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sábado, 13 de enero de 2018

AYUDAS DIRIGIDAS A LOS CASTELLANOS Y LEONESES EN EL EXTERIOR QUE SE ENCUENTREN EN CONDICIONES DE ESPECIAL NECESIDAD.

En el BOCYL de 26 de diciembre de 2017 se ha publicado la convocatoria de ayudas dirigidas a los castellanos y leoneses en el exterior que se encuentren en condiciones de especial necesidad.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Convocar, para el año 2018, ayudas individuales por razón de necesidad, a fin de paliar la situación derivada de la carencia de recursos de los castellanos y leoneses en el exterior.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán ser beneficiarios, siempre que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria, los españoles residentes en el extranjero, así como sus descendientes inscritos como españoles que, de acuerdo con la normativa estatal, se hallen inscritos en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero de la Oficina Consular correspondiente a su residencia y hayan establecido un municipio de Castilla y León como municipio de inscripción en España.

lunes, 9 de octubre de 2017

PROGRAMA DE ATENCIÓN A NIÑOS EN CENTROS ESCOLARES PÚBLICOS EN PERÍODOS VACACIONALES. NAVIDAD.

En el BOCYL de 7 de febrero de 2017 se ha publicado la convocatoria del programa «Conciliamos» en 2017.

¿Cuál es el objeto y finalidad de la convocatoria?

El programa «Conciliamos» se dirige a la atención lúdica de niños y niñas durante los períodos vacacionales de Semana Santa, Verano y Navidad de 2017, con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.

El programa se desarrollará por la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en colaboración con las entidades locales que participen en su ejecución, mediante la suscripción del oportuno convenio de colaboración.

Será cada entidad local la que determine las instalaciones donde se desarrollará el programa, así como el número máximo de menores que podrá tener cada una de ellas, exigiéndose, como requisito general para la realización del mismo en cada instalación, que el número mínimo de solicitudes y de asistencia continuada sea de 15 niños.

¿Quiénes son los destinatarios?

El programa se destina a aquellas unidades familiares que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que los menores para los que se va a solicitar plaza en el programa, tengan edades comprendidas entre 3 y 12 años, a fecha de inicio de cada uno de los períodos de funcionamiento del programa, pudiéndose aumentar la edad del menor hasta los 14 años cuando se trate de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE) escolarizados en centros ordinarios del sistema educativo.

También se podrá solicitar plaza para los menores de otras nacionalidades que participen en programas de acogida temporal en familias castellano leonesas, con el mismo límite de edad anteriormente señalado.

b) Que los progenitores o representantes legales se encuentren en alguna de estas situaciones:

– Desarrollen una actividad profesional durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Realicen actividades formativas convocadas por el Servicio Público de Empleo durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Presenten un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o deban atender a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad con al menos dicho grado de discapacidad.

– Tengan reconocido el carácter de cuidadores familiares de personas dependientes.

– Participen en un proceso selectivo para el acceso a cualquier Administración Pública durante el período de funcionamiento del programa.

c) Tanto el menor para el que se solicita plaza en el programa como, al menos, uno de los padres o representantes legales, deberán estar empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León en el momento de formular la solicitud. No se exigirá el empadronamiento a los menores acogidos temporalmente.

miércoles, 7 de junio de 2017

AYUDAS A LA GANADERÍA

En el BOCYL de 6 de junio DE 2.017 SE ha publicado el extracto de la convocatoria, para el año 2017, de las ayudas a la compra de ganado bovino, ovino y caprino que tenga por objeto la reposición de reses como consecuencia de su sacrificio en aplicación de programas sanitarios oficiales de enfermedades de los rumiantes.

¿Cuál es la finalidad de las ayudas?

Las ayudas tienen como finalidad incrementar y apoyar la competitividad de la ganadería como actividad central de las zonas rurales, facilitar el mantenimiento en dichas zonas y conservar y mejorar el medio ambiente.


¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas o jurídicas y las comunidades de bienes, titulares de explotaciones de reproducción de ganado bovino, ovino y caprino ubicadas en la Comunidad de Castilla y León, que adquieran animales destinados a la reposición de los animales sacrificados en aplicación de programas sanitarios oficiales de enfermedades de los rumiantes.

lunes, 17 de abril de 2017

PROGRAMA DE ATENCIÓN A NIÑOS EN CENTROS ESCOLARES PÚBLICOS EN PERÍODOS VACACIONALES. VERANO

En el BOCYL de 7 de febrero de 2017 se ha publicado la convocatoria del programa «Conciliamos» en 2017.

¿Cuál es el objeto y finalidad de la convocatoria?

El programa «Conciliamos» se dirige a la atención lúdica de niños y niñas durante los períodos vacacionales de Semana Santa, Verano y Navidad de 2017, con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.

El programa se desarrollará por la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en colaboración con las entidades locales que participen en su ejecución, mediante la suscripción del oportuno convenio de colaboración.

Será cada entidad local la que determine las instalaciones donde se desarrollará el programa, así como el número máximo de menores que podrá tener cada una de ellas, exigiéndose, como requisito general para la realización del mismo en cada instalación, que el número mínimo de solicitudes y de asistencia continuada sea de 15 niños.

¿Quiénes son los destinatarios?

El programa se destina a aquellas unidades familiares que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que los menores para los que se va a solicitar plaza en el programa, tengan edades comprendidas entre 3 y 12 años, a fecha de inicio de cada uno de los períodos de funcionamiento del programa, pudiéndose aumentar la edad del menor hasta los 14 años cuando se trate de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE) escolarizados en centros ordinarios del sistema educativo.

También se podrá solicitar plaza para los menores de otras nacionalidades que participen en programas de acogida temporal en familias castellano leonesas, con el mismo límite de edad anteriormente señalado.

b) Que los progenitores o representantes legales se encuentren en alguna de estas situaciones:

– Desarrollen una actividad profesional durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Realicen actividades formativas convocadas por el Servicio Público de Empleo durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Presenten un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o deban atender a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad con al menos dicho grado de discapacidad.

– Tengan reconocido el carácter de cuidadores familiares de personas dependientes.

– Participen en un proceso selectivo para el acceso a cualquier Administración Pública durante el período de funcionamiento del programa.

c) Tanto el menor para el que se solicita plaza en el programa como, al menos, uno de los padres o representantes legales, deberán estar empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León en el momento de formular la solicitud. No se exigirá el empadronamiento a los menores acogidos temporalmente.

martes, 28 de febrero de 2017

PROGRAMA DE ATENCIÓN A NIÑOS EN CENTROS ESCOLARES PÚBLICOS EN PERÍODOS VACACIONALES. SEMANA SANTA

En el BOCYL de 7 de febrero de 2017 se ha publicado la convocatoria del programa «Conciliamos» en 2017.

¿Cuál es el objeto y finalidad de la convocatoria?

El programa «Conciliamos» se dirige a la atención lúdica de niños y niñas durante los períodos vacacionales de Semana Santa, Verano y Navidad de 2017, con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.

El programa se desarrollará por la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en colaboración con las entidades locales que participen en su ejecución, mediante la suscripción del oportuno convenio de colaboración.

Será cada entidad local la que determine las instalaciones donde se desarrollará el programa, así como el número máximo de menores que podrá tener cada una de ellas, exigiéndose, como requisito general para la realización del mismo en cada instalación, que el número mínimo de solicitudes y de asistencia continuada sea de 15 niños.

¿Quiénes son los destinatarios?

El programa se destina a aquellas unidades familiares que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que los menores para los que se va a solicitar plaza en el programa, tengan edades comprendidas entre 3 y 12 años, a fecha de inicio de cada uno de los períodos de funcionamiento del programa, pudiéndose aumentar la edad del menor hasta los 14 años cuando se trate de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE) escolarizados en centros ordinarios del sistema educativo.

También se podrá solicitar plaza para los menores de otras nacionalidades que participen en programas de acogida temporal en familias castellano leonesas, con el mismo límite de edad anteriormente señalado.

b) Que los progenitores o representantes legales se encuentren en alguna de estas situaciones:

– Desarrollen una actividad profesional durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Realicen actividades formativas convocadas por el Servicio Público de Empleo durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Presenten un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o deban atender a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad con al menos dicho grado de discapacidad.

– Tengan reconocido el carácter de cuidadores familiares de personas dependientes.

– Participen en un proceso selectivo para el acceso a cualquier Administración Pública durante el período de funcionamiento del programa.

c) Tanto el menor para el que se solicita plaza en el programa como, al menos, uno de los padres o representantes legales, deberán estar empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León en el momento de formular la solicitud. No se exigirá el empadronamiento a los menores acogidos temporalmente.

martes, 6 de diciembre de 2016

AYUDAS DIRIGIDAS A LA ADQUISICIÓN DE DISPOSITIVOS DIGITALES (TABLETS) PARA SU UTILIZACIÓN POR EL ALUMNADO QUE CURSE EDUCACIÓN PRIMARIA Y EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

En el BOCYL de 24 de noviembre de 2016 se ha publicado la convocatoria de ayudas dirigidas a la adquisición de dispositivos digitales (tablets) para su utilización por el alumnado que curse Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, para el curso 2016/2017.

¿Cuál es el objeto y requisitos de la convocatoria?

Convocar ayudas dirigidas a la adquisición de dispositivos digitales (tablets), en régimen de concurrencia competitiva, para su utilización por el alumnado que curse educación primaria y educación secundaria obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, para el curso 2016/2017.

Únicamente serán subvencionables los dispositivos, cuando el director del centro acredite la necesidad de su uso en clase para el tratamiento de recursos didácticos digitales de acuerdo con el plan de integración de las tecnologías de la información y la comunicación del centro; serán modelos que reúnan las características determinadas en el Anexo y se hayan adquirido en el período comprendido desde 24 de junio de 2016 hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Se entenderá que cuentan con un plan de integración de las tecnologías de la información y la comunicación, aquellos centros que en sus documentos institucionales contemplen la integración organizada de las tecnologías en las distintas áreas del currículo.

En caso de resultar beneficiario de alguna de las ayudas de ésta convocatoria, no podrá volver a solicitarse otra con el mismo objeto y para el mismo alumno antes de que hayan transcurrido tres cursos escolares, incluyendo el curso 2016/2017

jueves, 1 de diciembre de 2016

BECAS FORMACIÓN Y PRÁCTICAS EN ACCIÓN EXTERIOR Y ASUNTOS EUROPEOS

En el BOCYL de 1 de diciembre de 2.016 se han publicado las bases reguladoras para la concesión de becas para la formación y la realización de prácticas en materia de acción exterior y asuntos europeos.

¿Cuál es el objeto de las becas?

La formación de titulados universitarios vinculados a Castilla y León mediante la realización de prácticas en materia de acción exterior y asuntos europeos en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en las dependencias de la Delegación Permanente de Castilla y León ante la Unión Europea en Bruselas, con la finalidad de completar el estudio y la formación académica del becario, a través de su acercamiento directo al ejercicio de la acción exterior de la Junta de Castilla y León y al funcionamiento institucional de la Unión Europea, mejorando su empleabilidad.

¿Cuál es la cuantía y duración de las becas?

La orden de convocatoria fijará la cuantía total máxima destinada a la convocatoria de las becas. Cada beca tendrá una dotación económica individualizada.

Las becas podrán tener una duración máxima de treinta y seis meses ininterrumpidos, contados desde la incorporación del becario. Un primer período se extenderá desde el día de la incorporación hasta el 31 de diciembre del año en curso, pudiendo renovarse por anualidades completas, o por meses dentro de una anualidad, sin superar, en ningún caso, la duración máxima de la beca.

viernes, 7 de octubre de 2016

PROGRAMA DE ATENCIÓN A NIÑOS EN CENTROS ESCOLARES PÚBLICOS EN PERÍODOS VACACIONALES. SEMANA SANTA.

En el BOCYL de 2 de febrero de 2016 se ha publicado la convocatoria del programa «Conciliamos» en 2016.

¿Cuál es el objeto y finalidad de la convocatoria?

El programa «Conciliamos», dirigido a la atención lúdica de niños y niñas durante los períodos vacacionales de Semana Santa, Verano y Navidad de 2016, con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.

El programa se desarrollará por la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en colaboración con las entidades locales que participen en su ejecución, mediante la suscripción del oportuno convenio de colaboración.

Será cada entidad local la que determine las instalaciones donde se desarrollará el programa, así como el número máximo de menores que podrá tener cada una de ellas, exigiéndose, como requisito general para la realización del mismo en cada instalación, que el número mínimo de solicitudes y de asistencia continuada sea de 15 niños.

¿Quiénes son los destinatarios?

El programa se destina a aquellas unidades familiares que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que los menores para los que se va a solicitar plaza en el programa, tengan edades comprendidas entre 3 y 12 años, a fecha de inicio de cada uno de los períodos de funcionamiento del programa, pudiéndose aumentar la edad del menor hasta los 14 años cuando se trate de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE) escolarizados en centros ordinarios de Educación Primaria.

También se podrá solicitar plaza para los menores de otras nacionalidades que participen en programas de acogida temporal en familias castellano leonesas, con el mismo límite de edad anteriormente señalado.

b) Que los progenitores o representantes legales se encuentren en alguna de estas situaciones:

– Desarrollen una actividad profesional durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Realicen actividades formativas convocadas por el Servicio Público de Empleo durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Presenten un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o deban atender a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad con al menos dicho grado de discapacidad.

– Tengan reconocido el carácter de cuidadores familiares de personas dependientes.

– Participen en un proceso selectivo para el acceso a cualquier Administración Pública durante el período de funcionamiento del programa.

c) Tanto el menor para el que se solicita plaza en el programa como, al menos, uno de los padres o representantes legales, deberán estar empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León en el momento de formular la solicitud. No se exigirá el empadronamiento a los menores acogidos temporalmente.

sábado, 1 de octubre de 2016

SUBVENCIONES PARA PROMOVER LA AFILIACIÓN DE LAS MUJERES DEL MEDIO RURAL EN EL RETA DE LA SEGURIDAD SOCIAL

En el BOCYL de 4 de julio de 2.016 se ha publicado la convocatoria de subvenciones para promover la afiliación de las mujeres del medio rural en el RETA, a través del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Las subvenciones dirigidas a promover la afiliación de las mujeres del medio rural en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, a través del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, con la finalidad de fomentar la creación del empleo femenino y la mejora laboral en el campo de Castilla y León, facilitando mediante incentivos su alta en la Seguridad Social.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán acogerse a las subvenciones las mujeres del medio rural que se den de alta en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, a través del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2015 y el 30 de septiembre de 2016.

A los efectos de la presente orden se entiende por mujer del medio rural aquélla que resida en municipios de Castilla y León con una población inferior a 10.000 habitantes.


Las solicitantes deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:

a) Que su incorporación en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, a través del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios se hubiese producido dentro del periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2015 y el 30 de septiembre de 2016.

b) Tener 45 o menos años de edad en el momento de la incorporación al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, a través del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios de la Seguridad Social.

c) Estar empadronada y desarrollar la actividad en un municipio de la Comunidad de Castilla y León con población inferior a 10.000 habitantes.

d) Que la situación de alta no se vea interrumpida durante el periodo subvencionable.

jueves, 18 de agosto de 2016

PROYECTOS EMPRESARIALES DIRIGIDOS A FOMENTAR LA INNOVACIÓN EN EL ÁMBITO TECNOLÓGICO DE LAS PYMES DE CASTILLA Y LEÓN

En el BOCYL de 14 de julio de 2.016 se ha publicado la convocatoria en concurrencia no competitiva para financiar proyectos empresariales dirigidos a fomentar la innovación en el ámbito tecnológico de las PYMES de Castilla y León, así como las disposiciones específicas que la regulan, cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La concesión de subvenciones con destino a facilitar la financiación de los proyectos empresariales dirigidos a fomentar la innovación en el ámbito tecnológico de las PYMES de Castilla y León, con el fin de mejorar su competitividad.

Esta convocatoria no será de aplicación:

a) A las empresas que operan en los sectores de la pesca y la acuicultura.

b) A las ayudas concedidas a las empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas.

c) A las empresas que operan en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas, cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o de la cantidad de productos de este tipo adquiridos a productores primarios o comercializados por las empresas interesadas o cuando la ayuda esté supeditada a que una parte o la totalidad de la misma se repercuta a los productores primarios

d) A las actividades relacionadas con la exportación a terceros países o Estados miembros, es decir, las ayudas directamente vinculadas a las cantidades exportadas, al establecimiento y la explotación de una red de distribución o a otros gastos corrientes vinculados a la actividad exportadora.

