En el BOE de 13 de enero de
2.017 se ha publicado la convocatoria de ayudas
dinerarias sin contraprestación a
las Asociaciones y Federaciones de exportadores o Entidades similares que
tengan reconocida la condición de Entidad
Colaboradora de ICEX, para actividades
cuya realización esté prevista a lo largo del año 2017.
¿Cuál es el
objeto de las subvenciones?
La concesión de ayudas
dinerarias sin contraprestación a las asociaciones o federaciones españolas de
exportadores o entidades similares reconocidas como Entidades Colaboradoras de
ICEX con las que se haya firmado el correspondiente convenio cuyo objeto sea el apoyo a la promoción de la
internacionalización de la empresa española a través de determinadas
actividades cuya realización esté prevista a lo largo del año 2017.
¿Qué
actividades son subvencionables?
Las
actividades realizadas por las Entidades Colaboradoras sujetas a ayudas serán
las siguientes:
1.- Soportes de difusión
y promoción: elaboración de directorios, catálogos, folletos, carteles,
diseño y creación de páginas web (no se incluyen gastos de mantenimiento),
expositores punto de venta, demás material informativo impreso o audiovisual o
similar. Todo debe estar destinado a la internacionalización, editarse
bajo la marca y nombre de la Entidad Colaboradora y estar vinculado a la
ejecución de actividades concretas. No se incluirán costes internos.
ICEX podrá requerir la
inclusión de su logo o del Ministerio de adscripción en el material
promocional.
Los conceptos susceptibles
de ser objeto de la ayuda son:
a) Diseño del material.
b) Creación del material.
c) Impresión del material.