jueves, 27 de noviembre de 2014

AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA. ACCIONES UNIVERSIDAD-EMPRESA

En el País Vasco, el 25 de noviembre de 2014, se ha publicado la convocatoria de las ayudas a la Investigación e Innovación Tecnológica con cargo a los fondos previstos para acciones Universidad-Empresa, 2015-2016.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La concesión de ayudas económicas para la realización de proyectos de investigación cuya finalidad sea transferir conocimiento desde la universidad hacia las empresas, en áreas de interés de dichas empresas. Los proyectos deberán ser desarrollados por el grupo universitario con la participación de personal de la empresa; opcionalmente podrán participar también investigadores de entidades colaboradoras.

Las empresas participantes, deberán financiar al menos el 10% del coste total del proyecto mediante aportación en metálico, la cual se podrá destinar a emolumentos de las personas investigadoras. A estos efectos se suscribirá un convenio de colaboración entre la universidad beneficiaria y la empresa.

¿Qué entidades que pueden participar en la convocatoria?

Se entiende como entidades beneficiarias de la subvención a las Universidades con sede en el País Vasco, excepto la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, siempre y cuando tengan en plantilla equipos investigadores.

La empresa, aunque no es beneficiaria directa de la subvención, es la destinataria real de los resultados de la investigación ya que tanto el tema propuesto como los resultados de la investigación deben ser acordes a sus intereses y debe utilizar los conocimientos asociados a los resultados de la investigación incorporándolos a su know-how y explotándolos según se recoja en el convenio que deberán suscribir con el grupo universitario investigador.

Las empresas participantes no podrán recibir directa o indirectamente ninguna parte de la subvención, por lo que en el marco del proyecto no podrán ser contratadas por la universidad beneficiaria para realizar trabajos, ni vender suministros, ni cobrar por paradas técnicas; por el contrario, la empresa, además de la aportación en metálico, deberá contribuir con todos aquellos recursos humanos, técnicos y materiales que posibiliten el logro de los objetivos del proyecto, lo que es indicador de su interés por los resultados del proyecto.


¿Qué requisitos deben tener las entidades participantes en relación al personal investigador adscrito al proyecto?

Las personas investigadoras que trabajen en los proyectos deberán pertenecer a la plantilla de alguna de las entidades participantes. Cada una de las personas investigadoras deberá estar contratada por las entidades participantes antes de la fecha de fin de plazo de entrega de solicitudes de la convocatoria, y por un período y dedicación que, al menos, sea igual a la prevista en su participación en el proyecto. La persona investigadora principal deberá tener un contrato con la entidad, por un período que, al menos, sea igual a la duración completa del proyecto.

¿Cuáles son los requisitos de los proyectos y conceptos subvencionables?

Se entenderá que los proyectos tienen una fase de ejecución de una o dos anualidades, y dispondrán de un período adicional de cuatro meses posteriores a la última anualidad, en los que deberán realizar la finalización mediante la entrega de los certificados de gasto y memoria científica final descritos en el artículo 15.
Se deberán desarrollar actividades de investigación en cada una de las entidades participantes en el proyecto.
Los proyectos se iniciarán una vez resuelta la convocatoria y se haya dado por aceptado el proyecto (artículo 15.1); en todo caso se realizarán en una o dos anualidades a contar desde la fecha de inicio del proyecto.

¿Cómo, cuando y donde se presentan las solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Orden en el BOPV.

Dichas solicitudes deberán remitirse a:
Gobierno Vasco
Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura
Dirección de Política Científica
Referencia: Proyectos de Investigación Universidad-Empresa
Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz.

Bien directamente o por cualquiera de los registros especificados en el Decreto 72/2008 de 29 de abril de creación, organización y funcionamiento de los registros de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus organismos autónomos dentro del plazo establecido por la convocatoria para la presentación de solicitudes. Podrá presentarse en cualquiera de las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


También se podrá solicitar información y presentar la documentación preceptiva señalada en este programa en las oficinas de atención a la ciudadanía, Zuzenean, de Bizkaia (Gran Vía 85, 48011 Bilbao), Gipuzkoa (Andia 13, 20003 San Sebastián) y Álava (Ramiro de Maeztu, 10-bajo, 01008 Vitoria-Gasteiz).

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comparte tus comentarios en ayudas, becas y subvenciones