1.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Quedan excluidas de la posibilidad de presentar candidatura las Administraciones públicas, entendiendo por tales las relacionadas en el artículo 3.2 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Las entidades o empresas candidatas deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar inscrita en el correspondiente régimen de la Seguridad Social y, cuando proceda, encontrarse formalmente constituida e inscrita en el registro público que corresponda.

b) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia tributaria y de Seguridad Social.

c) No haber sido sancionada con carácter firme en los dos o tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de candidaturas, por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

d) No haber sido sancionada con carácter firme en los dos o tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de candidaturas, por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de igualdad y no discriminación en el acceso a los bienes y servicios.

e) Contar con un compromiso explícito en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en las condiciones de trabajo, la organización y funcionamiento interno de la empresa o entidad, y la Responsabilidad Social Empresarial. Dicho compromiso deberá constar por escrito, y también deberá acreditarse la forma elegida por la empresa en que se haya realizado su difusión a toda la plantilla.

f) Haber implantado un plan de igualdad, en aquellos supuestos en que la empresa o entidad esté obligada a ello por imperativo legal o convencional. En los demás supuestos, haber implantado un plan de igualdad o, en su defecto, políticas de igualdad.

g) Haber realizado balances o informes de seguimiento y evaluación del plan de igualdad o, en su defecto, de las medidas desarrolladas en sus políticas de igualdad. La evaluación deberá haberse realizado después de que haya transcurrido al menos un año desde la aprobación del plan de igualdad o la implantación de las citadas medidas.

miércoles, 12 de noviembre de 2014

SOLICITUD DEL DISTINTIVO IGUALDAD EN LA EMPRESA (MINISTERIO DE IGUALDAD)

En el BOE de 30 de octubre de 2014 se publicó la Orden SSI/1994/2014, de 14 de octubre, por la que se convocó el procedimiento para la concesión del distintivo "Igualdad en la Empresa" correspondiente al año 2014, y se establecieron sus bases reguladoras.

La orden tiene por objeto convocar el procedimiento para la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa», correspondiente al año 2014 y establecer las bases reguladoras de la presente convocatoria, a fin de reconocer y estimular la labor de las empresas comprometidas con la igualdad, que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres en las condiciones de trabajo, en los modelos de organización y en otros ámbitos, como los servicios, productos y publicidad de la empresa.

Cualquier empresa, de capital público o privado, que ejerza su actividad en territorio español, podrá solicitar del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa», siempre que cumpla los siguientes requisitos:

a) Estar inscrita en la Seguridad Social y, cuando proceda, encontrarse formalmente constituida e inscrita en el registro público que corresponda.

b) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia tributaria y de Seguridad Social.

c) No haber sido sancionada, en los tres años anteriores a la solicitud, con carácter firme, por infracción grave o muy grave en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación o por infracción muy grave en materia social.

d) Haber iniciado la implantación de un Plan de Igualdad, en aquellos supuestos en que la empresa esté obligada a su implantación por imperativo legal o convencional. En los demás supuestos, haber iniciado la implantación de un Plan de Igualdad o de Políticas de Igualdad.

e) Contar con un compromiso explícito en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en las condiciones de trabajo, la organización y funcionamiento interno de la empresa, y la responsabilidad social. Este compromiso deberá acreditarse por escrito y haberse hecho público.

El plazo de presentación de candidaturas será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden ministerial en el «Boletín Oficial del Estado».

La Orden ha entrado en vigor el 31 de octubre de 2014.

Os facilitamos el enlace al BOE: