En el BOE de 3 enero de 2018
se ha publicado la convocatoria para la concesión de ayudas dinerarias sin contraprestación a
las Asociaciones y Federaciones de exportadores o Entidades similares que
tengan reconocida la condición de Entidad Colaboradora de ICEX, para
actividades cuya realización esté prevista a lo largo del año 2018.
¿Cuál es el objeto
de la convocatoria?
Las
actividades realizadas por las Entidades Colaboradoras sujetas a ayudas serán
las siguientes:
1. Soportes de difusión y
promoción: elaboración de directorios, catálogos, folletos, carteles,
diseño y creación de páginas web (no se incluyen gastos de mantenimiento),
expositores punto de venta, demás material informativo impreso o audiovisual o
similar. Todo debe estar destinado a la internacionalización, editarse bajo la
marca y nombre de la Entidad Colaboradora y estar vinculado a la ejecución de
actividades concretas. No se incluirán costes internos.
ICEX podrá requerir la
inclusión de su logo o del Ministerio de adscripción en el material
promocional.
Los conceptos susceptibles de
ser objeto de la ayuda son:
a) Diseño del material.
b) Creación del material.
c) Impresión del material.
2. Compra de
documentación externa ya elaborada: Estudios de mercado, estudios de
viabilidad comercial realizados por consultores externos o empresas
especializadas y Oficinas Económicas y Comerciales, bases de datos y cualquier
otro tipo de documentación o informes independientemente del soporte, que se
adquieran a terceros.
El concepto susceptible de
ser objeto de la ayuda es la adquisición de la documentación.
3. Misiones Inversas:
Viajes organizados a España con el fin de que periodistas, compradores, prescriptores
de opinión o autoridades extranjeras conozcan las características de la oferta
española mediante visitas a las zonas de producción, instalaciones, centros de
producción de empresas y a ferias monográficas nacionales, de carácter
internacional.
Los participantes serán
propuestos por la Entidad Colaboradora, correspondiendo al departamento
sectorial de ICEX, la selección definitiva, previo informe de la Oficina
Económica y Comercial correspondiente.
Todas las Misiones Inversas
se gestionarán en términos de cofinanciación.
Los conceptos susceptibles
de ser objeto de la ayuda son:
a) Desplazamientos.
b) Alojamiento.
c) Traslados internos.