martes, 28 de abril de 2015

AYUDAS FOMENTO INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TÉCNICA DE EXCELENCIA

En el BOE de 6 de abril de 2015 se ha publicado la convocatoria Europa Centros Tecnológicos del año 2015 para la concesión de ayudas dentro del Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación, 2013-2016.

¿Cuál es el objeto y objetivo de la convocatoria?

El objeto es la aprobación de la convocatoria y el desarrollo del procedimiento de concesión para el año 2015, de las ayudas de la convocatoria Acciones de Dinamización «Europa Centros Tecnológicos», correspondientes al «Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional» en el marco del Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación, 2013-2016.

El objetivo de esta convocatoria es por un lado, favorecer la participación de los centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica españoles de ámbito estatal, en adelante centros, en Horizonte 2020, y por otro, fortalecer la capacidad de los mismos para impulsar la participación de empresas en dicho programa, de forma que en Horizonte 2020, con respecto al VII Programa Marco de I+D:

a) Se fomente la participación de empresas en consorcios de Horizonte 2020, en particular PYMEs, promoviendo la incorporación de nuevas empresas.

b) Se aumente el retorno económico conseguido por los centros, como consecuencia de una mayor financiación comunitaria de sus proyectos de I+D+i.

c) Se aumente el liderazgo de los centros y las empresas en los Proyectos de Horizonte 2020.

El objetivo final es dotar a los centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica de una estructura, estable, y de los conocimientos necesarios para la adecuada preparación y gestión de los proyectos europeos, con el fin de que tanto los centros como las empresas, a través del efecto arrastre propiciado por los centros, mejoren su posicionamiento y sus posibilidades de obtener financiación comunitaria en Horizonte 2020, durante el periodo 2015-2016, de vigencia del mismo.

¿Qué entidades pueden ser beneficiarias?

Podrán tener la condición de beneficiarios exclusivamente los centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica que estén inscritos en el Registro regulado por el Real Decreto 2093/2008, en el momento de la presentación de la solicitud, y que se encuadren dentro de la categoría «Organismos de investigación» según la definición del artículo 2.a) de la Orden ECC/1779/2013, de 30 de septiembre.

No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades que hayan sido beneficiarias en la convocatoria Europa Centros Tecnológicos 2014.