En el BOE de 5 de agosto de
2.016 se publicado las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a la contratación de
jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
¿Cuál es el objeto y la finalidad de las ayudas?
La contratación de jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema
Nacional de Garantía Juvenil, en el marco del Programa Operativo de Empleo
Juvenil, de más de dieciséis años y menores de treinta años, que cumplan
los requisitos del sistema de Garantía Juvenil y no tengan ninguna ocupación
laboral.
Se
pretende que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en
los sistemas de educación o formación, de más de dieciséis años y menores de
treinta años, puedan recibir una oferta de empleo tras acabar la educación
formal o quedar desempleadas.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios de las ayudas? ¿Qué requisitos
han de cumplir?
Podrán tener la condición de
beneficiarias las empresas,
cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas,
asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc.) que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y
condiciones establecidos en estas bases realicen contratación de jóvenes
inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el marco del Programa
Operativo de Empleo Juvenil.
Los
contratados serán jóvenes, propuestos a los beneficiarios y
beneficiarias por la Fundación EOI en base a las necesidades indicadas en la
solicitud de subvención, de más de dieciséis años y menores de treinta,
que cumplan con los requisitos recogidos en la Ley 18/2014, de 15 de
octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la
competitividad y la eficiencia, para beneficiarse de una acción derivada del
Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
La convocatoria de
subvenciones regulará el ámbito geográfico de aplicación de
esta ayuda.