En el BOCYL de 12 de abril
de 2016 se han publicado las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a PYMES para fomentar el ascenso profesional de
la mujer en Castilla y León.
¿Cuál es el objeto de las
subvenciones?
Incentivar
a micro, pequeñas y medianas empresas (PYMES), para fomentar el ascenso profesional de la mujer
trabajadora en Castilla y León.
Se considera ascenso o
promoción profesional, a efectos de estas subvenciones, todo
cambio de categoría o grupo profesional, según convenio colectivo, que conlleve
la realización efectiva de funciones de mayor cualificación y un incremento
salarial consolidable.
En los casos de ausencia de
convenio colectivo aplicable se considerará ascenso o promoción profesional el
cambio de funciones debidamente justificado que conlleve la realización
efectiva de funciones de mayor cualificación con un incremento salarial
consolidable. El cambio de funciones se justificará con la aportación de los
documentos que se indiquen en la convocatoria.
No serán subvencionables,
los ascensos o promociones profesionales que se encuentren en los siguientes
supuestos:
a) Las relaciones laborales
de carácter especial previstas en el artículo 2.1 Estatuto de los Trabajadores.
b) Los que sean consecuencia
del ascenso o promoción predeterminada por la Legislación Laboral o por
Convenio Colectivo.