jueves, 24 de noviembre de 2016

AYUDAS A PROGRAMAS PLURIRREGIONALES DE FORMACIÓN DIRIGIDOS A LOS PROFESIONALES DEL MEDIO RURAL

En el BOE de 22 de noviembre de 2016 se ha publicado la convocatoria, para el ejercicio 2017, de ayudas a programas plurirregionales de formación dirigidos a los profesionales del medio rural.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Las organizaciones profesionales agrarias de carácter general, organizaciones representativas de sectores agrícolas, ganaderos y forestales, organizaciones de mujeres rurales y otras entidades directamente relacionadas con los sectores agrarios para la generación y mantenimiento del empleo en el medio rural.

Las entidades beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.º Carecer de ánimo de lucro o que, aunque desarrollen actividades de carácter comercial, inviertan la totalidad de los beneficios resultantes de las mismas en el cumplimiento de sus fines institucionales no comerciales.

2.º Tener ámbito de actuación e implantación en todo el territorio nacional.

3.º Recoger explícitamente entre sus fines estatutarios el desarrollo profesional y mejora de la cualificación de los colectivos destinatarios: agricultores, ganaderos, gestores de explotaciones y de empresas agrarias y mujeres rurales.

4.º No recibir del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente otras ayudas para estos mismos programas de formación.

¿Cuál es la finalidad de la convocatoria?

Las subvenciones en el ejercicio 2017 para programas plurirregionales de formación, dirigidos a los profesionales del medio rural.

 ¿Cuáles son los contenidos y requisitos de los programas y actividades formativas?

Las entidades solicitantes de las ayudas deberán presentar propuestas de programas anuales de formación integrados por actividades formativas,  diferenciando claramente si van destinadas a activos ocupados o a no ocupados.

Los programas deberán contemplar los siguientes aspectos:

a) Ámbito territorial de aplicación para cada una de las actividades formativas incluidas, diferenciando los territorios entre regiones menos desarrolladas, de transición y más desarrolladas.

b) Las actividades formativas, incluidas en un programa, con sus planteamientos didácticos, distribución de módulos docentes, calendario de impartición y porcentaje de actividades prácticas complementarias.

c) Procedimiento y criterios de selección de participantes, tipo de convocatoria, ámbito territorial de la misma y condición de los beneficiarios.

d) Recursos formativos puestos a disposición del programa de formación, incluidas las instalaciones, material didáctico de apoyo y cuadro de profesores, con detalle de la cualificación profesional.

e) Cálculo de gastos para cada uno de los cursos de formación programados y confección de un cuadro financiero final, tanto para ocupados como para no ocupados, diferenciando las actividades formativas a realizar en regiones menos desarrolladas, en las de transición y en las más desarrolladas.

Las actividades formativas deberán contemplar los siguientes aspectos:

a) Deberán ejecutarse los cursos en cada una de las provincias propuestas, sin que en ninguna de ellas se pueda impartir más del 20 por ciento del total de cursos del programa y deberán ir dirigidas al menos, a 10 participantes.

b) Las actividades podrán realizarse, con carácter presencial o en régimen mixto, presencial más teleformación. Las actividades tendrán una duración mínima de 12 horas y máxima de hasta 150 horas lectivas y sólo podrán subvencionarse los gastos de realización de actividades con una duración mínima de cuatro y máxima de seis horas lectivas por día, teóricas o prácticas.

c) Los programas didácticos de las actividades formativas podrán incluir, con carácter general, la realización de viajes de carácter técnico, en territorio nacional, con una duración máxima de un día de viaje por cada dos de actividad programada en aula.
Un día de viaje podrá suponer el devengo de hasta cuatro horas lectivas en concepto de profesorado, y de hasta seis horas lectivas en el cómputo total de alumno y hora.

d) Las actividades formativas incluidas en el programa de formación objeto de las ayudas serán totalmente gratuitas para los participantes.

¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa será de quince días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOE.

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