lunes, 28 de agosto de 2017

OBLIGATORIEDAD DE COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES POR MEDIOS ELECTRÓNICOS EN LAS CONVOCATORIAS DE AYUDAS DE LOS PROGRAMAS IBEREX E HISPANEX

En el BOE de 21 de julio de 2017 se ha publicado la Orden ECD/680/2017, de 14 de julio, por la que se establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en los procedimientos de convocatoria de las ayudas de los programas Iberex e Hispanex.

El artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, regula el derecho y obligación de los ciudadanos de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sobre la base de la libertad de las personas físicas para elegir si se comunican con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a hacerlo. Pero el apartado 3 de este mismo artículo señala que, reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligatoriedad de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para ciertos procedimientos y colectivos de personas físicas que, por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios. Idéntica redacción se da al artículo 16.5, sobre la posibilidad de regular reglamentariamente la obligación de presentar determinados documentos por medios electrónicos. En el mismo sentido se establece, en el artículo 41.1, la posibilidad de establecer reglamentariamente la obligación de practicar electrónicamente las notificaciones, en todos los casos cuando concurran las mismas circunstancias.