En el BOE de 5 de agosto de
2.016 se publicado las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a la contratación de
jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
¿Cuál es el objeto y la finalidad de las ayudas?
La contratación de jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema
Nacional de Garantía Juvenil, en el marco del Programa Operativo de Empleo
Juvenil, de más de dieciséis años y menores de treinta años, que cumplan
los requisitos del sistema de Garantía Juvenil y no tengan ninguna ocupación
laboral.
Se
pretende que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en
los sistemas de educación o formación, de más de dieciséis años y menores de
treinta años, puedan recibir una oferta de empleo tras acabar la educación
formal o quedar desempleadas.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios de las ayudas? ¿Qué requisitos
han de cumplir?
Podrán tener la condición de
beneficiarias las empresas,
cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas,
asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc.) que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y
condiciones establecidos en estas bases realicen contratación de jóvenes
inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el marco del Programa
Operativo de Empleo Juvenil.
Los
contratados serán jóvenes, propuestos a los beneficiarios y
beneficiarias por la Fundación EOI en base a las necesidades indicadas en la
solicitud de subvención, de más de dieciséis años y menores de treinta,
que cumplan con los requisitos recogidos en la Ley 18/2014, de 15 de
octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la
competitividad y la eficiencia, para beneficiarse de una acción derivada del
Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
La convocatoria de
subvenciones regulará el ámbito geográfico de aplicación de
esta ayuda.
Los
beneficiarios deberán:
– Cumplir las bases
reguladoras.
– Informar al contratado
de la imposibilidad de compatibilizar este empleo con cualquier otro sueldo
o salario.
– Vigilar que el personal
contratado desarrolle con aprovechamiento su actividad, ajustándose a las
normas de trabajo y disposiciones reglamentarias del centro donde aquel se
lleve a cabo.
– Velar por que el
contratado permanezca en el centro de ejecución del contrato.
– Hallarse al corriente
en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Las
obligaciones del beneficiario o beneficiaria con el contratado son las
siguientes:
– Formalizar un contrato
laboral.
– Proporcionar al contratado
el apoyo necesario y facilitarle la utilización de los medios,
instrumentos o equipos que resulten precisos para el normal desarrollo de
su actividad.
– Apoyar la formación
del contratado, facilitando cualquier actividad que sea necesaria para su mejor
formación u orientación profesional y de empleo, y con las actividades
relacionadas con su puesto de trabajo.
– Seleccionar de
entre los candidatos propuestos por la Fundación EOI al candidato que
finalmente será contratado.
¿Qué requisitos debe cumplir el personal a contratar?
Los contratados a los que se
refiere estas bases deberán cumplir los
siguientes requisitos:
– Estar inscritos en el
Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y ser beneficiario o
beneficiaria.
La información así como el
procedimiento para darse de alta en el fichero, en el caso de que no estuvieran
ya inscritos, se puede encontrar en el siguiente enlace:
http://www.empleo.gob.es/es/garantiajuvenil/accesoJovenes.html
– Estar empadronados en
el ámbito geográfico que se determine en la convocatoria.
– Haber participado en
una acción formativa desarrollado por EOI en el marco del programa del
Programa Operativo de Empleo Juvenil.
¿Qué carácter y condiciones debe tener el contrato?
La Fundación EOI facilitará
a las empresas beneficiarias los perfiles profesionales de los candidatos que
mejor se adapten a las características solicitadas por las empresas
beneficiarias y que hayan participado en acciones formativas del programa de
Empleo Juvenil. De entre los perfiles presentados, la beneficiaria, tras
valorar los mismos, seleccionará al candidato/s que desea.
En caso de que dos o más
empresas seleccionen al mismo candidato, será decisión de este último la
empresa por la que es contratado.
Los
contratos deberán formalizarse en el plazo que regulen las
correspondientes resoluciones.
A efectos de estas ayudas,
el contrato comenzará a computarse desde el momento en que el contratado o
contratada seleccionado se incorpore con el beneficiario.
