En el BOE de 23 de junio de
2017 se ha publicado la convocatoria, correspondiente al año 2017, para la
concesión de ayudas de la convocatoria
Horizonte Pyme, del Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en el marco
del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación
2013-2016.
¿Cuál es el
objeto de la convocatoria?
El objetivo de la
convocatoria es financiar un estudio de
viabilidad (técnico y comercial) que incluya un plan de negocio de un proyecto
innovador a aquellas pymes que, habiéndose presentado a la Fase I del
Instrumento Pyme del Programa Marco de Investigación e Innovación de la Unión
Europea para el periodo 2014-2020, Horizonte 2020, hayan obtenido el 'seal of
excellence' otorgado por la Comisión Europea por haber alcanzado una puntuación
igual o superior a 13 puntos, y que por razones presupuestarias no hayan podido
obtener financiación, con el fin de facilitar
a dichas pymes la presentación de una propuesta a la Fase II del Instrumento
Pyme, o, alternativamente, que puedan
abordar por sí mismas la realización y puesta en marcha de su estrategia de
innovación disruptiva.
Podrán ser beneficiarios
de las ayudas las entidades que dispongan de personalidad jurídica propia,
desarrollen actividades económicas, posean un establecimiento permanente en
España válidamente constituido en el momento de la presentación de la solicitud
de ayuda y tengan la consideración de
pyme.
La entidad solicitante
deberá haber presentado una propuesta individual, no en cooperación, a alguna
de las convocatorias de la Fase I del Instrumento Pyme del Programa Horizonte
2020 de la Unión Europea en los años 2016 o 2017
resueltas antes de la fecha de finalización de presentación de solicitudes y
haber obtenido, de acuerdo con el documento "Informe resumido de
evaluación" emitido por la Comisión Europea, una puntación igual o
superior a 13 puntos.
No
podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas entidades
que por la actividad que desarrollen o el sector de actividad al que
pertenezcan se encuentren entre las excepciones indicadas en el artículo 1.1
del Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013. Tampoco podrán obtener la condición de
beneficiarias aquellas entidades que hayan recibido financiación para la
misma solicitud de ayuda en ninguna de las convocatorias de Horizonte Pyme
anteriores o que hayan recibido financiación para este mismo propósito en otras
convocatorias tanto nacionales como europeas.
¿Cuál es la
cuantía de las ayudas?
Las ayudas reguladas en
esta convocatoria no podrán superar
en ningún caso, ni individualmente ni como resultado de la acumulación con
otras ayudas de minimis concedidas a la misma entidad, el importe máximo
total de 200.000 € durante el ejercicio fiscal en curso y los dos anteriores.
Este límite será de 100.000 € para las empresas que realicen por cuenta ajena
operaciones de transporte de mercancías por carretera.
¿Cuál es la forma
y el plazo de presentación de solicitudes?
El
plazo de presentación de las solicitudes de participación será del
23 de junio de 2017 al 6 de julio de 2017, a las 15:00 horas (hora peninsular
española).
La
cumplimentación y presentación telemática de la solicitud
deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos
habilitados para ello en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de
Investigación, Desarrollo e Innovación.
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