En el BOE de 17 de enero
de 2.017 se ha publicado el extracto de
la convocatoria de ayudas complementarias para el año 2017, destinadas a
beneficiarios del subprograma de
formación del profesorado universitario.
¿Cuál es el
objeto y la finalidad de la convocatoria?
La concesión de ayudas para estancias
breves y traslados temporales tiene por objeto reforzar la
internacionalización de la formación científica y capacidad técnica, mediante
su incorporación a un centro o grupo de investigación relevante en el ámbito
internacional y vinculado al campo científico, técnico o artístico
correspondiente al contenido de la tesis doctoral para la que se concedió la ayuda.
¿Cuál es la Tipología
y la cuantía de las ayudas complementarias convocadas?
Se trata de 550 ayudas complementarias de movilidad para estancias breves en centros
extranjeros, y excepcionalmente españoles, y 30 ayudas para traslados temporales a centros extranjeros que
consistirán en:
a) Una ayuda mensual
para gastos de manutención por un máximo de 1.500 €, un máximo de 50 € por
día de estancia y alojamiento, complementaria a la ayuda para contrato.
Consistirá en una dotación diaria para manutención de 25€ para las estancias en
España.
b) Una ayuda para gastos
de viaje, un máximo de 600 €, cuando el lugar de destino sea un país de
Europa; y un máximo de 1.200 €, cuando el lugar de destino sea un país del
resto del mundo. Para gastos de desplazamiento una ayuda hasta un máximo de 90€
dentro de la Península; hasta un máximo de 120€ a o desde Ceuta, Melilla y las
Islas Baleares; hasta un máximo de 150€ a o desde las Islas Canarias.
c) Un seguro de
accidentes y de asistencia sanitaria, en el caso de destinos en países sin
cobertura de la Seguridad Social.
Las
estancias breves tienen una duración de 2 o 3 meses, y excepcionalmente,
podrán tener 1 mes de duración si el destino es en un centro ubicado en España.
Los
traslados Temporales tendrán una duración mínima de 6 meses y
máxima de 9 meses.