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viernes, 6 de abril de 2018

RECONOCIMIENTO «¡LEO TIC!» A CENTROS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS

En el BOCYL de 8 de enero de 2018 se han publicado la convocatoria de la concesión del reconocimiento «¡leo TIC!» a centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, en el curso 2017/2018.

¿Cuál es el objeto y finalidad de la convocatoria?

La concesión del reconocimiento «¡leo TIC!» a centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, en el curso 2017/2018.

Este reconocimiento tiene como finalidad incentivar el desarrollo de la competencia en comunicación lingüística a través de las nuevas tecnologías en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.

Un centro distinguido con el reconocimiento «¡leo TIC!» es aquel que promueve la integración de las tecnologías de la información y de la comunicación (en adelante TIC) en la enseñanza de la lectura y la escritura, de modo que la apertura a las fuentes digitales se convierte en una herramienta de aprendizaje que impulsa la motivación de los estudiantes hacia la lectura.

¿Quiénes pueden ser destinatarios de la convocatoria?

Podrán ser destinatarios del reconocimiento «¡leo TIC!» los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León que cumplan los siguientes requisitos:

a) Disponer de un plan de lectura elaborado conforme a lo dispuesto en la Orden EDU/747/2014, de 22 de agosto, modificada por Orden EDU/351/2016, de 25 de abril, por la que se regula la elaboración y ejecución de los planes de lectura de los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León.

b) Disponer de la certificación en la aplicación de las TIC en los niveles 4 o 5.

lunes, 9 de octubre de 2017

PROGRAMA DE ATENCIÓN A NIÑOS EN CENTROS ESCOLARES PÚBLICOS EN PERÍODOS VACACIONALES. NAVIDAD.

En el BOCYL de 7 de febrero de 2017 se ha publicado la convocatoria del programa «Conciliamos» en 2017.

¿Cuál es el objeto y finalidad de la convocatoria?

El programa «Conciliamos» se dirige a la atención lúdica de niños y niñas durante los períodos vacacionales de Semana Santa, Verano y Navidad de 2017, con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.

El programa se desarrollará por la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en colaboración con las entidades locales que participen en su ejecución, mediante la suscripción del oportuno convenio de colaboración.

Será cada entidad local la que determine las instalaciones donde se desarrollará el programa, así como el número máximo de menores que podrá tener cada una de ellas, exigiéndose, como requisito general para la realización del mismo en cada instalación, que el número mínimo de solicitudes y de asistencia continuada sea de 15 niños.

¿Quiénes son los destinatarios?

El programa se destina a aquellas unidades familiares que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que los menores para los que se va a solicitar plaza en el programa, tengan edades comprendidas entre 3 y 12 años, a fecha de inicio de cada uno de los períodos de funcionamiento del programa, pudiéndose aumentar la edad del menor hasta los 14 años cuando se trate de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE) escolarizados en centros ordinarios del sistema educativo.

También se podrá solicitar plaza para los menores de otras nacionalidades que participen en programas de acogida temporal en familias castellano leonesas, con el mismo límite de edad anteriormente señalado.

b) Que los progenitores o representantes legales se encuentren en alguna de estas situaciones:

– Desarrollen una actividad profesional durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Realicen actividades formativas convocadas por el Servicio Público de Empleo durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Presenten un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o deban atender a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad con al menos dicho grado de discapacidad.

– Tengan reconocido el carácter de cuidadores familiares de personas dependientes.

– Participen en un proceso selectivo para el acceso a cualquier Administración Pública durante el período de funcionamiento del programa.

c) Tanto el menor para el que se solicita plaza en el programa como, al menos, uno de los padres o representantes legales, deberán estar empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León en el momento de formular la solicitud. No se exigirá el empadronamiento a los menores acogidos temporalmente.

lunes, 17 de abril de 2017

PROGRAMA DE ATENCIÓN A NIÑOS EN CENTROS ESCOLARES PÚBLICOS EN PERÍODOS VACACIONALES. VERANO

En el BOCYL de 7 de febrero de 2017 se ha publicado la convocatoria del programa «Conciliamos» en 2017.

