En el Boletín Oficial de la
Ciudad de Ceuta de 22 de septiembre de 2.016, se ha publicado la convocatoria de
Ayudas para estudios en centros de educación
para adultos durante el curso 2015/2016 (becas segunda oportunidad).
¿Cuál es el
objeto de la convocatoria?
Las
ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a aquellos estudiantes que abandonaron el
sistema educativo sin obtener las titulaciones de Educación Secundaria Obligatoria,
Bachiller o Formación Profesional, y para aquellos que en su edad adulta desean
acceder a la Universidad, que se encuentran en situación de desempleo y que se
matriculan por primera vez en algunas de las enseñanzas precitadas impartidas
en los centros de educación para adultos Edrissis, Miguel Hernández, en el
I.E.S ABYLA o que se encuentren matriculados en el curso de acceso a la
Universidad para adultos impartido en el Centro universitarios UNED en la
Ciudad Autónoma de Ceuta durante el curso 2015/2016.
Para ser beneficiario de las
ayudas el/la solicitante deberá reunir los siguientes requisitos:
a. Residir en Ceuta y
poseer la nacionalidad española o de un estado miembro de la Unión Europea.
En el supuesto de ciudadanos comunitarios o de sus familiares, beneficiarios de
los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la
condición de residentes permanentes.
b. Cumplir las
características de alumnado descritas.
c. No haber estado
matriculado en ningún curso de formación de ningún tipo al menos durante los
dos años previos a la presente convocatoria.
d. No estar en posesión
ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o
superior nivel al de los estudios para los que solicita la beca.
e. Acreditar estar en
situación de desempleo.
f. Tener entre 25 y 45 años cumplidos a
31 de diciembre del año en que se realice la convocatoria.
g. Cumplir los requisitos
económicos establecidos en la base sexta apartado E.
¿Cuál es el procedimiento
para la presentación de las solicitudes?
El modelo de solicitud
(Anexo I) en fichero PDF estará a disposición de los/las solicitantes en la
página web: www.ceuta.es.
La solicitud, debidamente
cumplimentada y acompañada de la documentación relacionada en la base cuarta, se
presentará en las oficinas del Registro General de la Ciudad Autónoma. También
podrán presentarse en cualquier otro Registro de la Administración General del
Estado, en las oficinas de Correos y en las representaciones diplomáticas u
oficinas consulares de España en el extranjero.
Se
establecen dos plazos de solicitud diferenciados,
para posibilitar el acceso a las ayudas a aquellos alumnos/ as que formalizan
la matricula en periodos distintos de formación. Primer Plazo: El primer
plazo queda establecido en quince días naturales, contados a partir del día
siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Ceuta. Segundo Plazo: El segundo plazo queda establecido
del 15 al 30 de Enero de 2016.
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