domingo, 24 de enero de 2016

SUBVENCIONES PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO EN EL EXTERIOR PROMOVIDOS POR LOS AGENTES DE COOPERACIÓN

En el Diario Oficial de Galicia de 30 de diciembre de 2015 se han publicado las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la ejecución de proyectos de cooperación para el desarrollo en el exterior promovidos por los agentes de cooperación y se ha procedido a su convocatoria para el año 2016.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La concesión de subvenciones a las organizaciones no gubernamentales, a las universidades, a las empresas y organizaciones empresariales, a los sindicatos y a las comunidades gallegas en el exterior que tengan la condición de agentes de cooperación, para la ejecución de proyectos en el exterior.

Se excluyen de estas bases los proyectos que tengan como objeto la acción humanitaria y los de carácter asistencial que no puedan asegurar su viabilidad cuando cese la financiación externa.

¿Qué requisitos que deben reunir las entidades beneficiarias de las ayudas?

a) Estar inscritas en el Registro Gallego de Agentes de Cooperación para el Desarrollo con, al menos, un año de antelación al de la publicación de la convocatoria.

b) Tener justificadas, si es el caso, antes de la fecha de presentación de la solicitud para la presente convocatoria, las ayudas recibidas para las anualidades 2012 y anteriores, por parte de la Xunta de Galicia a otros proyectos en materia de cooperación para el desarrollo subvencionados anteriormente.

c) No estar incursa en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

d) En el caso de las universidades, habrán de formar parte del Sistema universitario de Galicia según la Ley 11/1989, de 20 de julio, de ordenación del Sistema universitario de Galicia, pudiendo optar a estas subvenciones, sus departamentos e institutos que realicen actividades que puedan ser objeto de las ayudas reguladas en estas bases.

e) Las ONGD solicitantes podrán presentar un máximo de dos proyectos, bien sean individuales o bien en agrupación con otras entidades.