¿Cuál es el objeto y finalidad de la convocatoria?

El programa «Conciliamos» se dirige a la atención lúdica de niños y niñas durante los períodos vacacionales de Semana Santa, Verano y Navidad de 2017, con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.

El programa se desarrollará por la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en colaboración con las entidades locales que participen en su ejecución, mediante la suscripción del oportuno convenio de colaboración.

Será cada entidad local la que determine las instalaciones donde se desarrollará el programa, así como el número máximo de menores que podrá tener cada una de ellas, exigiéndose, como requisito general para la realización del mismo en cada instalación, que el número mínimo de solicitudes y de asistencia continuada sea de 15 niños.

¿Quiénes son los destinatarios?

El programa se destina a aquellas unidades familiares que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que los menores para los que se va a solicitar plaza en el programa, tengan edades comprendidas entre 3 y 12 años, a fecha de inicio de cada uno de los períodos de funcionamiento del programa, pudiéndose aumentar la edad del menor hasta los 14 años cuando se trate de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE) escolarizados en centros ordinarios del sistema educativo.

También se podrá solicitar plaza para los menores de otras nacionalidades que participen en programas de acogida temporal en familias castellano leonesas, con el mismo límite de edad anteriormente señalado.

b) Que los progenitores o representantes legales se encuentren en alguna de estas situaciones:

– Desarrollen una actividad profesional durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Realicen actividades formativas convocadas por el Servicio Público de Empleo durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Presenten un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o deban atender a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad con al menos dicho grado de discapacidad.

– Tengan reconocido el carácter de cuidadores familiares de personas dependientes.

– Participen en un proceso selectivo para el acceso a cualquier Administración Pública durante el período de funcionamiento del programa.

c) Tanto el menor para el que se solicita plaza en el programa como, al menos, uno de los padres o representantes legales, deberán estar empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León en el momento de formular la solicitud. No se exigirá el empadronamiento a los menores acogidos temporalmente.

domingo, 5 de marzo de 2017

AYUDAS A UNIVERSIDADES Y OTROS CENTROS ACADÉMICOS PARA EL FOMENTO DE LA FORMACIÓN Y LA INVESTIGACIÓN EN EL ÁMBITO DEL ANÁLISIS ECONÓMICO Y PRESUPUESTARIO PARA LA ESTABILIDAD Y SOSTENIBILIDAD FISCAL

En el BOE de 27 de febrero de 2.017 se ha publicado el extracto de la convocatoria de ayudas a universidades y otros centros académicos para el fomento de la formación y la investigación en el ámbito del análisis económico y presupuestario para la estabilidad y sostenibilidad fiscal en el año 2017.

¿Cuál es el objeto de las ayudas?

El fomento de la formación y la investigación en el ámbito del análisis económico-presupuestario dirigido a la estabilidad y sostenibilidad fiscal, según lo establecido por el artículo 38 del Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal y en el marco de su Plan Estratégico de Subvenciones.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las Universidades con sede en el territorio nacional, así como los centros educativos que impartan estudios oficiales de postgrado (en adelante, centros académicos).

Las Universidades y centros académicos de postgrado deben demostrar excelencia en la formación y la investigación en las disciplinas de Economía y Empresas.

El número máximo de Universidades y centros académicos que serán beneficiarios en cada convocatoria será de cinco.

Las entidades beneficiarias (Universidades y/o centros académicos) suscribirán un convenio de colaboración con la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (en adelante, AIReF), para articular el proceso de selección de los alumnos participantes, que, en todo caso, respetará los principios de publicidad, concurrencia competitiva, objetividad, igualdad y no discriminación.

Las entidades beneficiarias seleccionarán, en coordinación con la AIReF, a los alumnos participantes en los programas objeto de las ayudas siguiendo los criterios establecidos por la AIReF, y concederán y abonarán las becas.



martes, 28 de febrero de 2017

PROGRAMA DE ATENCIÓN A NIÑOS EN CENTROS ESCOLARES PÚBLICOS EN PERÍODOS VACACIONALES. SEMANA SANTA

En el BOCYL de 7 de febrero de 2017 se ha publicado la convocatoria del programa «Conciliamos» en 2017.

¿Cuál es el objeto y finalidad de la convocatoria?

El programa «Conciliamos» se dirige a la atención lúdica de niños y niñas durante los períodos vacacionales de Semana Santa, Verano y Navidad de 2017, con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.

El programa se desarrollará por la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en colaboración con las entidades locales que participen en su ejecución, mediante la suscripción del oportuno convenio de colaboración.

Será cada entidad local la que determine las instalaciones donde se desarrollará el programa, así como el número máximo de menores que podrá tener cada una de ellas, exigiéndose, como requisito general para la realización del mismo en cada instalación, que el número mínimo de solicitudes y de asistencia continuada sea de 15 niños.

¿Quiénes son los destinatarios?

El programa se destina a aquellas unidades familiares que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que los menores para los que se va a solicitar plaza en el programa, tengan edades comprendidas entre 3 y 12 años, a fecha de inicio de cada uno de los períodos de funcionamiento del programa, pudiéndose aumentar la edad del menor hasta los 14 años cuando se trate de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE) escolarizados en centros ordinarios del sistema educativo.

También se podrá solicitar plaza para los menores de otras nacionalidades que participen en programas de acogida temporal en familias castellano leonesas, con el mismo límite de edad anteriormente señalado.

b) Que los progenitores o representantes legales se encuentren en alguna de estas situaciones:

– Desarrollen una actividad profesional durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Realicen actividades formativas convocadas por el Servicio Público de Empleo durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Presenten un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o deban atender a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad con al menos dicho grado de discapacidad.

– Tengan reconocido el carácter de cuidadores familiares de personas dependientes.

– Participen en un proceso selectivo para el acceso a cualquier Administración Pública durante el período de funcionamiento del programa.

c) Tanto el menor para el que se solicita plaza en el programa como, al menos, uno de los padres o representantes legales, deberán estar empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León en el momento de formular la solicitud. No se exigirá el empadronamiento a los menores acogidos temporalmente.

jueves, 26 de enero de 2017

AYUDAS PARA CONTRATOS PREDOCTORALES PARA LA REALIZACIÓN DE TESIS DOCTORALES EN UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS

En el BOE de 17 de enero de 2.017 se ha publicado el extracto de la convocatoria de ayudas para la formación de profesorado universitario, para el año 2017, de los subprogramas de Formación y de Movilidad incluidos en el Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco de Plan Estatal de lnvestigación científica y Técnica y de lnnovación 2013-2016.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La concesión de 850 ayudas para contratos predoctorales para la realización de tesis doctorales, en Universidades Españolas, de las que 17 de ellas se reservan a estudiantes con una discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

Se trata de ayudas destinadas a la formación investigadora en programas de doctorado para la consecución del título de Doctor/a y la adquisición de competencias docentes universitarias en cualquier área del conocimiento científico, que faciliten la futura incorporación de los beneficiarios/as al sistema español de educación superior, y de investigación científica.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios de la convocatoria?

Los solicitantes que se encuentran en posesión del título de grado y que están matriculados en un programa de doctorado en una universidad española en el curso 2016-2017, en el momento de presentación de las solicitudes.

Alternativamente, los solicitantes podrán acreditar que en el momento de presentación de las solicitudes se encuentran en posesión del título de máster o están matriculados en el curso 2016-2017 en un máster universitario oficial que de acceso a un programa de doctorado en el curso 2017-2018, de acuerdo con la ordenación académica aplicable.

Los solicitantes extranjeros cuya lengua materna sea diferente del español, deberán estar en posesión de una acreditación oficial de nivel de idiomas de B2 en español.

No podrán ser beneficiarios/as de las ayudas las personas que, en el momento previsto de incorporación a la ayuda, hayan disfrutado de una ayuda anterior, por un periodo igual o superior a 24 meses.

Las personas que sean beneficiarias de ayudas FPU por convocatorias anteriores, no podrán presentar su solicitud a esta convocatoria.


martes, 6 de diciembre de 2016

AYUDAS DIRIGIDAS A LA ADQUISICIÓN DE DISPOSITIVOS DIGITALES (TABLETS) PARA SU UTILIZACIÓN POR EL ALUMNADO QUE CURSE EDUCACIÓN PRIMARIA Y EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

En el BOCYL de 24 de noviembre de 2016 se ha publicado la convocatoria de ayudas dirigidas a la adquisición de dispositivos digitales (tablets) para su utilización por el alumnado que curse Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, para el curso 2016/2017.

¿Cuál es el objeto y requisitos de la convocatoria?

Convocar ayudas dirigidas a la adquisición de dispositivos digitales (tablets), en régimen de concurrencia competitiva, para su utilización por el alumnado que curse educación primaria y educación secundaria obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, para el curso 2016/2017.

Únicamente serán subvencionables los dispositivos, cuando el director del centro acredite la necesidad de su uso en clase para el tratamiento de recursos didácticos digitales de acuerdo con el plan de integración de las tecnologías de la información y la comunicación del centro; serán modelos que reúnan las características determinadas en el Anexo y se hayan adquirido en el período comprendido desde 24 de junio de 2016 hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Se entenderá que cuentan con un plan de integración de las tecnologías de la información y la comunicación, aquellos centros que en sus documentos institucionales contemplen la integración organizada de las tecnologías en las distintas áreas del currículo.

En caso de resultar beneficiario de alguna de las ayudas de ésta convocatoria, no podrá volver a solicitarse otra con el mismo objeto y para el mismo alumno antes de que hayan transcurrido tres cursos escolares, incluyendo el curso 2016/2017

viernes, 7 de octubre de 2016

PROGRAMA DE ATENCIÓN A NIÑOS EN CENTROS ESCOLARES PÚBLICOS EN PERÍODOS VACACIONALES. SEMANA SANTA.

En el BOCYL de 2 de febrero de 2016 se ha publicado la convocatoria del programa «Conciliamos» en 2016.

¿Cuál es el objeto y finalidad de la convocatoria?

El programa «Conciliamos», dirigido a la atención lúdica de niños y niñas durante los períodos vacacionales de Semana Santa, Verano y Navidad de 2016, con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.

El programa se desarrollará por la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en colaboración con las entidades locales que participen en su ejecución, mediante la suscripción del oportuno convenio de colaboración.

Será cada entidad local la que determine las instalaciones donde se desarrollará el programa, así como el número máximo de menores que podrá tener cada una de ellas, exigiéndose, como requisito general para la realización del mismo en cada instalación, que el número mínimo de solicitudes y de asistencia continuada sea de 15 niños.

¿Quiénes son los destinatarios?

El programa se destina a aquellas unidades familiares que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que los menores para los que se va a solicitar plaza en el programa, tengan edades comprendidas entre 3 y 12 años, a fecha de inicio de cada uno de los períodos de funcionamiento del programa, pudiéndose aumentar la edad del menor hasta los 14 años cuando se trate de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE) escolarizados en centros ordinarios de Educación Primaria.

También se podrá solicitar plaza para los menores de otras nacionalidades que participen en programas de acogida temporal en familias castellano leonesas, con el mismo límite de edad anteriormente señalado.

b) Que los progenitores o representantes legales se encuentren en alguna de estas situaciones:

– Desarrollen una actividad profesional durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Realicen actividades formativas convocadas por el Servicio Público de Empleo durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Presenten un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o deban atender a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad con al menos dicho grado de discapacidad.

– Tengan reconocido el carácter de cuidadores familiares de personas dependientes.

– Participen en un proceso selectivo para el acceso a cualquier Administración Pública durante el período de funcionamiento del programa.

c) Tanto el menor para el que se solicita plaza en el programa como, al menos, uno de los padres o representantes legales, deberán estar empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León en el momento de formular la solicitud. No se exigirá el empadronamiento a los menores acogidos temporalmente.

martes, 5 de julio de 2016

PROYECTOS DEL PROGRAMA AULA-EMPRESA

En el BOCYL de 29 de junio de 2.016 se ha publicado la convocatoria para la selección de proyectos del programa Aula-Empresa Castilla y León, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, a desarrollar por centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León durante el curso académico 2016/2017.

¿Cuál es el objeto y finalidad de la convocatoria?

La selección de proyectos del programa Aula-Empresa Castilla y León, cofinanciados por el Fondo Social Europeo, a desarrollar por centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León durante el curso académico 2016/2017.

La finalidad de esta convocatoria es mejorar la calidad de la formación profesional, contribuir a la mejora de la adecuación y coherencia entre el sistema educativo y el mercado laboral favoreciendo y fomentando la colaboración entre empresas y centros educativos, así como la puesta en práctica de nuevos medios didácticos y recursos educativos que favorezcan el aprendizaje del alumnado y promuevan su empleabilidad.

jueves, 7 de abril de 2016

PROGRAMA DE ATENCIÓN A NIÑOS EN CENTROS ESCOLARES PÚBLICOS EN PERÍODOS VACACIONALES. VERANO.

En el BOCYL de 2 de febrero de 2016 se ha publicado la convocatoria del programa «Conciliamos» en 2016.

¿Cuál es el objeto y finalidad de la convocatoria?

El programa «Conciliamos», dirigido a la atención lúdica de niños y niñas durante los períodos vacacionales de Semana Santa, Verano y Navidad de 2016, con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.

El programa se desarrollará por la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en colaboración con las entidades locales que participen en su ejecución, mediante la suscripción del oportuno convenio de colaboración.

Será cada entidad local la que determine las instalaciones donde se desarrollará el programa, así como el número máximo de menores que podrá tener cada una de ellas, exigiéndose, como requisito general para la realización del mismo en cada instalación, que el número mínimo de solicitudes y de asistencia continuada sea de 15 niños.

¿Quiénes son los destinatarios?

El programa se destina a aquellas unidades familiares que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que los menores para los que se va a solicitar plaza en el programa, tengan edades comprendidas entre 3 y 12 años, a fecha de inicio de cada uno de los períodos de funcionamiento del programa, pudiéndose aumentar la edad del menor hasta los 14 años cuando se trate de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE) escolarizados en centros ordinarios de Educación Primaria.

También se podrá solicitar plaza para los menores de otras nacionalidades que participen en programas de acogida temporal en familias castellano leonesas, con el mismo límite de edad anteriormente señalado.

b) Que los progenitores o representantes legales se encuentren en alguna de estas situaciones:

– Desarrollen una actividad profesional durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Realicen actividades formativas convocadas por el Servicio Público de Empleo durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Presenten un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o deban atender a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad con al menos dicho grado de discapacidad.

– Tengan reconocido el carácter de cuidadores familiares de personas dependientes.

– Participen en un proceso selectivo para el acceso a cualquier Administración Pública durante el período de funcionamiento del programa.

c) Tanto el menor para el que se solicita plaza en el programa como, al menos, uno de los padres o representantes legales, deberán estar empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León en el momento de formular la solicitud. No se exigirá el empadronamiento a los menores acogidos temporalmente.

lunes, 15 de febrero de 2016

PROYECTO DE INNOVACIÓN EDUCATIVA. APRENDIZAJE BASADO EN DINÁMICAS Y ESTRATEGIAS DE JUEGO

En el BOE de 4 de febrero de 2016 se ha publicado la RESOLUCIÓN de 26 de enero de 2016, de la Dirección General de Innovación y Equidad Educativa, por la que se establece con carácter experimental el proyecto de innovación educativa «Aprendizaje basado en estrategias y dinámicas de juego», durante el curso escolar 2015-16.

¿Cuál es el objeto y finalidad de la resolución?

La presente resolución tiene por objeto establecer con carácter experimental el proyecto de innovación educativa «Aprendizaje basado en estrategias y dinámicas de juego», durante el curso escolar 2015-16.

La finalidad de este proyecto es fomentar el uso de estrategias y dinámicas de juego como herramienta de apoyo al proceso de enseñanza-aprendizaje utilizando como medio transmisor las tecnologías de la información y la comunicación, así como facilitar al profesorado los medios formativos de apoyo que sean necesarios para su aplicación en el aula. Para ello, y dado que su aplicación al aula requiere una metodología de trabajo específica, resulta necesaria una adecuada preparación y formación del profesorado que se centre fundamentalmente en el desarrollo profesional de las competencias didáctica, de innovación y digital de los docentes.

