En el BOE de 18 de
diciembre de 2.017 se ha publicado la convocatoria de la prueba
selectiva para obtener el certificado de aptitud de Director de Escuelas de
Conductores.
¿Qué requisitos
han de cumplir los candidatos?
Para tomar parte en esta
convocatoria será necesario estar en posesión del Certificado de Aptitud de
Profesor de Formación Vial o de Profesor de Escuelas Particulares de
Conductores expedido en fecha anterior al día en que finalice el plazo
de presentación de solicitudes.
Quienes hayan obtenido el
título o certificado equivalente al Certificado de Aptitud de Profesor de
Formación Vial en otros estados de la UE o en otros Estados signatarios del
Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán tener homologado el mismo
en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes y acreditarlo
documentalmente.
¿Cuál es el
procedimiento para la presentación de solicitudes?
Quienes deseen tomar parte
en esta prueba deberán presentar
solicitud conforme al modelo que figura en el Anexo I de la convocatoria. El
impreso de solicitud será facilitado por las Jefaturas Provinciales y
Oficinas Locales de Tráfico, y en la dirección de Internet www.dgt.es.
El
plazo de presentación de solicitudes será de un mes,
contado a partir del día siguiente al de publicación de la convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado».
Para cumplimentar la
solicitud, los aspirantes deben tener en cuenta las siguientes instrucciones:
a) Los datos deberán
escribirse en mayúscula de manera clara y perfectamente legible.
b) Será necesario rellenar
todos los datos.
c) Es imprescindible que
la solicitud esté firmada por la persona aspirante que, igualmente, deberá
firmar la declaración responsable de que cumple los requisitos para tomar parte
en la prueba.
A la solicitud se
acompañará el justificante del pago de la tasa correspondiente
tras haber abonado la tasa 5.1 «Derechos de examen de Profesores de formación
vial y Directores de escuelas de conductores».
La
solicitud, junto con el resto de la documentación, se dirigirá a
la Secretaría del Tribunal para la obtención del Certificado de aptitud de
Profesores de Formación Vial, y podrá
presentarse a través de las Jefaturas Provinciales y Oficinas Locales de
Tráfico o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.