Las bases reguladoras para
la concesión de becas
Fulbright se han aprobado mediante la
Orden ECC/1744/2016, de 24 de octubre, y se han publicado en el BOE de 4 de
noviembre de 2.016.
¿Cuál es el
objeto de la convocatoria?
La concesión de las becas Fulbright-Secretaría de Estado de Comercio
con la finalidad de contribuir a la formación y perfeccionamiento de los
empleados públicos que prestan servicios en la Secretaría de Estado,
mediante la realización de un proyecto de formación académica y
perfeccionamiento técnico-profesional en una universidad estadounidense,
siguiendo un programa de estudios establecido para la obtención del grado de
máster u otra titulación o certificación profesional, un plan de
acreditación académica sin objetivo de titulación o un proyecto de
investigación.
Los campos de estudio a los que se da prioridad son:
a) Publicidad y marketing
internacional;
b) Comercio, economía y finanzas
internacionales;
c) derecho mercantil
internacional;
d) Dirección de
organizaciones del sector público, y
e) Análisis de políticas
públicas
f) Cualquier otro
relacionado con el apoyo a la internacionalización de la empresa española.
¿Cuál es el
número y duración de las becas?
La Secretaría de Estado de
Comercio, en colaboración con la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y
Científico entre España y los Estados Unidos de América (en lo sucesivo,
Comisión Fulbright), convoca anualmente un máximo
de tres becas que podrán ser nuevas o renovaciones.
La duración de las becas será de un curso académico, que en
ningún caso será superior a doce meses, fijándose su fecha límite de
finalización en la respectiva convocatoria. Se podrá contemplar una renovación de
un segundo año, previa petición del becario y aprobación de la Secretaria de
Estado de Comercio y de la Comisión Fulbright.