En Castilla y León se ha
publicado, el viernes 28 de noviembre de 2014, la ORDEN PRE/1020/2014, de 21 de noviembre,
por la que se convocan subvenciones para
proyectos de desarrollo y microacciones en el exterior para el año 2015.
¿Cuál es el objeto y finalidad de la Orden?
Convocar para el ejercicio
2015, subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva, dirigidas a organizaciones no gubernamentales de
desarrollo, en adelante ONGD, para colaborar en la financiación de proyectos de
desarrollo y microacciones en el exterior que mejoren las condiciones de
vida y el desarrollo sostenible de la población de los países empobrecidos,
garantizando la sostenibilidad económica, social e institucional de las
intervenciones, en el marco de las ayudas económicas no reembolsables.
No
son objeto de la presente convocatoria las intervenciones
concebidas como ayudas reembolsables, fondos de cooperación multilateral,
acciones humanitarias o asistencias técnicas internacionales.
¿Quiénes pueden ser
beneficiarios?
Podrán ser beneficiarios
de las subvenciones las ONGD,
constituidas como agentes de cooperación al desarrollo de acuerdo con el
artículo 22 de la Ley 9/2006, de 10 de octubre, de cooperación al desarrollo,
que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden
PRE/130/2013, de 6 de marzo, en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
En caso de que el proyecto
sea solicitado en consorcio por dos o más entidades, todas ellas deberán estar
inscritas en el Registro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de Castilla y
León.
¿Cuál es la cuantía de la
subvención?
En el caso de proyectos de
desarrollo las subvenciones otorgadas no podrán superar
el 80% del presupuesto total del proyecto, sin que en ningún caso este
porcentaje pueda exceder de la cuantía de 200.000 €.
En el caso de
microacciones en el exterior las subvenciones otorgadas no podrán superar
el 90% del presupuesto total del proyecto, ni exceder de la cuantía de 45.000
€.
¿Cuáles son las prioridades
geográficas, sectoriales y sociales de intervención en el exterior?
Serán
preferentes las intervenciones dirigidas a cubrir necesidades fundamentales de
la población destinataria.
Tendrán
una atención preferente aquellas intervenciones implementadas en los siguientes
países:
a) África Subsahariana:
Burkina Faso, Etiopía, Kenia, Mozambique, Senegal y Tanzania. De forma
excepcional, y en el marco de la respuesta sanitaria a la crisis del Ebola,
también se considerarán prioritarios coyunturalmente para este ejercicio Guinea
Bissau, Malí y Costa de Marfil.
b) América Central y
Caribe: El Salvador, Guatemala, Haití, República Dominicana, Honduras y
Nicaragua.
c) América del Sur:
Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú.
d) Asia: India.
Tendrán
una atención preferente las intervenciones dirigidas a los siguientes sectores
de actuación:
a) Soberanía alimentaria y
acceso al agua potable.
b) Servicios colectivos de
carácter básico.
c) Desarrollo agrario y
pesquero.
d) Emprendimiento,
crecimiento económico inclusivo y trabajo digno.
¿Dónde, cuándo y cómo se
presentan las solicitudes?
El
plazo para la presentación de solicitudes finalizará a los treinta días, a
contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en
el «Boletín Oficial de Castilla y León.
Los interesados
presentarán la solicitud, conforme al modelo normalizado
que podrá obtenerse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad
de Castilla y León www.tramitacastillayleon.jcyl.es (código IAPA n.º 1535,
Modelo 2625 y 2626) junto los demás documentos requeridos.
La presentación de las
solicitudes podrá realizarse directamente en el Registro General de la
Consejería de la Presidencia sito en la calle Santiago Alba número 1 de
Valladolid (47008), así como en los demás lugares previstos en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Si se
presenta la solicitud en las Oficinas de Correos, se hará en sobre abierto para
que la solicitud pueda ser fechada y sellada por el funcionario de correos,
antes de proceder a la certificación del envío.
Asimismo, las solicitudes
podrán ser presentadas por vía telemática.
Para solicitarlo por dicha
vía los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico, o de un certificado
digital de clase 2CA de firma electrónica emitido por la Fábrica Nacional de
Moneda y Timbre, o bien de aquellos otros certificados electrónicos que hayan
sido previamente reconocidos por esta Administración y sean compatibles con los
diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas. Las
entidades prestadoras de este servicio reconocidas por la Junta de Castilla y
León, figuran en una relación actualizada publicada en la sede electrónica
(http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
Las entidades podrán
presentar un máximo de dos solicitudes: un proyecto de
desarrollo y una microacción en el exterior.