Mostrando entradas con la etiqueta Mujer. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Mujer. Mostrar todas las entradas

jueves, 20 de julio de 2017

SUBVENCIONES DESTINADAS A APOYAR AL MOVIMIENTO ASOCIATIVO Y FUNDACIONAL

En el BOE de 10 de julio de 2017 se ha publicado el extracto de la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a apoyar al movimiento asociativo y fundacional de ámbito estatal 2017

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

El objeto de las subvenciones es financiar el mantenimiento y funcionamiento, tanto de las instalaciones y sedes como de su propia actividad ordinaria del movimiento asociativo y fundacional de ámbito estatal vinculado al área de competencia y actividad del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, a fin de facilitar la disponibilidad de los medios precisos para el cumplimiento de sus objetivos.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Las entidades y organizaciones no gubernamentales que concurran a esta convocatoria, además de los requisitos de carácter general, establecidos en el artículo tres, de la orden de bases reguladoras, deberán reunir, a la fecha de publicación de la misma, los requisitos recogidos en el apartado cuarto de la Convocatoria.

¿Cuál es el procedimiento y el plazo para la presentación de solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la Resolución de Convocatoria de la Subvención en el B.O.E.

En la sede electrónica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad cuya dirección es https:// sede.msssi.gob.es

El texto completo de esta Convocatoria y sus anexos, están disponibles en la página Web de este Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades.

lunes, 20 de febrero de 2017

AYUDAS A MUJERES DEPORTISTAS PARA FACILITAR LA CONCILIACIÓN DEPORTIVA Y PERSONAL

En el BOE de 14 de febrero de 2.017 se ha publicado el extracto de la convocatoria de ayudas a mujeres deportistas en el año 2017.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La concesión de ayudas a mujeres deportistas con licencia federativa en vigor que hayan sido madres en 2016 o que tengan hijos menores de tres años a cargo de personal cuidador o en centros educativos infantiles a lo largo de 2017, con el fin de facilitar la conciliación de su vida deportiva y personal.

Se financiarán las siguientes situaciones:

1.- Ayudas a deportistas de alto nivel (DAN) por nacimiento, adopción o acogimiento, en 2016.

2.- Ayudas a deportistas integrantes de equipos nacionales por cuidado de hijos menores de tres años matriculados en centros educativos infantiles o a cargo de personal cuidador, en el año 2017.

¿Cómo es el importe de las ayudas?

El importe máximo imputable a las ayudas será de 40.000 €.

15.000 € por nacimiento, adopción o acogimiento en 2016 con un límite máximo de 3.000 € por deportista de alto nivel. Y 25.000 € por cuidado de hijos menores de tres años matriculados en centros educativos infantiles o a cargo de personal cuidador en el año 2017 con un límite máximo de 1.100 € por deportista integrante de selecciones nacionales.


viernes, 17 de febrero de 2017

PREMIOS A TESIS DOCTORALES SOBRE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER.

En el BOE de 14 de febrero de 2.017 se ha publicado la Orden SSI/121/2017, de 8 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género a tesis doctorales sobre violencia contra la mujer.

¿Cuál es el objeto de las bases reguladoras y la finalidad del premio?

El objeto es crear los Premios de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género a tesis doctorales sobre violencia contra la mujer y establecer las bases reguladoras de la concesión de los mismos.

La finalidad de los Premios es la de reconocer y recompensar a las personas autoras de aquellas tesis doctorales que, como consecuencia de su investigación, hayan contribuido a mejorar el conocimiento de la dimensión, consecuencias y características de la violencia contra la mujer, así como los medios para evitarla. A estos efectos, se entenderá por violencia contra la mujer, de conformidad con lo dispuesto en la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, aprobada por Resolución 48/104, de 20 de diciembre de 1993, de la Asamblea General de las Naciones Unidas, «todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada», constituyendo la violencia de género una manifestación concreta de la misma.


domingo, 8 de enero de 2017

AYUDAS PARA PROMOCIONAR, FACILITAR E INCREMENTAR LA PARTICIPACIÓN FEMENINA EN TODOS LOS ÁMBITOS DEL DEPORTE

En el BOE de 7 de enero de 2.017 se ha publicado la convocatoria de ayudas a las Federaciones Deportivas Españolas para el Programa Mujer y deporte en el año 2017.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Las ayudas para actuaciones de las Federaciones Deportivas Españolas, con el fin de promocionar, facilitar e incrementar la participación femenina en todos los ámbitos del deporte, en el año 2017, con alguna de las siguientes finalidades:

1.- Promoción, difusión e investigación de la mujer en el deporte.

a) Realización de eventos y actuaciones que difundan el deporte femenino.

b) Investigaciones y estudios en relación con el deporte femenino.

c) Producción de material audiovisual en relación con el deporte femenino.

d) Publicaciones electrónicas en relación con el deporte femenino.

e) Proyectos innovadores en relación con el deporte femenino.

2.- Formación deportiva.

a) Enseñanzas deportivas reguladas oficialmente.

b) Cursos de árbitras o juezas.

c) Actividades de formación continua autorizadas dentro del programa FOCO cuyos objetivos estén relacionados con la incorporación de la perspectiva de género en la práctica deportiva.

d) Realización y participación en cursos cuya temática esté relacionada con el mundo deportivo (coaching, liderazgo, gestión deportiva,…) por parte de entrenadoras con licencia federativa en vigor, directivas, gestoras, trabajadoras con cargos de responsabilidad dentro de las Federaciones Deportivas Españolas, deportistas y exdeportistas.

e) Ayudas para formación académica reglada referida al curso académico 2016-2017 a deportistas integrantes de equipos nacionales.

3.- Desplazamientos de técnicas y juezas a competiciones deportivas.

a) Ayudas para desplazamientos y asistencia a reuniones técnicas o competiciones deportivas por parte de técnicas y juezas, que supongan un avance en su trayectoria profesional y que no estén contempladas en otras subvenciones por parte del CSD.

b) Ayuda para la asistencia de mujeres a comités ejecutivos de las Federaciones Internacionales u otras reuniones de relevancia consideradas por el CSD.

4.- Nuevas contrataciones de mujeres que sean o hayan sido deportistas de alto nivel o de alto rendimiento.

domingo, 9 de octubre de 2016

AYUDAS A MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO

La Comunidad de Madrid ha convocado Ayudas individuales para favorecer la autonomía de mujeres víctimas de violencia de género (2016)

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Apoyar la autonomía de mujeres procedentes de centros residenciales para víctimas de violencia de género y/o en riesgo de exclusión social dependientes de la Consejería de Políticas Sociales y Familia (Dirección General de la Mujer).

domingo, 24 de abril de 2016

SUBVENCIONES A EMPRESAS PARA EL FOMENTO DEL ASCENSO PROFESIONAL DE LA MUJER

En el BOCYL de 12 de abril de 2016 se han publicado las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a PYMES para fomentar el ascenso profesional de la mujer en Castilla y León.

¿Cuál es el objeto de las subvenciones?

Incentivar a micro, pequeñas y medianas empresas (PYMES), para fomentar el ascenso profesional de la mujer trabajadora en Castilla y León.

Se considera ascenso o promoción profesional, a efectos de estas subvenciones, todo cambio de categoría o grupo profesional, según convenio colectivo, que conlleve la realización efectiva de funciones de mayor cualificación y un incremento salarial consolidable.

En los casos de ausencia de convenio colectivo aplicable se considerará ascenso o promoción profesional el cambio de funciones debidamente justificado que conlleve la realización efectiva de funciones de mayor cualificación con un incremento salarial consolidable. El cambio de funciones se justificará con la aportación de los documentos que se indiquen en la convocatoria.

No serán subvencionables, los ascensos o promociones profesionales que se encuentren en los siguientes supuestos:

a) Las relaciones laborales de carácter especial previstas en el artículo 2.1 Estatuto de los Trabajadores.

b) Los que sean consecuencia del ascenso o promoción predeterminada por la Legislación Laboral o por Convenio Colectivo.

viernes, 9 de octubre de 2015

SUBVENCIONES A EMPRESAS PARA FOMENTAR LA IGUALDAD ENTRE SEXOS EN EL ÁMBITO LABORAL

En el BOCYL de 15 de septiembre de 2015 se ha publicado la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral en Castilla y León.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La concesión de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.

Estas subvenciones tienen como finalidad favorecer la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral, fomentando que las empresas y entidades pongan en práctica acciones positivas de igualdad en las áreas subvencionables relacionadas en el resuelvo segundo.

miércoles, 10 de junio de 2015

SUBVENCIONES A ENTIDADES ASOCIATIVAS DE MUJERES RURALES

En el BOE del 14 de mayo de 2015 se ha publicado la convocatoria de subvenciones a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional, para el ejercicio 2015.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Las subvenciones para el ejercicio 2015, destinadas a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional, previstas en la Orden AAA/652/2015, de 8 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional, para el desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado, así como para la realización de actividades específicas de especial interés para impulsar el papel de las mujeres en el mundo rural.


viernes, 8 de mayo de 2015

AYUDAS A EMPRESAS PARA ELABORAR E IMPLANTAR PLANES DE IGUALDAD

En el BOE de 27 de abril de 2015 se ha publicado la convocatoria, del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, de ayudas a la pequeña y mediana empresa y otras entidades para la elaboración e implantación de planes de igualdad, correspondientes al año 2015.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones públicas destinadas a pequeñas y medianas empresas y entidades de entre 30 y 250 personas trabajadoras que por primera vez elaboren e implanten planes de igualdad para el fomento de la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

No podrán ser beneficiarias de las ayudas aquellas pequeñas y medianas empresas o entidades de entre 30 y 250 trabajadores que previamente a la fecha de publicación de esta convocatoria tengan elaborado un plan de igualdad, con independencia de que hayan obtenido o no subvenciones o ayudas públicas para dicha finalidad.


lunes, 2 de marzo de 2015

SUBVENCIONES DESTINADAS A PYMES PARA FOMENTAR EL ASCENSO PROFESIONAL DE LA MUJER

En Castilla y León, el 31 de diciembre de 2014, se ha publicado la convocatoria de subvenciones destinadas a PYMES para fomentar el ascenso profesional de la mujer en Castilla y León para el año 2015 (Código REAY EYE 009).

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2015, dirigidas a incentivar el ascenso profesional de las mujeres trabajadoras en Castilla y León.

Las subvenciones tienen por objeto incentivar a micro, pequeñas y medianas empresas (PYMES), para fomentar el ascenso profesional de la mujer trabajadora en Castilla y León.

Se considera ascenso o promoción profesional, a estos efectos, todo cambio de categoría o grupo profesional, según convenio colectivo, que conlleve la realización efectiva de funciones de mayor responsabilidad y cualificación y un incremento salarial consolidable.

En los casos de ausencia de convenio colectivo aplicable se considerará ascenso o promoción profesional el cambio de funciones debidamente justificado que conlleve la realización efectiva de funciones de mayor cualificación con un incremento salarial consolidable.



jueves, 8 de enero de 2015

PREMIO LITERARIO DE NARRATIVA DE MUJERES

En la Comunidad Valenciana, el 23 de diciembre de 2014, se ha convocado la  XVI Edición del Premio Literario de Narrativa de Mujeres correspondiente al año 2015

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La XVI Edición del Premio Literario de Narrativa de Mujeres, con las bases que regirán su concesión en el año 2015.

¿Quién puede participar en la convocatoria?

Cualquier mujer mayor de edad y residente en la Comunidad Valenciana, pudiendo presentar un máximo de dos obras.

jueves, 20 de noviembre de 2014

SUBVENCIONES A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA ASISTIR A MUJERES EMBARAZADAS Y A MADRES SIN RECURSOS CON HIJOS DE HASTA TRES AÑOS.

En Madrid, la ORDEN 2343/2014 convoca subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos dirigidos a asistir a mujeres embarazadas y a madres sin recursos con hijos de hasta tres años y a mantener una red de apoyo para 2015.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Conceder subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos dirigidos a asistir a mujeres embarazadas y madres sin recursos con hijos de cero a tres años y para el mantenimiento de una red de apoyo, desde el 1 de enero al 31 de octubre del año 2015.

¿Qué requisitos deben cumplir los solicitantes?

Podrán ser solicitantes de las subvenciones que regula la presente orden las entidades sin ánimo de lucro, válidamente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos a la finalización del plazo de presentación de solicitudes y los mantengan hasta la finalización del plazo de justificación:
a) Carecer de ánimo de lucro.
b) Realizar actuaciones, objeto de la convocatoria, en el territorio de la Comunidad de Madrid, acreditándolo por cualquier medio admitido en derecho.
c) Haber realizado proyectos, objeto de la convocatoria, durante el ejercicio anterior.
d) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social; así como no tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
e) Estar inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Acción Social de la Comunidad de Madrid. Asimismo, deberá acreditar que los centros y servicios están inscritos en el citado registro.
f) Acreditar no encontrarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Cuáles son las acciones subvencionables?

Se subvencionarán los gastos previstos en cada convocatoria, correspondientes a la realización de proyectos que desarrollen alguna o algunas de las siguientes acciones:
a) Alojamiento de las mujeres embarazadas o madres sin recursos con hijos de hasta tres años.
b) Programas socio-laborales dirigidos a mujeres embarazadas y madres sin recursos con hijos de hasta tres años, tendentes a garantizar su autonomía personal y patrimonial frente a situaciones de vulnerabilidad o exclusión social.
c) Servicios para el cuidado y atención inmediata para hijos de hasta tres años y sus madres.

¿Dónde, cómo y cuando se presentan las solicitudes?

Las entidades interesadas deberán presentar solicitud en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al siguiente día hábil.
Las solicitudes, acompañadas de la documentación pertinente, irán dirigidas al titular de la Dirección Gerencia del IMFM y serán presentadas en el Registro del IMFM, en el Registro de la Consejería de Asuntos Sociales, en el Registro General de la Comunidad de Madrid, en cualquier Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al correspondiente Convenio, en Oficinas de Correos, en representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero o por cualquiera de los medios previstos por el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Si el expediente se remite por correo, se presentará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de proceder a su certificación.
Las solicitudes también podrán presentarse por Internet, a través del Registro Telemático de la Consejería de Asuntos Sociales, para lo que es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007 y normativa autonómica aplicable. La documentación requerida puede anexarse a la solicitud, en el momento de su envío, o autorizar a la Administración la consulta de los datos contenidos en los certificados, en aquellos casos en que exista esta opción. Igualmente, podrán aportarse documentos durante la tramitación del expediente, a través de la opción “Aportación de Documentos”, disponible en el portal de Administración Electrónica de www.madrid.org. Asimismo, se podrán recibir las notificaciones que tenga que hacer la Administración de la Comunidad de Madrid, referidas a este procedimiento, a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas, disponible en el citado portal, si así lo indica en el impreso de solicitud y se ha dado de alta en el sistema.

Os adjunto el enlace a la convocatoria: