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martes, 6 de diciembre de 2016

AYUDAS PARA CENTROS PRIVADOS CONCERTADOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL DESTINADAS A FINANCIAR EL TRANSPORTE DE ALUMNOS PLURIDISCAPACITADOS CON MOVILIDAD REDUCIDA QUE NECESITEN UN TRANSPORTE ADAPTADO

En el BOCYL nº 234/2016, de 05 de diciembre de 2016, se ha publicado la convocatoria de ayudas para centros privados concertados de educación especial destinadas a financiar el transporte de alumnos pluridiscapacitados con movilidad reducida que necesiten un transporte adaptado, para el curso académico 2016/2017.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Convocar, en régimen de concesión directa, ayudas para centros privados concertados de educación especial destinadas a financiar el transporte de alumnos pluridiscapacitados con movilidad reducida que necesiten un transporte adaptado, para el curso académico 2016/2017.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Los centros privados concertados de educación especial de la Comunidad de Castilla y León que cumplan las siguientes condiciones:

a) Escolarizar, durante el curso académico 2016/2017, alumnos pluridiscapacitados con movilidad reducida para los que se precise un transporte adaptado.

b) Mantener suscrito, durante el curso académico 2016/2017, un concierto educativo en los niveles en que estén escolarizados los alumnos pluridiscapacitados transportados.

c) Gestionar la contratación de rutas de transporte escolar mediante vehículos adaptados para los alumnos pluridiscapacitados con movilidad reducida, por medio de recursos de su propiedad o por contrato de arrendamiento de vehículos con empresas especializadas del sector.

miércoles, 10 de diciembre de 2014

PROGRAMA "ABIERTO POR VACACIONES"

En Aragón, el 2 de diciembre de 2014, se ha publicado la convocatoria del programa "Abierto por vacaciones" para el curso 2014-15.


¿Cuál es el ámbito y el objeto de la convocatoria?


El programa "Abierto por Vacaciones" para su autorización en los colegios públicos dependientes del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, durante los periodos vacacionales aprobados en el Calendario Escolar para el curso 2014-2015.

¿Quiénes son los destinatarios del programa?

Los colegios públicos dependientes del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón de las etapas de Educación Infantil, Primaria y Educación Especial.
La autorización de los centros en el programa se tramitará mediante una solicitud general de apertura.
El proyecto de apertura podrá ser llevado a cabo a instancias del equipo directivo por:
a) El profesorado del centro.
b) Las Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos.
c) Una empresa del sector cuyo objeto social esté dedicado a actividades lúdicas de tiempo libre dirigidas a población infantil y/o juvenil
d) Entidades sin ánimo de lucro relacionadas con la atención a la población infantil y/o juvenil.
Las actividades que formen parte del Programa "Abierto por Vacaciones" irán dirigidas preferentemente al alumnado del propio centro docente, no obstante, también podrán participar alumnos de otros centros docentes.
El Programa "Abierto por Vacaciones" podrá ser desarrollado entre dos o más centros, en cuyo caso, uno de ellos solicitará la autorización.




¿Cuál es la tipología de las actividades a desarrollar?


Las actividades podrán corresponder a alguno de los siguientes tipos: a) Deportivas. b) Animación sociocultural: actividades de contenido cultural e intercultural. c) Biblioteca y animación a la lectura. d) Educativas. e) Talleres de manualidades. f) Prácticas comunicativas de idiomas. g) Actividades de ocio y tiempo libre, incluidas excursiones y salidas al entorno.


¿Cómo, cuando y donde se presentan las solicitudes?


Las solicitudes (anexo I) deben completarse cumplimentado electrónicamente el formulario que se encuentra disponible en la página web (http://www.catedu.es/convocatorias). El formulario on-line deberá imprimirse para ser adjuntado al resto de la documentación en formato papel y se presentarán, según corresponda, en el Registro del Servicio Provincial de Zaragoza - C/ Juan Pablo II, 20; en el del Servicio Provincial de Huesca - Plaza Cervantes, 1, en el del Servicio Provincial de Teruel - C/ San Vicente de Paúl, 3; en las restantes dependencias de Registro del Gobierno de Aragón o en cualquiera de las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.
También podrán presentarse las solicitudes utilizando el Entorno de Tramitación Telemática (ETT) del Gobierno de Aragón accesible desde www.aragon.es.
El plazo de presentación de solicitudes será diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".


martes, 18 de noviembre de 2014

BECAS Y AYUDAS DE EDUCACIÓN ESPECIAL EN NAVARRA

En Navarra, la RESOLUCIÓN 576/2014 aprueba la convocatoria de Becas y Ayudas de Educación Especial para el curso 2014/2015.

¿Cuáles son las becas y ayudas contempladas en la convocatoria?

1. Becas de Educación Especial: tienen por objeto ayudar a los solicitantes que lo precisen a sufragar el gasto originado por seguir estudios de cualquier nivel o grado en Centros de Educación Especial, Aulas Alternativas a Centros de Educación Especial en zona rural, Aulas para Trastornos Generalizados del Desarrollo, Unidades de Currículo Especial, Programas de Cualificación Profesional Inicial Especial y centros educativos ordinarios para alumnado con discapacidad motora o auditiva que ha sido propuesto por los equipos del Centro de Recursos de Educación Especial de Navarra (CREENA).
Los conceptos por los que pueden solicitarse estas Becas son: comedor, transporte y residencia.
2. Ayudas de Educación Especial: están dirigidas al alumnado escolarizado en un centro educativo de la Comunidad Foral de Navarra en los niveles de Educación Infantil, Primaria y ESO con necesidades educativas especiales asociadas bien a una discapacidad psíquica, física, sensorial o motora significativa, o a trastornos graves de conducta, incluyendo al alumnado afectado por TDAH con adaptación curricular significativa, o por presentar altas capacidades intelectuales que precisen actividades complementarias a la formación reglada.
Asimismo, se podrá considerar beneficiario de estas ayudas el alumnado con necesidades educativas derivadas de:
–Trastorno específico o retraso grave de lenguaje que precise atención de logopedia.
–Trastorno específico de lectura que suponga un retraso curricular de dos o más cursos en el área de lenguaje.
En todos los casos se precisa justificación mediante el informe psicopedagógico y, en su caso, informe médico.
3. Ayuda a alumnado de educación postobligatoria no universitaria con discapacidad: son ayudas individuales para la enseñanza del alumnado escolarizado en un centro educativo de la Comunidad Foral de Navarra con discapacidad sensorial, motora o con trastornos psiquiátricos graves que requieran apoyo pedagógico extraordinario, o transporte adaptado. Constituyen la educación postobligatoria no universitaria: el bachillerato, la formación profesional de grado medio y grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado medio y grado superior y las enseñanzas deportivas de grado medio y grado superior.

¿Cuáles son los requisitos generales de los beneficiarios?

Tanto para la concesión de Becas como para la concesión de Ayudas es imprescindible haber solicitado la Beca del Ministerio de Educación para el curso 2014/2015 (si se reúnen las condiciones requeridas) y en el caso de que se le hubiera denegado que no haya sido por alguna de las siguientes causas:
a) No cumplir los plazos establecidos en dichas convocatorias para la presentación de documentos.
b) No consignar en la solicitud datos básicos o no haber aportado la documentación necesaria para la resolución del concurso, pese a haberle sido requerida.
Además deberán de cumplir los siguientes requisitos de edad:
a) Para Becas de comedor, transporte y residencia. El alumnado con discapacidad física, psíquica o sensorial con edades comprendidas entre los tres años y los veintiuno cumplidos a 31 de diciembre de 2014.
b) Para Ayudas de Educación Especial el alumnado escolarizado en los niveles de Educación Infantil, Primaria y ESO con edades comprendidas entre los tres y dieciocho años cumplidos a 31 de diciembre de 2014.
c) Para Ayudas de postobligatoria con edades comprendidas entre los dieciséis y los veintiuno años cumplidos a 31 de diciembre de 2014.
Tanto para las Becas como para las Ayudas será requisito indispensable haber presentado los justificantes exigidos en la convocatoria del curso 2013/2014, caso de haber obtenido Beca o Ayuda en dicha convocatoria y no estar pendiente de devolución de importes de becas o ayudas de cursos anteriores.

Cuantías máximas de las Becas y Ayudas

1.–Becas de Educación Especial:
a) Comedor (régimen medio pensionista): hasta 300 euros. En las unidades UT-TGD no se tendrá en cuenta este límite.
b) Transporte: Se determinará en función del gasto efectivo resultante de la utilización de este servicio.
c) Residencia: hasta 1.800 euros, cuando la distancia del domicilio familiar al centro educativo sea mayor de 20 kilómetros.
2.–Ayudas de Educación Especial:
a) Apoyo a las necesidades educativas: Hasta 1.300 euros.
b) Apoyo a las altas capacidades: Hasta 700 euros.
c) Transporte: Hasta 500 euros, cuando la distancia al centro de apoyo sea superior a 8 kilómetros.
3.-Ayudas para alumnado de educación postobligatoria no universitaria con discapacidad:
a) Apoyo hasta 1.500 euros.
b) Transporte hasta 500 euros, cuando la distancia al centro de apoyo sea superior a 8 kilómetros.

¿Cuál es el modo, forma, lugar y plazo para la presentación de las solicitudes?

Las solicitudes de Becas y Ayudas de Educación Especial se formularán con el impreso (carpeta) debidamente cumplimentado que se facilitará en los Centros Educativos, en el Negociado de Información y Documentación del Departamento de Educación (calle Santo Domingo s/n, 31001 Pamplona), en la página web del CREENA (http://creena.educacion.navarra.es), o en el catálogo de servicios del Gobierno de Navarra y deberá ser totalmente cumplimentado en todos sus extremos para que pueda ser estimado.
Las solicitudes debidamente cumplimentadas por parte del solicitante deberán presentarse en el centro educativo, que completará la parte del impreso (carpeta) que le corresponde y adjuntará la documentación necesaria y la tramitará a través del Registro del Departamento de Educación, en los lugares determinados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o a través del Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra a que se refiere el Decreto Foral 70/2008, de 23 de junio.
El plazo de presentación de solicitudes y de los documentos acreditativos para concurrir en la presente convocatoria de Becas y Ayudas de Educación Especial será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Os adjunto el enlace de la convocatoria