viernes, 31 de marzo de 2017

LEXCYL ABOGADOS TRAMITA LA EXONERACIÓN, POR PRIMERA VEZ EN VALLADOLID, DE LA DEUDA DE UNA FAMILIA CONFORME A LA LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD

Valladolid ha visto esta semana la primera resolución judicial en un caso de exoneración de deuda mediante la Ley de Segunda Oportunidad. De los casos abiertos en la provincia, el primero en obtener respuesta de los tribunales ha sido tramitado por LEXCYL ABOGADOS, y esa respuesta ha sido favorable, de modo que nuestros clientes han quedado eximidos de pagar a distintos acreedores una cantidad superior, en su conjunto, al millón de euros.
La Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, más conocida como Ley de Segunda Oportunidad, está destinada a “que una persona física, a pesar de un fracaso económico empresarial o personal, tenga la posibilidad de encarrilar nuevamente su vida e incluso de arriesgarse a nuevas iniciativas, sin tener que arrastrar indefinidamente una losa de deuda que nunca podrá satisfacer”, en palabras de la propia norma.

La Ley permite realmente que personas arruinadas y cargadas de deudas salgan de la economía sumergida y entren de nuevo en el ciclo productivo, lo que hace posible que vuelvan a crear empleo y, por tanto, riqueza para el conjunto de la sociedad. Se trata de un mecanismo muy potente que cambiará la vida de muchas personas que se veían abocadas a un endeudamiento perpetuo.
Con ese punto de partida, la Ley de Segunda Oportunidad comienza a ofrecer sus primeros frutos. Además, y pese a algunos análisis erróneos, la Ley también permite liberarse de una parte sustancial de las deudas con Hacienda o la Seguridad Social, tal y como se refleja en esta primera resolución que exonera expresamente del pago “de los créditos de derecho público existentes a la fecha de conclusión del concurso”.
En LEXCYL ABOGADOS compartimos la gran satisfacción de nuestros clientes y estamos orgullosos de haber participado en conseguir esta resolución judicial que les permite empezar de nuevo liberados de todas sus deudas.


CARLOS BORREGO GARCÍA

C/ Teresa Gil nº 7, 1º A - 47002 - Valladolid
Tfn: 983 36 12 79 - Fax: 983 33 61 23


LEXCYL ABOGADOS TRAMITA LA EXONERACIÓN, POR PRIMERA VEZ EN VALLADOLID, DE LA DEUDA DE UNA FAMILIA CONFORME A LA LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD

Valladolid ha visto esta semana la primera resolución judicial en un caso de exoneración de deuda mediante la Ley de Segunda Oportunidad. De los casos abiertos en la provincia, el primero en obtener respuesta de los tribunales ha sido tramitado por LEXCYL ABOGADOS, y esa respuesta ha sido favorable, de modo que nuestros clientes han quedado eximidos de pagar a distintos acreedores una cantidad superior, en su conjunto, al millón de euros.
La Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, más conocida como Ley de Segunda Oportunidad, está destinada a “que una persona física, a pesar de un fracaso económico empresarial o personal, tenga la posibilidad de encarrilar nuevamente su vida e incluso de arriesgarse a nuevas iniciativas, sin tener que arrastrar indefinidamente una losa de deuda que nunca podrá satisfacer”, en palabras de la propia norma.

La Ley permite realmente que personas arruinadas y cargadas de deudas salgan de la economía sumergida y entren de nuevo en el ciclo productivo, lo que hace posible que vuelvan a crear empleo y, por tanto, riqueza para el conjunto de la sociedad. Se trata de un mecanismo muy potente que cambiará la vida de muchas personas que se veían abocadas a un endeudamiento perpetuo.
Con ese punto de partida, la Ley de Segunda Oportunidad comienza a ofrecer sus primeros frutos. Además, y pese a algunos análisis erróneos, la Ley también permite liberarse de una parte sustancial de las deudas con Hacienda o la Seguridad Social, tal y como se refleja en esta primera resolución que exonera expresamente del pago “de los créditos de derecho público existentes a la fecha de conclusión del concurso”.
En LEXCYL ABOGADOS compartimos la gran satisfacción de nuestros clientes y estamos orgullosos de haber participado en conseguir esta resolución judicial que les permite empezar de nuevo liberados de todas sus deudas.

jueves, 30 de marzo de 2017

SEGURIDAD SOCIAL. CONTINGENCIAS PROFESIONALES. REDUCCIÓN DE LAS COTIZACIONES POR DISMINUCIÓN DE SINIESTRABILIDAD LABORAL.

