En el BOE de 6 de agosto
de 2015 se ha publicado la convocatoria de las becas de carácter general para
el curso académico 2015-2016, para estudiantes que cursen estudios
postobligatorios.
¿Cuál es el objeto de la
convocatoria y quienes pueden ser beneficiarios?
Becas para estudiantes que, en el curso
académico 2015-2016, cursen enseñanzas postobligatorias con validez en todo el territorio nacional.
Tendrán la consideración de
beneficiarios de las becas a las que se refiere la
convocatoria, los estudiantes a quienes
se les concedan en cualquiera de los siguientes supuestos:
a)
Que perciban directamente el importe.
b) Que lo obtengan mediante exención del pago de un
determinado precio por un servicio académico.
Para
ser beneficiario de las becas que se convocan será preciso:
a) No estar en posesión
o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o
superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita
la beca. A estos efectos, no podrán ser beneficiarios de beca aquellos
estudiantes a quienes únicamente les reste, para la obtención del título, la
acreditación de un determinado nivel de conocimiento de un idioma extranjero.
No obstante, quienes estén en posesión de un título oficial de Grado que haya
sido adscrito al nivel 3 (Máster) del Marco Español de Cualificaciones para la
Educación Superior (MECES), o en posesión de un título oficial de Arquitecto,
Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o Diplomado que
haya obtenido la correspondencia con el nivel 3 (Máster) del MECES, podrán
ser beneficiarios de beca para cursar enseñanzas conducentes a un Título
oficial de Máster universitario.
b) Cumplir los
requisitos básicos establecidos en el Real Decreto 1721/2007, así como los
que se fijan en el Real Decreto 595/2015, por el que se establecen los umbrales
de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio
para el curso 2015-2016, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007,
por el que se establece el régimen de las becas y ayudas personalizadas y en
esta convocatoria.
c) Estar matriculado en
alguna de las enseñanzas del sistema educativo español que se enumeran en la
convocatoria.
d) Ser español, o
poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea. En el caso
de ciudadanos de la Unión o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de
libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la condición de
residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o
ajena. Estos requisitos no serán exigibles para la obtención de la beca de
matrícula.
Para ser beneficiario de
las becas, los solicitantes deberán
estar matriculados en el curso 2015-2016 en alguno de los estudios mencionados posteriormente
y cumplir los requisitos de naturaleza académica que establece la convocatoria
.