e) Las ayudas condicionadas a la utilización de productos nacionales en lugar de importados.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Las PYMES que tengan su sede social o al menos un centro de trabajo en Castilla y León, que realicen proyectos empresariales dirigidos a fomentar la innovación en el ámbito tecnológico, pertenecientes a los sectores económicos incluidos en el Reglamento de mínimis.

miércoles, 10 de agosto de 2016

SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR PLANES ESTRATÉGICOS DE EMPRESAS EN MATERIA DE I+D

En el BOCYL de 29 de junio de 2.016 se ha aprobado la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a financiar Planes Estratégicos de empresas en materia de I+D, así como las disposiciones específicas que las regulan, en régimen de concurrencia no competitiva, cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La concesión de subvenciones con destino a facilitar la financiación de los planes estratégicos en materia de I+D, que vayan a ser acometidos por empresas para centros de trabajo de Castilla y León y que se declaren de especial interés por la Junta de Castilla y León, a iniciativa de la ADE, en base al fuerte impacto que puedan tener sobre el tejido social, económico y/o industrial de la Comunidad. Los planes estratégicos comprenden uno o varios proyectos de investigación industrial y/o desarrollo experimental. Para que el Plan de I+D pueda considerarse estratégico, deberá demostrar que es el eje sobre el que se sustente la competitividad y el crecimiento de la empresa en el centro de trabajo que se trate, por ello no tratará sobre actividades o proyectos aislados, sino que contendrá una planificación estratégica de la empresa basada en la innovación. La ejecución del Plan estratégico supondrá un compromiso de colaboración de la entidad beneficiaria en actuaciones de fomento a la Innovación y el emprendimiento en Castilla y León.

La convocatoria será de aplicación a los proyectos que estén incluidos en las prioridades temáticas y/o los ámbitos de aplicación, definidos en la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León 2014- 2020, disponibles en la página Web de la Junta de Castilla y León http://www.cienciaytecnologia.jcyl.es/, y en el Anexo I de la convocatoria.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán ser beneficiarios las empresas que tengan su sede social o al menos un centro de trabajo en Castilla y León y que vayan a realizar proyectos de I+D plasmados en planes que se califiquen como estratégicos y sean declarados de Especial Interés por la Junta de Castilla y León.

miércoles, 3 de agosto de 2016

SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN EN PYMES

En el BOCYL de 29 de junio de 2.016 se ha publicado la convocatoria de la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial, para la concesión de las subvenciones destinadas a financiar proyectos empresariales de inversión de las PYMES, dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Subvenciones para facilitar la financiación de los proyectos empresariales de inversión dentro del ámbito territorial de Castilla y León, con el fin de promover la creación de empresas, el desarrollo de la competitividad y la consolidación del tejido empresarial, mediante el fomento de la inversión, así como la creación de puestos de trabajo y mantenimiento de empleo vinculados a la misma.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios de las subvenciones?

Las PYMES, personas físicas y jurídicas con ánimo de lucro, que realicen proyectos de inversión subvencionables en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, pertenecientes a los sectores económicos y a las actividades indicadas en la disposición cuarta de esta convocatoria.

sábado, 30 de julio de 2016

SUBVENCIONES PARA LA PRODUCCIÓN Y/O GIRA Y LA ESTRUCTURA DE LAS COMPAÑÍAS DE ARTES ESCÉNICAS

En el BOCYL de 20 de julio de 2016 se ha publicado la Resolución de 15 de julio de 2016, de la Fundación Siglo para el Turismo y las Artes de Castilla y León, de convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a financiar la producción y/o gira y la estructura de las compañías de artes escénicas de Castilla y León en el ejercicio 2016.

¿Cuál es el objeto y finalidad de la convocatoria?

Financiar la producción y/o gira y la estructura de las Compañías de Artes Escénicas de Castilla y León para el fomento y difusión de las Artes Escénicas mediante la promoción de la actividad y el desarrollo y mantenimiento de las compañías de Artes Escénicas, a través de los siguientes Programas:

PROGRAMA I: Subvenciones a la producción de nuevos espectáculos y/o gira de espectáculos de artes escénicas ya producidos.

PROGRAMA II: Subvenciones para apoyo a la estructura empresarial.

PROGRAMA III: Subvenciones para Compañías Emergentes.

viernes, 29 de julio de 2016

AYUDAS A LA COMPRA DE GANADO BOVINO, OVINO Y CAPRINO

En el BOCYL de 6 de julio de 2.016 se ha publicado la convocatoria de ayudas a la compra de ganado bovino, ovino y caprino que tenga por objeto la reposición de reses como consecuencia de su sacrificio en aplicación de programas sanitarios oficiales de enfermedades de los rumiantes.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Las ayudas destinadas a los titulares de explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino para la compra de animales de las citadas especies que tenga por objeto la reposición de efectivos en aquellas explotaciones sujetas a programas de control y erradicación de enfermedades de los rumiantes.

Tienen como finalidad incrementar y apoyar la competitividad de la ganadería como actividad central de las zonas rurales, facilitar el mantenimiento de la población en dichas zonas, así como conservar y mejorar el medio ambiente.

miércoles, 27 de julio de 2016

SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR LA CREACIÓN DE EMPRESAS Y LA INNOVACIÓN EN EL SECTOR DE LA ENSEÑANZA DEL ESPAÑOL PARA EXTRANJEROS

En el BOCYL de 11 de julio de 2.016 se ha publicado la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar la creación de empresas y la innovación en el sector de la enseñanza del español para extranjeros en la Comunidad de Castilla y León.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La creación de un tejido empresarial suficiente e innovador que garantice la competitividad y excelencia en la enseñanza del español para extranjeros, con el objetivo de transmitir a los estudiantes extranjeros una imagen de calidad que identifique la enseñanza del español que se imparte en la Comunidad de Castilla y León.

¿Qué conceptos y gastos son subvencionables?

Puede solicitarse la subvención para estos conceptos:

a) Proyectos de creación de empresas dedicadas a la enseñanza del español para extranjeros en la Comunidad de Castilla y León.

Serán gastos subvencionables los siguientes: 1º. Honorarios de redacción del proyecto empresarial o estudio de viabilidad del mismo, hasta un 10% de la cuantía máxima subvencionable. 2º. Los gastos derivados de la diversificación de la producción en productos o servicios dedicados a la enseñanza del español para extranjeros por parte de establecimientos que con anterioridad no estuvieran dedicados a dicha materia. 3º. La adquisición de los terrenos o inmuebles necesarios para la implantación del proyecto, por un importe que no exceda del 10% del gasto total subvencionable. 4º. Gastos de obra civil de creación de las instalaciones. 5º. Los bienes de equipo necesarios para los servicios de electricidad, gas, suministro de agua potable, instalaciones de seguridad y otros ligados al proyecto. 6º. Los trabajos de planificación arquitectónica, ingeniería de proyecto de obra civil y dirección facultativa de los proyectos. 7º. Gastos de alquiler de instalaciones. 8º. Gastos corrientes derivados del cambio de actividad. 9º. Otras inversiones en activos fijos materiales, tales como equipamientos informáticos, mobiliario de oficina, etc. 10º. Gastos derivados del pago de los impuestos municipales sobre bienes inmuebles de las nuevas instalaciones, y el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. 11º. Gastos derivados del alta o de la contratación de personal directamente relacionado con el proyecto.

lunes, 25 de julio de 2016

AYUDAS DESTINADAS AL FOMENTO DE LAS RAZAS GANADERAS AUTÓCTONAS ESPAÑOLAS

En el BOCYL de 11 de julio de 2.016 se ha publicado la convocatoria de ayudas destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Preservar la diversidad zoogenética y dar un mayor impulso al mantenimiento y conservación del elevado patrimonio genético que suponen las razas ganaderas autóctonas españolas.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Las organizaciones o asociaciones de ganaderos reconocidas por la Consejería de Agricultura y Ganadería, que cumplan, entre otros, los siguientes requisitos:

a) Carecer de ánimo de lucro.

b) Estar oficialmente reconocidas para la gestión del Libro o Libros Genealógicos de la raza o razas autóctonas españolas, por la comunidad autónoma correspondiente.

c) En el caso de que existan varias asociaciones reconocidas para una misma raza, ya sea en la misma comunidad autónoma o en distintas comunidades autónomas, deberán estar integradas en una única asociación de segundo grado.

sábado, 23 de julio de 2016

AYUDAS PARA CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL DE TRABAJADORES MAYORES DE 55 AÑOS QUE PROVENGAN DE EMPRESAS EN CRISIS


En el BOCYL de 18 de julio de 2016 se ha publicado la convocatoria para el año 2016 de una línea de ayuda destinada, en el ámbito de Castilla y León, a financiar las cuotas a ingresar por el convenio especial que tengan suscrito o suscriban con la Seguridad Social los trabajadores de 55 años o más, que provengan de empresas en crisis con extinción de sus contratos de trabajo por declaración de insolvencia de la empresa o procedimiento concursal.