Con la finalidad de incentivar a las empresas a mejorar la prevención de riesgos laborales, en el año 2010 se puso en marcha, mediante el Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, el sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hubieran contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral. Este sistema, que prevén de forma expresa los artículos 97.2 y 146.3 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, ha venido utilizándose por empresas de las distintas actividades, lo que ha incentivado la prevención de los riesgos laborales a nivel empresarial.

Como el procedimiento necesario para su concesión presenta ciertas limitaciones y barreras que dificultan su tramitación a las empresas solicitantes, la Ley 35/2014, de 26 de diciembre, por la que se modificó el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, en su disposición adicional cuarta, párrafo b), instó al Gobierno a abordar una modificación del Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, para agilizar y simplificar el proceso de solicitud, reconocimiento y abono del incentivo, y para implantar un sistema objetivo centrado en el comportamiento de la siniestralidad, incentivando en las empresas la adopción de medidas y procesos que contribuyan eficazmente a la reducción de las contingencias profesionales de la Seguridad Social.

El Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, que deroga el Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral, introduciendo una serie de mejoras tendentes tanto a conseguir una gestión del incentivo más ágil, eficaz y eficiente, como a dotar de una mayor seguridad jurídica a todo el procedimiento.

lunes, 27 de marzo de 2017

BECAS DE VERANO DEL INSTITUTO DE ASTROFÍSICA DE CANARIAS (IAC) PARA LA FORMACIÓN EN COMUNICACIÓN Y DIVULGACIÓN DE LA CULTURA CIENTÍFICO-TÉCNICA

En el BOE de 21 de marzo de 2017 se ha publicado el extracto de la convocatoria del Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC) de una beca de verano para la formación en comunicación y divulgación de la cultura científico-técnica en un centro de investigación dirigida a personas con titulación universitaria reciente de grado

¿Cuál es el objeto y finalidad de la convocatoria?

Convocar, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, una ayuda para la formación de recién titulados o tituladas (curso 2015-2016 o posterior) de grado para la formación en comunicación y divulgación de la cultura científico-técnica en un centro de investigación.

¿Cuál es la duración de la beca?

La duración será de tres meses (julio, agosto y septiembre de 2017).


sábado, 25 de marzo de 2017

GUÍA SOBRE LA DECLARACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

En el BOE de 25 de marzo de 2.017 se han publicado los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2016, el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos, todo ello mediante la Orden HFP/255/2017, de 21 de marzo.

I.- Modelo de declaración.

Así, se aprueba el modelo de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y los documentos de ingreso o devolución, consistentes en:

a) Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Modelo D-100, que se reproduce en el anexo I de la orden.

b) Documentos de ingreso o devolución, que se reproducen en el anexo II de la orden, con el siguiente detalle:

1.º Modelo 100. Documento de ingreso o devolución de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que consta de dos ejemplares, uno para el contribuyente y otro para entidad colaboradora-AEAT.

2.º Modelo 102. Documento de ingreso del segundo plazo de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que consta de dos ejemplares, uno para el contribuyente y otro para entidad colaboradora-AEAT. El número de justificante que habrá de figurar en este documento será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos se corresponderán con el código 102.

Serán válidas las declaraciones y sus correspondientes documentos de ingreso o devolución firmados por el declarante que se presenten en papel impreso generado a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Para la impresión será necesario disponer de conexión a Internet. Los datos impresos en estas declaraciones y en sus correspondientes documentos de ingreso o devolución prevalecerán sobre las alteraciones o correcciones manuales que pudieran producirse sobre los mismos, por lo que éstas no producirán efectos ante la Administración tributaria, salvo las que se refieran al Código Internacional de Cuenta Bancaria (IBAN) y a la opción de fraccionamiento que podrán ser modificados en el momento de la presentación en la entidad colaboradora. No obstante, por motivos de seguridad, el dato del Número de Identificación Fiscal (NIF) del obligado tributario se deberá cumplimentar manualmente.

