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jueves, 20 de julio de 2017

SUBVENCIONES DESTINADAS A APOYAR AL MOVIMIENTO ASOCIATIVO Y FUNDACIONAL

En el BOE de 10 de julio de 2017 se ha publicado el extracto de la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a apoyar al movimiento asociativo y fundacional de ámbito estatal 2017

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

El objeto de las subvenciones es financiar el mantenimiento y funcionamiento, tanto de las instalaciones y sedes como de su propia actividad ordinaria del movimiento asociativo y fundacional de ámbito estatal vinculado al área de competencia y actividad del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, a fin de facilitar la disponibilidad de los medios precisos para el cumplimiento de sus objetivos.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Las entidades y organizaciones no gubernamentales que concurran a esta convocatoria, además de los requisitos de carácter general, establecidos en el artículo tres, de la orden de bases reguladoras, deberán reunir, a la fecha de publicación de la misma, los requisitos recogidos en el apartado cuarto de la Convocatoria.

¿Cuál es el procedimiento y el plazo para la presentación de solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la Resolución de Convocatoria de la Subvención en el B.O.E.

En la sede electrónica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad cuya dirección es https:// sede.msssi.gob.es

El texto completo de esta Convocatoria y sus anexos, están disponibles en la página Web de este Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades.

lunes, 3 de julio de 2017

SUBVENCIONES PÚBLICAS DESTINADAS A LA REALIZACIÓN DE POSTGRADOS DE ESTUDIOS DE GÉNERO Y ACTIVIDADES DEL ÁMBITO UNIVERSITARIO RELACIONADAS CON LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES

En el BOE de 27 de junio de 2017 se ha publicado el extracto de la convocatoria de la concesión de las subvenciones públicas destinadas a la realización de Postgrados de Estudios de Género y Actividades del ámbito universitario relacionadas con la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, para el año 2017.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Realizar Estudios universitarios de postgrado sobre Género y Actividades del ámbito universitario relacionadas con la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres (seminarios, congresos, simposios, jornadas y foros de debate), siempre que estas actuaciones destaquen por su calidad y valor estratégico para la mejora del campus en el ámbito de la igualdad.

miércoles, 4 de enero de 2017

CONVOCATORIA DEL DISTINTIVO «IGUALDAD EN LA EMPRESA», POR LA APLICACIÓN DE POLÍTICAS DE IGUALDAD DE TRATO Y DE OPORTUNIDADES

En el BOE de 31 de diciembre de 2.016 se ha publicado la convocatoria para la concesión del distintivo "Igualdad en la Empresa" correspondiente al año 2016, y se han establecido sus bases reguladoras.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

El procedimiento para la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa», correspondiente al año 2016, a fin de reconocer y estimular la labor de las empresas y entidades comprometidas con la igualdad, que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres en las condiciones de trabajo, en los modelos de organización y en otros ámbitos, como los servicios, productos y publicidad de la empresa.

¿Qué entidades y empresas pueden ser candidatas a dicho distintivo?

Cualquier empresa o entidad, de capital público o privado, que ejerza su actividad en territorio español, podrá presentar su candidatura al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para la concesión del distintivo empresarial.

A estos efectos los términos empresa o entidad deben entenderse de acuerdo con lo previsto en el artículo 1.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Quedan excluidas de la posibilidad de presentar candidatura las Administraciones públicas, entendiendo por tales las relacionadas en el artículo 3.2 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Las entidades o empresas candidatas deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar inscrita en el correspondiente régimen de la Seguridad Social y, cuando proceda, encontrarse formalmente constituida e inscrita en el registro público que corresponda.

b) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia tributaria y de Seguridad Social.

c) No haber sido sancionada con carácter firme en los dos o tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de candidaturas, por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

d) No haber sido sancionada con carácter firme en los dos o tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de candidaturas, por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de igualdad y no discriminación en el acceso a los bienes y servicios.

e) Contar con un compromiso explícito en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en las condiciones de trabajo, la organización y funcionamiento interno de la empresa o entidad, y la Responsabilidad Social Empresarial. Dicho compromiso deberá constar por escrito, y también deberá acreditarse la forma elegida por la empresa en que se haya realizado su difusión a toda la plantilla.

