En el BOE de 16 de enero de 2018
se ha publicado la convocatoria del Programa
de Ayudas a la implantación de infraestructuras de recarga de vehículos
eléctricos (Plan MOVALT Infraestructuras)
¿Quiénes
pueden ser beneficiarios de las ayudas?
Podrán ser beneficiarios de
las ayudas:
a) Las empresas privadas,
válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y
otros tipos de personas jurídicas tal que su Número de Identificación Fiscal
(NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W.
b) Las Entidades Locales
y las entidades públicas vinculadas o dependientes de ellas, siempre que
cumplan con lo dispuesto, en relación al plazo máximo de pago a proveedores, en
la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera, para lo cual deberán aportar certificación de la
intervención local sobre el periodo medio de pago a proveedores, que no podrá
superar en más de 30 días el plazo máximo establecido al efecto.