También aprueba la Orden los modelos de declaración y de documento de ingreso del Impuesto sobre el Patrimonio. Dichos modelos consisten en:

a) Modelo D-714. «Impuesto sobre el Patrimonio. Declaración. Ejercicio 2016», que se reproduce en SU anexo III. 

b) Modelo 714. «Impuesto sobre el Patrimonio 2016. Documento de ingreso», que se reproduce en su anexo IV. El número de justificante que habrá de figurar en este documento será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos se corresponderán con el código 714.

II.- Borrador de la declaración.

La Orden HFP/255/2017, de 21 de marzo, regula, por otra parte, el borrador de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

II.1- Obtención del borrador de la declaración.

La primera cuestión que establece al respecto es la de cómo se obtiene el borrador de la declaración.

viernes, 24 de marzo de 2017

BECAS DE VERANO DEL INSTITUTO DE ASTROFÍSICA DE CANARIAS (IAC) PARA LA FORMACIÓN EN DESARROLLO TECNOLÓGICO.

En el BOE de 21 de marzo de 2017 se ha publicado el extracto de la convocatoria del Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC) de seis becas de verano para la formación en desarrollo tecnológico dirigidas a estudiantes o recién titulados o tituladas (curso 2015-2016 o posterior) de máster universitario.

¿Cuál es el objeto y finalidad de la convocatoria?

Convocar, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, 6 ayudas para la formación de recién titulados o tituladas (curso 2015-2016 o posterior) o estudiantes, de máster universitario.

Su finalidad es la de formar a dichos estudiantes o recién titulados o tituladas en el desarrollo tecnológico asociado a la investigación astrofísica.

miércoles, 22 de marzo de 2017

AYUDAS COMERCIO EXTERIOR

En el BOE de 21 de marzo de 2017 se ha publicado el extracto de la convocatoria de concesión de ayudas para el año 2017, a las Asociaciones/Federaciones españolas de Exportadores reconocidas como entidades colaboradoras de la Secretaría de Estado de Comercio.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Contribuir al desarrollo, concentración y consolidación de las Asociaciones/Federaciones españolas de Exportadores, de manera que puedan ejercer eficazmente funciones de interlocución ante la Administración General del Estado, representación, defensa de los intereses comerciales sectoriales en el ámbito internacional, canalización de la información sobre normativa comercial entre sus asociados, así como facilitar el acceso de sus miembros a los mercados exteriores, entre otras.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Las Asociaciones/Federaciones españolas de Exportadores reconocidas como entidades colaboradoras de la Secretaría de Estado de Comercio, en virtud de lo establecido en la Orden ITC/3690/2005 de 22 de noviembre.

viernes, 17 de marzo de 2017

BECAS DE INVESTIGACIÓN, COORDINACIÓN-FORMACIÓN Y FORMACIÓN EN MATERIAS Y ACTIVIDADES COMPETENCIA DEL MUSEO NACIONAL CENTRO DE ARTE REINA SOFÍA

En el BOE de 4 de marzo de 2.017 se ha publicado el extracto de la convocatoria de becas de investigación, coordinación-formación y formación en materias y actividades competencia del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía para 2017-2018

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Trece becas de investigación, coordinación-formación y formación en materias y actividades de la competencia del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Cualquier persona que esté en posesión de los títulos académicos oficiales que se indican en cada una de las clases de beca o bien de títulos extranjeros equivalentes homologados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes. Los nacionales de Estados cuya lengua oficial no sea el español deberán acreditar documentalmente un perfecto dominio, hablado y escrito, de este idioma.


¿Cuál es la duración de las becas?

El periodo de disfrute de las becas será de doce meses.

¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el «Boletín Oficial del Estado».


jueves, 16 de marzo de 2017

AYUDAS PARA LA ACCIÓN Y LA PROMOCIÓN CULTURAL

En el BOE de 24 de febrero de 2017 se ha publicado el extracto de la convocatoria de ayudas para la acción y la promoción cultural correspondientes al año 2017.

¿Cuál es el objeto de las ayudas?

La modernización y profesionalización del sector cultural y creativo a través del fomento de actividades que contribuyan a alguna de las siguientes finalidades:

a) Fomentar la modernización del sector y el uso de las nuevas tecnologías en la creación y difusión de contenidos, productos y servicios culturales.

b) Incrementar la profesionalización de las industrias culturales y creativas y su capacidad para generar empleo potenciando la formación, la integración, la vertebración, las asociaciones sectoriales y las redes dentro del sector cultural.

c) Estimular la participación del sector privado en la financiación de proyectos culturales y fomentar el mecenazgo cultural.

d) Fomentar la internacionalización de la cultura española y su inclusión en redes europeas de oferta cultural, favorecer los vínculos entre las Comunidades Autónomas, promover la participación activa de la ciudadanía en los procesos culturales y potenciar España como destino turístico cultural.

¿Cuál es el plazo de ejecución de las actividades?

Las actividades deberán desarrollarse entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de marzo de 2018. Por tanto, los gastos deberán realizarse dentro de este periodo.

La emisión de los justificantes de gasto (facturas) tendrá como fecha límite el 31 de marzo de 2018 y el pago (justificantes de pago) tendrá como fecha límite el 30 de junio de 2018. Solo serán subvencionables aquellos gastos que hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del plazo de justificación.


miércoles, 15 de marzo de 2017

BECAS DE ARTE, EDUCACIÓN Y CULTURA: BECAS PARA LA REAL ACADEMIA DE ESPAÑA EN ROMA

En el BOE de 28 de febrero de 2.017 se ha publicado el extracto de la convocatoria de los Programas de Becas MAEC-AECID de Arte, Educación y Cultura para el curso académico 2017- 2018.

¿Cuál es el objeto y la finalidad de la convocatoria?

Las ayudas para la financiación de la realización de proyectos artísticos en el exterior, la formación de ciudadanos españoles y extranjeros en centros de educación superior y de formación artística de excelencia así como prácticas en unidades de la Administración General del Estado vinculadas a la acción exterior, para cada uno de los siguientes Programas:

I.1 Programa de becas para la Real Academia de España en Roma (RAER).

I.2 Programa de becas para prácticas de gestión cultural exterior.

I.3 Programa de becas para prácticas de cooperación para el desarrollo en los Centros de Formación de la Cooperación Española en América Latina.

I.4 Programa de becas de colaboración formativa en las sedes de las Academias asociadas a la Real Academia Española (RAE).

I.5 Programa de becas para el Colegio de Europa.

I.6 Programa de becas de formación musical de excelencia en la Escuela Superior de Música Reina Sofía (ESMRS).

I.7 Programa de becas de Máster para funcionarios y personal integrado en los sistemas públicos de los países prioritarios de la Cooperación Española.

I.8 Programa de becas para prácticas de diseño gráfico en la AECID.

I.9 Programa de becas de prácticas de edición y publicación en la AECID.

SUBVENCIONES PARA CONTRATOS DE JÓVENES PARA EMPRESAS DE CUALQUIER SECTOR PARA PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A ACTIVIDADES COMERCIALES Y DE MARKETING

En el BOE de 24 de febrero de 2017 se ha publicado el extracto de la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas de cualquier sector para puestos de trabajo vinculados a actividades comerciales y de marketing, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La concesión de subvenciones en concepto de ayudas dirigidas a la contratación de jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil, de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años que cumplan los requisitos del sistema de Garantía Juvenil y no tengan ninguna ocupación laboral.

La actividad objeto de ayuda es la contratación de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Se entiende por personal a contratar aquellos jóvenes que cumplan con los siguientes requisitos:

- Encontrarse inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

- Haber participado en una acción formativa desarrollado por EOI en el marco del programa del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

martes, 14 de marzo de 2017

SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR LA CELEBRACIÓN DE ACTIVIDADES DIVULGATIVAS Y ACCIONES DE COMUNICACIÓN SOBRE LA UNIÓN EUROPEA

En el BOE de 27 de febrero de 2.017 se ha publicado el extracto de la convocatoria para la concesión de subvenciones correspondientes al año 2017, para la celebración de acciones de comunicación y actividades divulgativas, sobre asuntos relacionados con el ámbito de las competencias de la Secretaría de Estado para la Unión Europea.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Las subvenciones destinadas a financiar la celebración de actividades divulgativas y acciones de comunicación sobre la Unión Europea, que tengan lugar durante el año 2017 desde el momento en el que se conozca la concesión y hasta el 30 de septiembre de 2017, haciendo hincapié en "Hacia una Europa mejor: más integración, crecimiento, empleo y seguridad".

La finalidad de estas subvenciones es promover la realización de iniciativas de comunicación y participación ciudadana sobre los asuntos anteriormente citados y que fomenten el concepto y la práctica de ciudadanía europea en y con la sociedad civil española.

lunes, 13 de marzo de 2017

SUBVENCIONES DEL CONSORCIO DE LA CIUDAD DE CUENCA PARA LA ORGANIZACIÓN DE CONGRESOS, JORNADAS, SEMINARIOS Y OTRAS ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN DE LA CIUDAD

En el BOE de 23 de febrero de 2.017 se han publicado las bases reguladoras de las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva por el Consorcio de la Ciudad de Cuenca para la organización de congresos, jornadas, seminarios y otras actividades de promoción de la ciudad.

¿Cuál es el objeto de las ayudas?

La organización de congresos, seminarios, convenciones o cualquier otro evento relativo al turismo de congresos en la ciudad de Cuenca, y de modo especial en su casco histórico.

¿Qué actividades son subvencionables y cuáles están excluidas? ¿Cómo se clasificación los eventos subvencionables?

Se entenderán actividades subvencionables las de organización de congresos, convenciones, simposios, jornadas, seminarios y eventos similares.

Quedan excluidas aquellas reuniones que tengan por objeto manifestaciones netamente deportivas, culturales o recreativas; competiciones y eventos deportivos; festivales de música, coros, danza, teatro, etc.; competiciones de juegos recreativos; galas, concursos de belleza y pases de modelos; eventos relacionados con formación ocupacional o continua; los actos académicos propiamente dichos; y los congresos, asambleas y reuniones de partidos políticos, sindicatos y organizaciones similares.

Quedan asimismo excluidas las actividades realizadas con cargo a subvenciones otorgadas por alguna de las Administraciones Consorciadas, cuando esas subvenciones procedan de los fondos del propio Consorcio.

Se establece la siguiente clasificación de eventos:

Congreso.–Promueven: asociaciones, sociedades médicas o científicas, colegios profesionales, federaciones, universidades, etc. Duración mínima: 2 días. Pernocta mínima: 1 noche. Mínimo de participantes: 50.

Convención.–Promueve: empresa privada. Duración mínima: 2 días. Pernocta mínima: 1 noche. Mínimo de participantes: 50.

Jornada, seminario o simposio.–Promueven: asociaciones, universidades u otras instituciones. Duración mínima: 1 día (6 horas jornada). Pernocta mínima: 1 noche. Mínimo de participantes: 50.

Además de lo indicado y considerando el ámbito de los eventos se diferencian: Internacionales (40% de inscritos de como mínimo tres países distintos o 90% de inscritos extranjeros, de menos de tres países); Nacionales (los de España superan el 60% de los inscritos, siendo el 40% de al menos tres CCAA); y Regionales (en las que más del 60% de los inscritos son de Castilla-La Mancha). Estas referencias y criterios servirán a la hora de la baremación y del cálculo de las ayudas.

sábado, 11 de marzo de 2017

BECAS DE ARTE, EDUCACIÓN Y CULTURA: BECAS DE COLABORACIÓN FORMATIVA EN LAS SEDES DE LAS ACADEMIAS ASOCIADAS A LA REAL ACADEMIA ESPAÑOLA

En el BOE de 28 de febrero de 2.017 se ha publicado el extracto de la convocatoria de los Programas de Becas MAEC-AECID de Arte, Educación y Cultura para el curso académico 2017- 2018.

¿Cuál es el objeto y la finalidad de la convocatoria?

Las ayudas para la financiación de la realización de proyectos artísticos en el exterior, la formación de ciudadanos españoles y extranjeros en centros de educación superior y de formación artística de excelencia así como prácticas en unidades de la Administración General del Estado vinculadas a la acción exterior, para cada uno de los siguientes Programas:

I.1 Programa de becas para la Real Academia de España en Roma (RAER).

I.2 Programa de becas para prácticas de gestión cultural exterior.

I.3 Programa de becas para prácticas de cooperación para el desarrollo en los Centros de Formación de la Cooperación Española en América Latina.

I.4 Programa de becas de colaboración formativa en las sedes de las Academias asociadas a la Real Academia Española (RAE).

viernes, 10 de marzo de 2017

SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO Y POTENCIACIÓN DE LAS ACTIVIDADES CULTURALES Y TURÍSTICAS DEL CASCO ANTIGUO DE CUENCA

En el BOE de 23 de febrero de 2.017 se han publicado las bases reguladoras de las subvenciones a conceder para el desarrollo y potenciación de las actividades culturales y turísticas del casco antiguo de Cuenca.

¿Cuál es el objeto de las ayudas?