f) Haber implantado un plan de igualdad, en aquellos supuestos en que la empresa o entidad esté obligada a ello por imperativo legal o convencional. En los demás supuestos, haber implantado un plan de igualdad o, en su defecto, políticas de igualdad.

g) Haber realizado balances o informes de seguimiento y evaluación del plan de igualdad o, en su defecto, de las medidas desarrolladas en sus políticas de igualdad. La evaluación deberá haberse realizado después de que haya transcurrido al menos un año desde la aprobación del plan de igualdad o la implantación de las citadas medidas.

viernes, 9 de octubre de 2015

SUBVENCIONES A EMPRESAS PARA FOMENTAR LA IGUALDAD ENTRE SEXOS EN EL ÁMBITO LABORAL

En el BOCYL de 15 de septiembre de 2015 se ha publicado la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral en Castilla y León.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La concesión de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.

Estas subvenciones tienen como finalidad favorecer la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral, fomentando que las empresas y entidades pongan en práctica acciones positivas de igualdad en las áreas subvencionables relacionadas en el resuelvo segundo.

viernes, 8 de mayo de 2015

AYUDAS A EMPRESAS PARA ELABORAR E IMPLANTAR PLANES DE IGUALDAD

En el BOE de 27 de abril de 2015 se ha publicado la convocatoria, del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, de ayudas a la pequeña y mediana empresa y otras entidades para la elaboración e implantación de planes de igualdad, correspondientes al año 2015.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones públicas destinadas a pequeñas y medianas empresas y entidades de entre 30 y 250 personas trabajadoras que por primera vez elaboren e implanten planes de igualdad para el fomento de la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

No podrán ser beneficiarias de las ayudas aquellas pequeñas y medianas empresas o entidades de entre 30 y 250 trabajadores que previamente a la fecha de publicación de esta convocatoria tengan elaborado un plan de igualdad, con independencia de que hayan obtenido o no subvenciones o ayudas públicas para dicha finalidad.


martes, 24 de febrero de 2015

PREMIOS NACIONALES DE LA JUVENTUD

En el BOE de 23 de febrero de 2015 se ha publicado la convocatoria de los Premios Nacionales de Juventud para el año 2015.

¿Cuál es la naturaleza y significación de los premios?

Los «Premios Nacionales de Juventud 2015», suponen un reconocimiento a la labor desarrollada por los jóvenes, de carácter extraordinario, cuya finalidad es la de estimular y reconocer, la trayectoria y esfuerzo, de carácter extraordinario, de aquéllos jóvenes que por su dedicación en su trabajo y su implicación personal, ponen de manifiesto su compromiso en distintos ámbitos de la sociedad.


¿Cuáles son las categorías en las que se conceden los premios?

Se concede un único premio en cada una de las categorías siguientes:   

1.- Iniciativa emprendedora en materia de empleo.

2.- Comunicación intercultural.

3.- Voluntariado. 

4.- Igualdad.


martes, 18 de noviembre de 2014

SUBVENCIONES A LAS EMPRESAS QUE CONTRATEN JÓVENES DESEMPLEADOS PARA LA REALIZACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE PLANES Y MEDIDAS DE IGUALDAD Y CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, LABORAL Y FAMILIAR


En Navarra, la RESOLUCIÓN 2334/2014 regula la concesión de subvenciones a las empresas que contraten jóvenes desempleados menores de 25 años o menores de 30 si tienen reconocida una discapacidad, para la realización, seguimiento y evaluación de planes y medidas de igualdad y conciliación de la vida personal, laboral y familiar.

¿Cuál es el objeto y el ámbito de la convocatoria?

La convocatoria tiene por objeto regular las condiciones y requisitos de la concesión de subvenciones a las empresas que contraten personas jóvenes desempleadas menores de 25 años, o menores de 30 años si tienen reconocida una discapacidad igual o superior al 33%, para la realización, seguimiento y evaluación de planes y medidas de igualdad y de medidas de conciliación de la vida personal, laboral y familiar. Para ello se subvencionan parcialmente los costes laborales derivados de la contratación de dichas personas.
El ámbito de actuación es la Comunidad Foral de Navarra.
Estas ayudas se aplicarán a las contrataciones que se realicen desde el día de la fecha de publicación de esta convocatoria hasta el 15 de diciembre de 2014.
Esta convocatoria se enmarca dentro del Programa Operativo de Empleo Juvenil cofinanciado por la Iniciativa de Empleo Juvenil y el Fondo Social Europeo para el periodo 2014-2020, en un porcentaje de al menos un 50%.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán ser beneficiarias de la subvención las empresas con centros de trabajo en la Comunidad Foral de Navarra que contraten a personas jóvenes menores de 25 años, o menores de 30 años si tienen reconocida una discapacidad igual o superior al 33%, que, en el momento de la contratación, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en alguna de las Agencias de Empleo dependientes del Servicio Navarro de Empleo y en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
El contrato de trabajo tendrá una duración mínima de 6 meses con una jornada laboral de al menos un 33% de la jornada habitual, y deberá celebrarse para la realización de alguna o algunas de las siguientes actividades:
a) Elaboración de diagnósticos de situación, que sirvan de base para la posterior realización de planes de igualdad.
b) Elaboración de Planes de Igualdad.
c) Seguimiento de Planes de Igualdad implantados en la empresa.
d) Evaluación de Planes de Igualdad implantados, como mínimo, un año antes de la fecha de publicación de esta convocatoria.
e) Análisis de medidas de igualdad recogidas en los convenios de empresa, así como propuesta y puesta en marcha de nuevas medidas de conciliación.
f) Estudio, valoración económica y cálculo de costes de implantación en la empresa de medidas innovadoras que favorezcan la conciliación personal, laboral y familiar.
El contrato deberá suponer un incremento de la plantilla total de los centros de trabajo ubicados en Comunidad Foral de Navarra, respecto a la existente en el último día del mes anterior a la fecha de esta convocatoria.

¿Cuál es el importe de la subvención?

 La cuantía de la subvención será de 4.000 euros por cada joven contratado a jornada completa, e irá destinada a financiar parcialmente los costes salariales de las personas contratadas.
A los contratos que se celebren con una jornada entre el 33% y el 99% de la jornada habitual, el importe de la subvención a conceder se prorrateará en función al tiempo de trabajo efectivo.

¿Cuál es el plazo y donde se presentan las solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 15 de diciembre de 2014.
Las solicitudes se presentarán, preferentemente, en el registro del Servicio Navarro de Empleo, o en cualquier otro de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, incluyendo el Registro Electrónico del Gobierno de Navarra al que se accede a través de la página www.navarra.es (requiere firma electrónica).

Os adjunto el enlace de la convocatoria:





miércoles, 12 de noviembre de 2014

SOLICITUD DEL DISTINTIVO IGUALDAD EN LA EMPRESA (MINISTERIO DE IGUALDAD)

En el BOE de 30 de octubre de 2014 se publicó la Orden SSI/1994/2014, de 14 de octubre, por la que se convocó el procedimiento para la concesión del distintivo "Igualdad en la Empresa" correspondiente al año 2014, y se establecieron sus bases reguladoras.

La orden tiene por objeto convocar el procedimiento para la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa», correspondiente al año 2014 y establecer las bases reguladoras de la presente convocatoria, a fin de reconocer y estimular la labor de las empresas comprometidas con la igualdad, que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres en las condiciones de trabajo, en los modelos de organización y en otros ámbitos, como los servicios, productos y publicidad de la empresa.

Cualquier empresa, de capital público o privado, que ejerza su actividad en territorio español, podrá solicitar del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa», siempre que cumpla los siguientes requisitos:

a) Estar inscrita en la Seguridad Social y, cuando proceda, encontrarse formalmente constituida e inscrita en el registro público que corresponda.

b) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia tributaria y de Seguridad Social.

c) No haber sido sancionada, en los tres años anteriores a la solicitud, con carácter firme, por infracción grave o muy grave en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación o por infracción muy grave en materia social.

d) Haber iniciado la implantación de un Plan de Igualdad, en aquellos supuestos en que la empresa esté obligada a su implantación por imperativo legal o convencional. En los demás supuestos, haber iniciado la implantación de un Plan de Igualdad o de Políticas de Igualdad.

e) Contar con un compromiso explícito en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en las condiciones de trabajo, la organización y funcionamiento interno de la empresa, y la responsabilidad social. Este compromiso deberá acreditarse por escrito y haberse hecho público.

El plazo de presentación de candidaturas será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden ministerial en el «Boletín Oficial del Estado».

La Orden ha entrado en vigor el 31 de octubre de 2014.

Os facilitamos el enlace al BOE: