En el Diario Oficial de
Galicia de 30 de diciembre de 2015 se han publicado las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones para la
prevención de los daños causados a los bosques por incendios, desastres
naturales y catástrofes en montes vecinales en mano común y Sofor, y se han
convocado tales subvenciones para el año 2016.
¿Cuál es el objeto de la convocatoria?
La concesión de
subvenciones que los titulares de montes vecinales al contado común, sus
agrupaciones y las Sociedades de Fomento Forestal (en adelante Sofor) podrán
percibir para la puesta en marcha de actuaciones
preventivas contempladas en la legislación gallega sobre incendios forestales.
Se establecen dos líneas de subvenciones:
a) Línea I:
subvenciones para el control selectivo de combustible (código de
procedimiento MR651A).
b) Línea II:
subvenciones para la construcción de puntos de agua (código de
procedimiento MR651B).
¿Quiénes pueden ser beneficiarios?
Los
titulares de montes vecinales en mano común, sus agrupaciones y mancomunidades,
y las Sofor.
En el caso de agrupaciones
de montes vecinales en mano común deberán hacerse constar los compromisos de
ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación.
Cuando se trate de
agrupaciones sin personalidad, deberán hacerse constar expresamente, tanto en
la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución
asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el porcentaje de
subvención que percibirá cada uno de ellos, que tendrán igualmente la
consideración de beneficiarios.