En el BOE de 13 de enero de
2.017 se ha publicado la convocatoria de ayudas
dinerarias sin contraprestación a
las Asociaciones y Federaciones de exportadores o Entidades similares que
tengan reconocida la condición de Entidad
Colaboradora de ICEX, para actividades
cuya realización esté prevista a lo largo del año 2017.
¿Cuál es el
objeto de las subvenciones?
La concesión de ayudas
dinerarias sin contraprestación a las asociaciones o federaciones españolas de
exportadores o entidades similares reconocidas como Entidades Colaboradoras de
ICEX con las que se haya firmado el correspondiente convenio cuyo objeto sea el apoyo a la promoción de la
internacionalización de la empresa española a través de determinadas
actividades cuya realización esté prevista a lo largo del año 2017.
¿Qué
actividades son subvencionables?
Las
actividades realizadas por las Entidades Colaboradoras sujetas a ayudas serán
las siguientes:
1.- Soportes de difusión
y promoción: elaboración de directorios, catálogos, folletos, carteles,
diseño y creación de páginas web (no se incluyen gastos de mantenimiento),
expositores punto de venta, demás material informativo impreso o audiovisual o
similar. Todo debe estar destinado a la internacionalización, editarse
bajo la marca y nombre de la Entidad Colaboradora y estar vinculado a la
ejecución de actividades concretas. No se incluirán costes internos.
ICEX podrá requerir la
inclusión de su logo o del Ministerio de adscripción en el material
promocional.
Los conceptos susceptibles
de ser objeto de la ayuda son:
a) Diseño del material.
b) Creación del material.
c) Impresión del material.
El concepto susceptible de
ser objeto de la ayuda es la adquisición de la documentación.
3.- Misiones Inversas:
Viajes organizados a España con el fin de que periodistas, compradores,
prescriptores de opinión o autoridades extranjeras conozcan las características
de la oferta española mediante visitas a las zonas de producción,
instalaciones, centros de producción de empresas y a ferias monográficas
nacionales, de carácter internacional.
Los participantes serán
propuestos por la Entidad Colaboradora, correspondiendo al
departamento sectorial de ICEX, la selección definitiva, previo informe de la
Oficina Económica y Comercial correspondiente.
Todas las Misiones Inversas
se gestionarán en términos de cofinanciación.
Los conceptos susceptibles
de ser objeto de la ayuda son:
a) Desplazamientos.
b) Alojamiento.
c) Traslados internos.
4.- Stands Informativos
Sectoriales: Stands organizados por la Entidad Colaboradora en ferias donde
no se asiste con participación agrupada o no haya Pabellón Oficial.
Los conceptos susceptibles
de ser objeto de la ayuda son:
a) Alquiler y decoración del
espacio.
b) Elaboración de material
promocional para esa actividad en concreto o adaptación del ya existente para
adecuarlo a ese mercado.
c) Coste de la inserción
publicitaria en medios del país o en catálogo de la feria.
5.- Jornadas Técnicas:
Gastos inherentes a la organización y desarrollo de Jornadas Técnicas como son
el alquiler de salas y de equipos audiovisuales, decoración, material
promocional y servicios profesionales, desplazamiento y alojamiento de
invitados extranjeros en jornadas técnicas inversas y cualquier gasto que ICEX
considere justificado para el desarrollo de la jornada técnica.
6.- Otras actividades de
internacionalización: Se podrá solicitar ayuda para cualquier otra
actividad de promoción de la internacionalización no incluida en los
apartados anteriores y que la Entidad Colaboradora acredite ser de oportunidad
para su sector en el mercado objetivo para el que se solicite. En particular
cabe destacar los seminarios, jornadas, congresos y convenciones.
7.- Bolsas de Viaje:
Viajes necesarios para la asistencia de los representantes de las Entidades
Colaboradoras a distintas actividades promocionales en el extranjero como
misiones estudio, ferias de participación agrupada, exposiciones, misiones
directas o jornadas técnicas.
Los conceptos
susceptibles de ser objeto de la ayuda son:
a) Desplazamientos.
b) Alojamiento.
c) Traslados internos.
En ningún caso se admitirá
la autofacturación de la Entidad Colaboradora ni gastos facturados a través de
una empresa vinculada a ella.
¿Quiénes pueden
ser beneficiarios de la ayuda?
Las Asociaciones o Federaciones Españolas de Exportadores o Entidades
similares reconocidas como Entidades
Colaboradoras de ICEX con las que se haya firmado el correspondiente
convenio cuyo objeto sea el apoyo a la promoción de la internacionalización
de la empresa española a través de determinadas actividades cuya
realización esté prevista a lo largo del año 2017.
¿Cuál es el
importe de las ayudas?
La
ayuda máxima por Entidad Colaboradora en función de la actividad es la siguiente:
1.- Soportes de difusión
y promoción: 35.000 euros.
2.- Compra de
documentación externa ya elaborada: 15.000 euros.
3.- Misiones Inversas:
75.000 euros.
4.- Stands Informativos
Sectoriales: 15.000 euros.
5.- Jornadas Técnicas:
50.000 euros.
6.- Otras actividades de
internacionalización: 33.000 euros.
7.- Bolsas de viaje:
En función del país al que se viaje. La cuantía máxima es de 1.660 euros.
¿Cuál es el procedimiento
y el plazo de presentación de solicitudes?
Desde el día siguiente a la
publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado hasta el 15 de diciembre de 2017.
La presentación de las solicitudes se realizará directamente, de manera
telemática, a través del portal del ICEX, antes de la celebración de la
actividad que sea objeto de la ayuda, de conformidad con el modelo previsto
en la convocatoria, modelo que se encuentra a disposición en la página web de
ICEX.
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