En el BOE de 2 de agosto
de 2017 se han publicado las bases
reguladoras de la concesión de ayudas dirigidas a impulsar el crecimiento de la
industria española en el marco del programa Crecimiento Empresarial.
¿Cuál es la
finalidad y el ámbito geográfico de las ayudas?
Impulsar
el crecimiento de la industria española, a través de las empresas
industriales con fabricación en España.
Las actividades objeto de
ayuda podrán realizarse en la totalidad del territorio nacional.
Cada convocatoria de
subvenciones regulará el ámbito geográfico de aplicación de la ayuda.
¿Quiénes
pueden ser beneficiarios?
Podrán
tener la condición de empresas beneficiarias las pyme,
cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas,
asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc.) que, en su condición de
tales, cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en esta orden, desarrollan o van a desarrollar una
actividad industrial productiva siempre que su objeto social se refiera a
actividades encuadradas en la sección c - divisiones 10 a 32 de la
clasificación nacional de actividades económicas (cnae 2009), aprobada por real
decreto 475/2007, de 13 de abril.
Serán consideradas pyme,
aquellas empresas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2
del anexo i del reglamento (ue) n.º 651/2014 de la comisión, de 17 de junio de
2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con
el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado.
Las
empresas beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos,
además de lo que se disponga en cada convocatoria:
a) tener la condición de
pyme.
b) dedicarse al desarrollo
de actividades industriales.
c) tener dentro de su
objeto social el desarrollo de actividades de las indicadas en las divisiones
10 a 32 inclusive del cnae-2009.
d) hallarse al corriente
en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
e) hallarse al corriente
en el cumplimiento de las obligaciones con la seguridad social.