En el BOCYL de 29 de diciembre
de 2017 se ha publicado la convocatoria para el año 2018 de subvenciones públicas dirigidas al fomento
de la realización de actividades
preventivas que no pueda asumir directamente el empresario ni tampoco a través
de la figura de trabajador designado. (PROG V).
¿Cuál es el objeto
de la convocatoria?
La financiación de la
realización de determinadas actividades
preventivas que no pueda asumir su realización directamente el empresario
ni tampoco a través de la figura de trabajador designado.
¿Quiénes pueden
ser beneficiarios?
Las personas, físicas o jurídicas, privadas con ánimo de lucro,
agrupaciones de ambas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad
económica o patrimonio separado.
¿Cuál es el plazo
de presentación de solicitudes?
30
días hábiles a partir del día siguiente a la publicación
de este extracto.