lunes, 7 de noviembre de 2016

BECAS FULBRIGHT-SECRETARÍA DE ESTADO DE COMERCIO

Las bases reguladoras para la concesión de becas Fulbright se han aprobado mediante la Orden ECC/1744/2016, de 24 de octubre, y se han publicado en el BOE de 4 de noviembre de 2.016.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La concesión de las becas Fulbright-Secretaría de Estado de Comercio con la finalidad de contribuir a la formación y perfeccionamiento de los empleados públicos que prestan servicios en la Secretaría de Estado, mediante la realización de un proyecto de formación académica y perfeccionamiento técnico-profesional en una universidad estadounidense, siguiendo un programa de estudios establecido para la obtención del grado de máster u otra titulación o certificación profesional, un plan de acreditación académica sin objetivo de titulación o un proyecto de investigación.

Los campos de estudio a los que se da prioridad son:

a) Publicidad y marketing internacional;

b) Comercio, economía y finanzas internacionales;

c) derecho mercantil internacional;

d) Dirección de organizaciones del sector público, y

e) Análisis de políticas públicas

f) Cualquier otro relacionado con el apoyo a la internacionalización de la empresa española.

¿Cuál es el número y duración de las becas?

La Secretaría de Estado de Comercio, en colaboración con la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América (en lo sucesivo, Comisión Fulbright), convoca anualmente un máximo de tres becas que podrán ser nuevas o renovaciones.

La duración de las becas será de un curso académico, que en ningún caso será superior a doce meses, fijándose su fecha límite de finalización en la respectiva convocatoria. Se podrá contemplar una renovación de un segundo año, previa petición del becario y aprobación de la Secretaria de Estado de Comercio y de la Comisión Fulbright.

¿Qué requisitos deben cumplir los beneficiarios?

Los solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

1. Nacionalidad española. No se admitirán solicitudes de beneficiarios de doble nacionalidad con Estados Unidos.

2. Estar en posesión de título superior –grado, licenciatura o doctorado– expedido por una universidad española. En el caso de los títulos otorgados por centros universitarios extranjeros o españoles privados, deberán estar homologados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Poseer un excelente conocimiento del idioma inglés –hablado y escrito–, en el momento de formalizar la solicitud.

4. Prestar servicio efectivo como funcionario de carrera en la Secretaría de Estado de Comercio, con un mínimo de dos años de antigüedad en la Administración General del Estado en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
También se admitirán solicitudes de funcionarios de la Secretaría de Estado de Comercio que presten servicio fuera del territorio nacional español en alguna Oficina Comercial de la red de Oficinas Económicas y Comerciales de la Secretaría de Estado de Comercio. No podrán optar a estas becas los destinados en Estados Unidos o los que hayan estado allí destinados en los dos años precedentes a la solicitud.

¿Cuál es el procedimiento de concesión?
El procedimiento de concesión de las becas en régimen de concurrencia competitiva se iniciará de oficio, mediante convocatoria pública, aprobada por el titular de la Secretaría de Estado de Comercio. Las becas podrán convocarse en régimen de tramitación anticipada, llevándose a cabo todo el procedimiento de selección en un ejercicio presupuestario.

¿Cómo, donde y cuando se presentan las solicitudes?

Las solicitudes deberán presentarse en los formularios que se habiliten a tal efecto en las respectivas convocatorias, acompañados de la siguiente documentación:

a) Proyecto de estudios que quiere desarrollar en Estados Unidos y Universidad de preferencia.

b) Prueba escrita de admisión en una universidad norteamericana, o de invitación para investigar.

c) Cartas de referencia de profesores universitarios o personas elegidas por su relación académica o profesional con la formación propuesta.

d) Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte para el caso de que no se preste el consentimiento para realizar la comprobación de datos.

e) Currículum profesional certificado académico completo y título de funcionario de carrera.

f) Libro de familia en caso de tener legalmente familiares a cargo del beneficiario.

g) Declaración responsable de no hallarse en ninguna de las circunstancias de incompatibilidad previstas en el artículo 13.

El formulario de solicitud electrónica se facilitará de conformidad con lo que establezca la convocatoria.

El plazo específico de presentación de solicitudes se determinará en cada convocatoria y no podrá ser inferior a un mes.


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