¿Cuáles son los objetivos del proyecto?

Los objetivos del proyecto son los siguientes:

a) Formar al profesorado en metodologías innovadoras que mejoren sus competencias profesionales, en especial las de innovación y mejora.

b) Utilizar estrategias, mecánicas y dinámicas de juego como herramienta educativa capaces de aumentar la motivación y el desarrollo de la creatividad en el alumnado.

c) Aprender el uso de aplicaciones digitales con las que llevar a cabo la aplicación de técnicas y dinámicas de juego, así como diseñar diferentes tipos de actividades.

d) Diseñar herramientas de evaluación, así como su puesta en práctica con el fin de valorar el impacto y resultados obtenidos.

miércoles, 10 de febrero de 2016

RECONOCIMIENTO "ILEO TIC" A CENTROS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS. INTEGRACIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN (TIC) EN LA ENSEÑANZA DE LA LECTURA Y LA ESCRITURA.

En el BOCYL de 2 de febrero de 2016 se ha publicado la convocatoria para la concesión del reconocimiento «¡leo TIC!» a centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, en el curso 2015/2016.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La concesión del reconocimiento «¡leo TIC!» a centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, en el curso 2015/2016.

Este reconocimiento tiene como finalidad incentivar el desarrollo de la competencia en comunicación lingüística a través de las nuevas tecnologías en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.

Un centro distinguido con el reconocimiento «¡leo TIC!» es aquél que promueve la integración de las tecnologías de la información y de la comunicación (en adelante TIC) en la enseñanza de la lectura y la escritura, de modo que la apertura a las fuentes digitales se convierte en una herramienta de aprendizaje que impulsa la motivación de los estudiantes hacia la lectura.

¿Quiénes son los destinatarios de la convocatoria?

Podrán ser destinatarios del reconocimiento «¡leo TIC!» los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León que cumplan los siguientes requisitos:

a) Disponer de un plan de lectura.

b) Disponer de la certificación en la aplicación de las TIC en los niveles 4 ó 5.

sábado, 6 de febrero de 2016

PROGRAMA DE ATENCIÓN A NIÑOS EN CENTROS ESCOLARES PÚBLICOS EN PERÍODOS VACACIONALES. SEMANA SANTA.

En el BOCYL de 2 de febrero de 2016 se ha publicado la convocatoria del programa «Conciliamos» en 2016.

¿Cuál es el objeto y finalidad de la convocatoria?

El programa «Conciliamos», dirigido a la atención lúdica de niños y niñas durante los períodos vacacionales de Semana Santa, Verano y Navidad de 2016, con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.

El programa se desarrollará por la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en colaboración con las entidades locales que participen en su ejecución, mediante la suscripción del oportuno convenio de colaboración.

Será cada entidad local la que determine las instalaciones donde se desarrollará el programa, así como el número máximo de menores que podrá tener cada una de ellas, exigiéndose, como requisito general para la realización del mismo en cada instalación, que el número mínimo de solicitudes y de asistencia continuada sea de 15 niños.

¿Quiénes son los destinatarios?

El programa se destina a aquellas unidades familiares que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que los menores para los que se va a solicitar plaza en el programa, tengan edades comprendidas entre 3 y 12 años, a fecha de inicio de cada uno de los períodos de funcionamiento del programa, pudiéndose aumentar la edad del menor hasta los 14 años cuando se trate de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE) escolarizados en centros ordinarios de Educación Primaria.

También se podrá solicitar plaza para los menores de otras nacionalidades que participen en programas de acogida temporal en familias castellano leonesas, con el mismo límite de edad anteriormente señalado.

b) Que los progenitores o representantes legales se encuentren en alguna de estas situaciones:

– Desarrollen una actividad profesional durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Realicen actividades formativas convocadas por el Servicio Público de Empleo durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Presenten un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o deban atender a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad con al menos dicho grado de discapacidad.

– Tengan reconocido el carácter de cuidadores familiares de personas dependientes.

