En el Boletín Oficial del
Estado de 5 de diciembre de 2014 se ha publicado la convocatoria,
correspondiente al año 2014, de diversas actuaciones
contempladas en el Subprograma Estatal de Formación y en el Subprograma Estatal
de Incorporación, del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad,
en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de
Innovación 2013-2016.
¿Cuál es el objeto y
finalidad de la convocatoria?
Las
ayudas para las siguientes actuaciones:
a) Ayudas para contratos
Ramón y Cajal (en adelante, ayudas Ramón y Cajal), en el ámbito del Subprograma
Estatal de Incorporación.
b) Ayudas para contratos
Juan de la Cierva-formación (en adelante, ayudas Juan de la Cierva-formación)
en el ámbito del Subprograma Estatal de Formación.
c) Ayudas para contratos
de personal técnico de apoyo a la I+D+I (en adelante, ayudas para personal
técnico de apoyo), en el ámbito del Subprograma Estatal de Incorporación.
d) Ayudas para contratos Juan de la Cierva-incorporación (en adelante,
ayudas Juan de la Cierva-incorporación), en el ámbito del Subprograma Estatal
de Incorporación.
¿Cuáles son las
características de las ayudas Juan de la Cierva-incorporación?
Las ayudas tienen como
objetivo fomentar la contratación
laboral de jóvenes doctores por un periodo de dos años con objeto de que
los mismos afiancen las capacidades adquiridas durante una primera etapa de
formación posdoctoral.
Se convocan 225 ayudas de las que 4 se reservan
para la contratación de personas con una discapacidad igual o superior al 50
por ciento. Las ayudas no cubiertas en este turno de reserva se acumularán al
turno de acceso general.
Las ayudas concedidas tendrán una duración de dos años, y comenzarán
a contar su plazo desde la fecha de incorporación del investigador a su puesto
de trabajo en el Centro de I+D contratante.
La
ayuda anual para cada uno de los contratos será de 29.000 euros.
Esta ayuda se destinará necesariamente a cofinanciar el salario y la cuota
empresarial de la Seguridad Social de los investigadores contratados durante
cada una de las anualidades, consideradas independientemente. La retribución
mínima que deberán recibir los investigadores, que se deberá indicar en cada contrato,
será de 25.000 euros brutos anuales.
En consecuencia, el
Centro de I+D debe asumir el resto del coste de contratación así como cualquier
incremento retributivo correspondiente a años posteriores de los
investigadores contratados, incrementos de la cuota empresarial de la Seguridad
Social o cualquier otra incidencia.
Además de lo anterior, se
concederá una ayuda adicional de 6.000
euros por cada investigador contratado, para cubrir los gastos directamente
relacionados con la ejecución de las actividades de investigación del
investigador contratado, una vez incorporado a su puesto de trabajo en el
Centro de I+D.
¿Quiénes son las entidades
beneficiarias?
Los
Centros de I+D, que estén válidamente constituidos y que tengan capacidad de
contratación laboral. En concreto, los siguientes Centros de I+D:
a) Organismos públicos de
investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011.
b) Universidades públicas,
sus departamentos e institutos universitarios, y universidades privadas con
capacidad y actividad demostrada en I+D+I.
c) Otros centros públicos
de I+D. Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia
dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los
dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus
organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera
que sea su forma jurídica, que realicen actividades de I+D y generen
conocimiento científico o tecnológico.
d) Entidades e
instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o
concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad
investigadora.
e) Entidades públicas y
privadas sin ánimo de lucro que realicen actividades de I+D y generen
conocimiento científico o tecnológico.
f) Centros Tecnológicos de
ámbito estatal que estén inscritos, en la fecha de presentación de la
solicitud, en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, por
el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la
Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales
Centros.
¿Cuando se presentan las
solicitudes?
Los plazos de presentación de las solicitudes de participación serán
los siguientes:
a) Ayudas Ramón y Cajal:
del 9 de diciembre de 2014 al 20 de enero de 2015 a las 15:00 horas (hora
peninsular).
b) Ayudas Juan de la
Cierva-formación: del 13 de enero de 2015 al 10 de febrero de 2015 a las 15:00
horas (hora peninsular).
c) Ayudas para personal
técnico de apoyo del 11 de diciembre de 2014 al 27 de enero de 2015 a las 15:00
horas (hora peninsular).
d) Ayudas Juan de la Cierva-incorporación: del 8 de enero de 2015 al 5 de
febrero de 2015 a las 15:00 horas (hora peninsular).
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