¿Cuál es el objeto y finalidad de la convocatoria?

Financiar, en el ámbito de Castilla y León, las cuotas a ingresar por el convenio especial previsto en la Orden TAS/2865/2003, que regula el convenio especial en el sistema de la Seguridad Social, que tengan suscrito o suscriban los trabajadores de 55 años o más de edad provenientes de empresas en crisis con extinción de sus contratos de trabajo, por declaración de insolvencia de la empresa o en procedimiento concursal.


¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Los trabajadores que cumplan, en el momento de la presentación de la solicitud los siguientes requisitos:

a) Que su último contrato de trabajo se haya extinguido por proceder de una empresa en crisis, debiendo estar el centro de trabajo donde prestaba los servicios ubicado en Castilla y León.

A los efectos de esta línea de ayuda se entenderá como empresa en crisis aquella que haya sido declarada insolvente o en situación concursal.

b) Tener agotada la prestación contributiva por desempleo.

c) Tener suscrito o comprometerse a suscribir convenio especial con la Seguridad Social conforme a lo dispuesto en la Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre, por la que se regula el convenio especial en el sistema de la Seguridad Social, en los términos establecidos en el apartado Sexto de la presente orden. Todo ello sin perjuicio de las competencias de la Tesorería de la Seguridad Social, a los efectos de que efectivamente proceda la suscripción de dicho convenio.

d) Que cuente con 55 años o más años de edad.

e) Que la antigüedad en la empresa de la que proceda sea de un mínimo de tres años.

f) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

viernes, 22 de julio de 2016

AYUDAS DESTINADAS A FINANCIAR LA CONTRATACIÓN PREDOCTORAL DE PERSONAL INVESTIGADOR

En el BOCYL de 5 de julio de 2.016 se ha publicado la ORDEN EDU/602/2016, de 27 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiar la contratación predoctoral de personal investigador, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

¿Cuál es el objeto de las ayudas?

La contratación de personal investigador, mediante la modalidad de contrato predoctoral, en las siguientes entidades colaboradoras:

a) Las universidades públicas de Castilla y León.

b) Los organismos y centros públicos de investigación con sede ubicada en Castilla y León.

c) Infraestructuras científico-técnicas singulares situadas en Castilla y León.

d) Las universidades privadas sin ánimo de lucro con sede en Castilla y León.

e) Las fundaciones de ámbito sanitario con sede en Castilla y León que tengan dentro de los fines y actividades de sus estatutos, la investigación, y realice su labor investigadora a través de personal que mantenga una vinculación laboral acreditable con la misma.

miércoles, 20 de julio de 2016

SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO ESTABLE POR CUENTA AJENA DE LOS JÓVENES INCLUIDOS EN EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL

En el BOCYL de 5 de julio de 2.016 se ha publicado la convocatoria de subvenciones cofinanciadas por la iniciativa de empleo juvenil y el fondo social europeo, dirigidas al fomento del empleo estable por cuenta ajena de los jóvenes incluidos en el sistema nacional de garantía juvenil, en la Comunidad de Castilla y León, para el año 2016.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Convocar para el año 2016, en régimen de concesión directa, las subvenciones, cofinanciadas por la Iniciativa de Empleo Juvenil y el Fondo Social Europeo, dirigidas a fomentar el empleo estable por cuenta ajena de los jóvenes incluidos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en la Comunidad de Castilla y León

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Las Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles, que formalicen contratos indefinidos ordinarios en centros de trabajo de Castilla y León, con los jóvenes destinatarios.

¿Qué requisitos hay que cumplir para poder ser beneficiario?

Serán subvencionables los contratos indefinidos ordinarios formalizados con jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y los contratos indefinidos con cláusulas específicas de personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que se inicien entre los días 1 de octubre de 2015 y 31 de octubre de 2016, ambos inclusive.

Las empresas o entidades solicitantes deberán tener menos de 100 trabajadores de alta en la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita la subvención.