miércoles, 26 de octubre de 2016

ESTRATEGIAS DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE E INTEGRADO

La Orden HAP/1610/2016, de 6 de octubre, publicada en el BOE de 7 de octubre de 2.016, aprueba la segunda convocatoria para la selección de Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado (Estrategias DUSI) que serán cofinanciadas mediante el programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020.

Las Estrategias DUSI han de desarrollarse en las ciudades o áreas funcionales urbanas. La determinación del número de habitantes se realizará de acuerdo con la revisión del padrón municipal referida a 1 de enero de 2014. Las áreas funcionales que se constituyan deberán estar formadas por municipios pertenecientes a la misma comunidad autónoma.

Pueden ser entidades beneficiarias los Ayuntamientos o las entidades supramunicipales, preexistentes o de nueva constitución, representantes de las áreas funcionales que presenten Estrategias DUSI y que resulten adjudicatarias.

Las Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible Integrado contendrán estos elementos:

a) La identificación inicial de los problemas o retos urbanos del área.

b) Un análisis del conjunto del área urbana desde una perspectiva integrada.

c) Un diagnóstico de la situación del área urbana, así como la definición de los resultados esperados y su cuantificación.

d) La delimitación del ámbito de actuación.

e) Un Plan de Implementación de la Estrategia que incluirá las líneas de actuación.

f) La descripción de los mecanismos de participación ciudadana y de los agentes sociales.

g) La garantía de la capacidad administrativa para su implementación.

h) Referencia a los principios horizontales y objetivos transversales.

lunes, 24 de octubre de 2016

AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA CREACIÓN DE ORGANIZACIONES DE PRODUCTORES DE CARÁCTER SUPRAAUTONÓMICO EN EL SECTOR AGRARIO

El Real Decreto 350/2016, de 7 de octubre, publicado en el BOE de 8 de octubre de 2016, establece las bases reguladoras de ayudas para el fomento de la creación de organizaciones de productores de carácter supraautonómico en el sector agrario.

El objetivo principal que se persigue con estas ayudas es el de mejorar la competitividad de los productores primarios, mediante su integración en la cadena agroalimentaria a través de la creación de organizaciones de productores de ámbito de actuación supraautonómico.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, aquellas organizaciones de productores que estén reconocidas oficialmente por la autoridad competente en función de la normativa nacional sectorial y que tengan un ámbito de actuación supraautonómico.

Específicamente, este real decreto no será de aplicación a las organizaciones de productores en el ámbito forestal. No se concederán ayudas a las organizaciones de productores reconocidas oficialmente en una fecha anterior a un año de la fecha de aprobación del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020 mediante la Decisión de la Comisión de 26 de mayo de 2015.

Los beneficiarios deberán disponer de un Plan empresarial. El plan empresarial tendrá una duración máxima de cinco anualidades, cuya extensión se establecerá en la convocatoria de ayudas correspondiente.

Las organizaciones de productores se ajustarán a la definición de PYME.

jueves, 20 de octubre de 2016

PRUEBAS PARA EL ACCESO AL EJERCICIO DE LA ABOGACÍA PARA CIUDADANOS DE LA UNIÓN EUROPEA

En el BOE de 18 de octubre de 2.016 se ha publicado la convocatoria de las pruebas de aptitud para acceder al ejercicio de la profesión de Abogado en España por parte de ciudadanos de la Unión Europea y otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Las pruebas de aptitud para el acceso a la profesión de Abogado por parte de ciudadanos nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

¿Qué requisitos deben cumplir los aspirantes?

Para ser admitido a la realización de las pruebas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea u otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, requisito que se deberá mantener hasta la finalización de la prueba.

2. Estar en posesión del título oficial de Abogado obtenido en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.

martes, 18 de octubre de 2016

BECAS PARA ESTUDIOS Y TRABAJOS SOBRE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL DEL PARLAMENTO

En el BOE de 14 de octubre de 2.016 se ha publicado la convocatoria de becas para la realización de estudios y trabajos sobre comunicación institucional relacionados con el Parlamento.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Cuatro becas individuales para realizar trabajos o estudios sobre comunicación institucional relacionados con la actividad parlamentaria que encomiende el Departamento de Prensa de la Cámara.

Los estudios y trabajos realizados quedarán de propiedad del Congreso de los Diputados.

De dichas becas se reservará una de ellas para su concesión entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento. En el caso de que dicha beca no quedara cubierta acrecerá al turno libre.

martes, 11 de octubre de 2016

AYUDAS PARA LA PROMOCIÓN TURÍSTICA

En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid se ha publicado la convocatoria de las ayudas para la Promoción Turística de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2016.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios de la convocatoria?

Podrán ser beneficiarios todos los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

El fomento de la promoción turística de los recursos turísticos naturales y culturales, así como de gastronomía y ocio, de las diferentes áreas geográficas de la Comunidad de Madrid, y en el diseño de rutas turísticas intermunicipales de la misma.

domingo, 9 de octubre de 2016

AYUDAS A MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO

La Comunidad de Madrid ha convocado Ayudas individuales para favorecer la autonomía de mujeres víctimas de violencia de género (2016)

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Apoyar la autonomía de mujeres procedentes de centros residenciales para víctimas de violencia de género y/o en riesgo de exclusión social dependientes de la Consejería de Políticas Sociales y Familia (Dirección General de la Mujer).

viernes, 7 de octubre de 2016

PROGRAMA DE ATENCIÓN A NIÑOS EN CENTROS ESCOLARES PÚBLICOS EN PERÍODOS VACACIONALES. SEMANA SANTA.

En el BOCYL de 2 de febrero de 2016 se ha publicado la convocatoria del programa «Conciliamos» en 2016.

¿Cuál es el objeto y finalidad de la convocatoria?

El programa «Conciliamos», dirigido a la atención lúdica de niños y niñas durante los períodos vacacionales de Semana Santa, Verano y Navidad de 2016, con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.

El programa se desarrollará por la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en colaboración con las entidades locales que participen en su ejecución, mediante la suscripción del oportuno convenio de colaboración.

Será cada entidad local la que determine las instalaciones donde se desarrollará el programa, así como el número máximo de menores que podrá tener cada una de ellas, exigiéndose, como requisito general para la realización del mismo en cada instalación, que el número mínimo de solicitudes y de asistencia continuada sea de 15 niños.

¿Quiénes son los destinatarios?

El programa se destina a aquellas unidades familiares que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que los menores para los que se va a solicitar plaza en el programa, tengan edades comprendidas entre 3 y 12 años, a fecha de inicio de cada uno de los períodos de funcionamiento del programa, pudiéndose aumentar la edad del menor hasta los 14 años cuando se trate de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE) escolarizados en centros ordinarios de Educación Primaria.

También se podrá solicitar plaza para los menores de otras nacionalidades que participen en programas de acogida temporal en familias castellano leonesas, con el mismo límite de edad anteriormente señalado.

b) Que los progenitores o representantes legales se encuentren en alguna de estas situaciones:

– Desarrollen una actividad profesional durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Realicen actividades formativas convocadas por el Servicio Público de Empleo durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.

– Presenten un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o deban atender a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad con al menos dicho grado de discapacidad.

– Tengan reconocido el carácter de cuidadores familiares de personas dependientes.

– Participen en un proceso selectivo para el acceso a cualquier Administración Pública durante el período de funcionamiento del programa.

c) Tanto el menor para el que se solicita plaza en el programa como, al menos, uno de los padres o representantes legales, deberán estar empadronados en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León en el momento de formular la solicitud. No se exigirá el empadronamiento a los menores acogidos temporalmente.