La realización de actividades de interés cultural y turístico en el ámbito del Casco Antiguo de Cuenca. Las actividades subvencionables se referirán a las disciplinas de música, teatro, danza, artes plásticas, cinematografía, creación literaria, medios de comunicación, cultura tradicional y actividades de promoción cultural y turística.

Quedan excluidas las actividades realizadas con cargo a subvenciones otorgadas por alguna de las Administraciones Consorciadas, cuando esas subvenciones se hayan otorgado con cargo a fondos del Consorcio.

No serán objeto de subvención los gastos de equipamiento, excursiones, comidas, jornadas gastronómicas, mantenimiento de locales, subvenciones a terceros y todas aquellas que de manera indubitada no respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada.

Las actividades deberán desarrollarse dentro del plazo que se determine en la convocatoria correspondiente. Por tanto, los gastos deberán realizarse dentro de este periodo.

El importe de estas ayudas sólo será aplicable a los gastos generados directamente en la realización de las actividades para las que se concedan.

jueves, 9 de marzo de 2017

AYUDAS A LA COOPERACIÓN PARA EL SUMINISTRO SOSTENIBLE DE BIOMASA EN EL MARCO DEL PROGRAMA NACIONAL DE DESARROLLO RURAL 2014-2020.

En el BOE de 23 de febrero de 2.017 se ha publicado la convocatoria de ayudas a la cooperación para el suministro sostenible de biomasa en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020.

¿Cuál es el objeto de las subvenciones?

El apoyo financiero a proyectos de cooperación para el suministro sostenible de biomasa entre agentes que la reciben o la proveen, destinada a la producción de energía en la transformación de productos agroalimentarios, en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020.

miércoles, 8 de marzo de 2017

AYUDAS PARA LA RESTAURACIÓN DE DAÑOS CAUSADOS A LOS BOSQUES POR INCENDIOS

En el BOCYL  de 22 de febrero de 2.017 se han publicado las bases reguladoras de las ayudas para la restauración de daños causados a los bosques por incendios, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020.

¿Cuál es el objeto de las ayudas?

Reparar los daños causados a los bosques por incendios, contribuyendo con ello a la protección del medio ambiente y al freno del cambio climático.

¿Qué actuaciones son subvencionables?

La ayuda irá dirigida a financiar la elaboración de un plan de actuaciones destinadas a la restauración de los daños causados a los bosques por incendios (plan de restauración de daños).

martes, 7 de marzo de 2017

AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA INTEGRACIÓN DE ENTIDADES ASOCIATIVAS AGROALIMENTARIAS DE CARÁCTER SUPRAAUTONÓMICO. FORMACIÓN PROFESIONAL Y ADQUISICIÓN DE COMPETENCIAS.

En el BOE de 23 de febrero de 2017 se ha publicado el extracto de la convocatoria de ayudas para el apoyo a las acciones de formación profesional y adquisición de competencias en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Subvenciones para financiar actividades de demostración y acciones de información para la difusión y mejora de la experiencia de las entidades asociativas prioritarias de carácter agroalimentario y ámbito supraautonómico.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán acceder a estas ayudas las entidades u organizaciones prestadoras de servicios de demostración e información tal y como se definen en el artículo 3 del Real Decreto 126/2016, de 1 de abril, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 del citado real decreto.

¿Cuál es su importe?

La ayuda podrá alcanzar el cien por cien de los gastos subvencionables que se hayan generado por la actuación, dentro de un límite máximo de 8.000 euros por actividad.

¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?

Las solicitudes de ayuda se presentarán en el plazo de 25 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

lunes, 6 de marzo de 2017

AYUDAS A ENTIDADES LOCALES DESTINADAS A LA INTEGRACIÓN SOSTENIBLE DE PERSONAS JÓVENES EN EL MERCADO DE TRABAJO

En el BOE de 11 de febrero de 2.017 se ha publicado el extracto de la convocatoria 2017 de ayudas del Fondo Social Europeo, previstas en el Programa Operativo de Empleo Juvenil (ayudas AP-POEJ), destinadas a la integración sostenible de personas jóvenes en el mercado de trabajo, en el contexto del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La cofinanciación de proyectos promovidos por las entidades solicitantes, que incluyan la realización de actividades formativas constituyentes de itinerarios integrados para la mejora de la formación y la empleabilidad de personas mayores de 16 años y menores de 30 años, incluidas las personas con discapacidad, no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, independientemente de su nivel formativo y que estén registradas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, estén o no inscritas como solicitantes de empleo.