– Participen en un proceso selectivo para el acceso a cualquier Administración Pública durante el período de funcionamiento del programa.

c) Tanto el menor para el que se solicita plaza en el programa como, al menos, uno de los padres o representantes legales, deberán estar empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León en el momento de formular la solicitud. No se exigirá el empadronamiento a los menores acogidos temporalmente.

viernes, 27 de noviembre de 2015

PREMIOS-SUBVENCIÓN A PROYECTOS DE EDUCACIÓN PARA SU DESARROLLO EN CENTROS EDUCATIVOS

En el BOCYL de 20 de noviembre de 2015 se ha publicado la ORDEN PRE/1010/2015, de 16 de noviembre, por la que se aprueban las bases de concesión de premios-subvención a proyectos de educación para el desarrollo en Centros Educativos de la Comunidad de Castilla y León.

¿Cuál es el objeto de la orden?

Establecer las bases reguladoras de aplicación a los premios-subvención, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidos a promover proyectos en materia de educación para el desarrollo en centros educativos de Castilla y León.

La finalidad de las subvenciones es informar, sensibilizar, concienciar, desarrollar el espíritu crítico, y fomentar la participación activa del alumnado en la consecución de una ciudadanía global, solidaria, comprometida con la erradicación de la pobreza y sus causas, así como con el desarrollo humano y sostenible.

viernes, 13 de noviembre de 2015

SUBVENCIONES DESTINADAS AL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA AULA EMPRESA CASTILLA Y LEÓN

En el BOCYL de 9 de noviembre de 2015 se han publicado las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos del programa Aula Empresa Castilla y León, financiados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y cofinanciados por el Fondo Social Europeo, en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León que impartan ciclos formativos de Formación Profesional en régimen de concierto

¿Cuáles son los objetivos y finalidad de tales subvenciones?

El desarrollo de proyectos del programa Aula Empresa Castilla y León, financiados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y cofinanciados por el Fondo Social Europeo, por centros docentes de la Comunidad de Castilla y León que impartan ciclos formativos de Formación Profesional en régimen de concierto.

La finalidad es mejorar la calidad de la formación profesional, el fomento de la colaboración entre los centros educativos y las empresas de su entorno y la puesta en práctica de nuevos medios didácticos y recursos educativos que favorezcan el aprendizaje de los alumnos.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León que impartan ciclos formativos de Formación Profesional Básica, de grado medio o de grado superior en régimen de concierto.

En el caso de proyectos conjuntos, los centros docentes participantes tendrán la consideración de beneficiarios, como miembros asociados del centro docente coordinador, comprometiéndose a efectuar la totalidad o parte de las actividades subvencionadas en nombre y por cuenta del solicitante.

martes, 3 de noviembre de 2015

CONCURSO PARA ALUMNOS DE CENTROS NO UNIVERSITARIOS POR TRABAJOS RELACIONADOS CON LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

En el BOCYL de 14 de octubre de 2015 se ha publicado la convocatoria, para el año 2015, del concurso escolar para la realización de trabajos relacionados con la prevención de riesgos laborales por alumnos de centros educativos no universitarios de la Comunidad de Castilla y León.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

El objeto del concurso escolar es el fomento de la cultura de la prevención de riesgos laborales en alumnos de centros educativos no universitarios, en los cursos 5.º y 6.º de educación primaria, enseñanza secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional y enseñanzas especializadas.

¿Qué categorías se convocan y quienes pueden ser participantes?

Podrán participar individualmente o de modo colectivo, en grupos de entre 2 y 4 alumnos, en cuatro categorías:

a) Alumnos matriculados en educación primaria (5.º y 6.º) y en educación secundaria obligatoria (1.º y 2.º).

b) Alumnos matriculados en educación secundaria obligatoria (3.º y 4.º), en bachillerato, en formación profesional básica y en el segundo año de los programas de cualificación profesional inicial (PCPI).

c) Alumnos matriculados en formación profesional de grado medio y superior y enseñanzas especializadas.

d) Cartel promocional: Podrán participar alumnos de bachillerato y formación profesional de grado medio y superior.