¿Cuáles son las actividades
objeto de ayuda y cuál su duración?
Las actividades objeto de
ayuda serán las contrataciones de
jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Las ayudas forman parte de
una actuación integrada con los destinatarios en el marco de un
itinerario global que incluye, con carácter previo, una formación impartida por
EOI.
Para que la contratación sea
subvencionable, la duración de los
contratos será por un periodo mínimo de 6 meses a jornada completa, o el tiempo
equivalente en jornada a tiempo parcial no pudiendo ser inferior ésta al 50% de
la jornada laboral completa.
¿Qué modalidad tiene la ayuda?
La Fundación EOI aportará
una ayuda bajo la modalidad de subvención hasta un máximo de cinco mil euros
(5.000,00 €) por contrato que cumpla la duración estipulada anteriormente, no
pudiendo superar este importe el 90% del coste laboral total del contratado que
sea subvencionable.
A estos efectos no se considerarán subvencionables las
horas extraordinarias, incentivos, primas o gratificaciones voluntarias, o
cualquier otra indemnización no prevista en la legislación laboral. Tampoco se
considerarán subvencionables los kilómetros y las dietas, la ropa de trabajo,
las remuneraciones en especie, el pago de vacaciones no disfrutadas, las
ausencias, las incapacidades temporales, ni las situaciones recogidas en el
artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, ni ningún tipo de
indemnización, por extinción del contrato, de las previstas en el Estatuto de
los Trabajadores.
Las convocatorias podrán ser
sectoriales y enfocadas a perfiles profesionales determinados y
en las mismas se marcará el máximo de subvención a recibir por el beneficiario
o beneficiaria, no pudiendo superar en ningún caso los condicionantes anteriores.
¿Cuál es el procedimiento para la presentación de solicitudes?
Las
solicitudes se dirigirán a la Fundación EOI. La formalización y presentación de las
solicitudes y la documentación se realizará por el solicitante aportando el
impreso de solicitud en el que figura el siguiente contenido:
– Instancia de solicitud
del beneficiario o beneficiaria.
– Memoria explicativa
y detallada del puesto y actividad a realizar por el contratado dentro
de la empresa.
– Relación de tutores y
perfil profesional de los mismos: La entidad solicitante propondrá un tutor
responsable del trabajo a realizar por cada solicitud de contrato. Cada tutor
podrá ser propuesto para dirigir un máximo de cinco jóvenes. Este tutor será el
responsable de supervisar el trabajo y de firmar la memoria justificativa del
trabajo realizado por el empleado.
– Documento acreditativo
de la ubicación de la entidad o del centro de trabajo
– Características del
contrato de trabajo a realizar (modelo, salario, categoría profesional,
estimación del coste total empresa, titulación preferente para el puesto).
– Memoria de la entidad
solicitante. Incluirá sector de actividad, número de empleados, indicando
el porcentaje de mujeres, y el porcentaje de discapacitados.
– Declaración responsable
de la entidad de no estar incursos en las causas de incapacidad para ser
beneficiarios o beneficiarias de las subvenciones previstas en el artículo 13
de la Ley General de Subvenciones.
– Declaración responsable
de la entidad de:
• Cumplimiento de los requisitos
contemplados en estas bases y de su empleo para los objetivos del programa.
• Aceptación de los
candidatos que le asigne la Fundación EOI y selección de entre los mismos del
contratado final.
• Declaración de
ayudas/subvenciones concurrentes. Es la declaración responsable de no haber
recibido otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos que financien las
actividades objeto de ayuda y que pudieran afectar a la compatibilidad de las
subvenciones contempladas en esta convocatoria.
• Cumplimiento de la normativa
laboral vigente mientras dura la actividad subvencionada.
El impreso de solicitud y la
documentación se cumplimentarán por vía
telemática utilizando para ello los medios disponibles en
http://www.eoi.es.
El
plazo de presentación de solicitudes será el que se regule en
las correspondientes convocatorias.
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