domingo, 5 de marzo de 2017

AYUDAS A UNIVERSIDADES Y OTROS CENTROS ACADÉMICOS PARA EL FOMENTO DE LA FORMACIÓN Y LA INVESTIGACIÓN EN EL ÁMBITO DEL ANÁLISIS ECONÓMICO Y PRESUPUESTARIO PARA LA ESTABILIDAD Y SOSTENIBILIDAD FISCAL

En el BOE de 27 de febrero de 2.017 se ha publicado el extracto de la convocatoria de ayudas a universidades y otros centros académicos para el fomento de la formación y la investigación en el ámbito del análisis económico y presupuestario para la estabilidad y sostenibilidad fiscal en el año 2017.

¿Cuál es el objeto de las ayudas?

El fomento de la formación y la investigación en el ámbito del análisis económico-presupuestario dirigido a la estabilidad y sostenibilidad fiscal, según lo establecido por el artículo 38 del Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal y en el marco de su Plan Estratégico de Subvenciones.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las Universidades con sede en el territorio nacional, así como los centros educativos que impartan estudios oficiales de postgrado (en adelante, centros académicos).

Las Universidades y centros académicos de postgrado deben demostrar excelencia en la formación y la investigación en las disciplinas de Economía y Empresas.

El número máximo de Universidades y centros académicos que serán beneficiarios en cada convocatoria será de cinco.

Las entidades beneficiarias (Universidades y/o centros académicos) suscribirán un convenio de colaboración con la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (en adelante, AIReF), para articular el proceso de selección de los alumnos participantes, que, en todo caso, respetará los principios de publicidad, concurrencia competitiva, objetividad, igualdad y no discriminación.

Las entidades beneficiarias seleccionarán, en coordinación con la AIReF, a los alumnos participantes en los programas objeto de las ayudas siguiendo los criterios establecidos por la AIReF, y concederán y abonarán las becas.



sábado, 4 de marzo de 2017

BECAS DE ARTE, EDUCACIÓN Y CULTURA: BECAS PARA PRÁCTICAS DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO EN LOS CENTROS DE FORMACIÓN DE LA COOPERACIÓN ESPAÑOLA EN AMÉRICA LATINA

En el BOE de 28 de febrero de 2.017 se ha publicado el extracto de la convocatoria de los Programas de Becas MAEC-AECID de Arte, Educación y Cultura para el curso académico 2017- 2018.

¿Cuál es el objeto y la finalidad de la convocatoria?

Las ayudas para la financiación de la realización de proyectos artísticos en el exterior, la formación de ciudadanos españoles y extranjeros en centros de educación superior y de formación artística de excelencia así como prácticas en unidades de la Administración General del Estado vinculadas a la acción exterior, para cada uno de los siguientes Programas:

I.1 Programa de becas para la Real Academia de España en Roma (RAER).

I.2 Programa de becas para prácticas de gestión cultural exterior.

I.3 Programa de becas para prácticas de cooperación para el desarrollo en los Centros de Formación de la Cooperación Española en América Latina.

AYUDAS A LA COOPERACIÓN PARA PLANTEAMIENTOS CONJUNTOS CON RESPECTO A PROYECTOS MEDIOAMBIENTALES Y PRÁCTICAS MEDIOAMBIENTALES EN CURSO

En el BOE de 23 de febrero de 20177 se ha publicado el extracto de la convocatoria de ayudas a la cooperación para planteamientos conjuntos con respecto a proyectos medioambientales y prácticas medioambientales en curso, en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Subvenciones para financiar la cooperación para planteamientos conjuntos con respecto a proyectos medioambientales y prácticas medioambientales en curso, orientados a la mejora de la eficiencia energética mediante el uso de energías renovables, en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán acceder a estas ayudas las entidades establecidas en el artículo 2.3 del Real Decreto 197/2016, de 13 de mayo, y cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 del citado real decreto, esto es,  cada uno de los miembros de la agrupación que se constituya para la realización de un proyecto de cooperación, la cual deberá estar integrada por al menos dos de las siguientes figuras, una entidad asociativa prioritaria, una pyme supraautonómica u otra persona física o jurídica, siendo imprescindible la participación de una entidad asociativa prioritaria o una pyme supraautonómica.