En el Boletín Oficial del
Estado, el 19 de diciembre de 2014, se ha publicado la convocatoria para la concesión de subvenciones del IMSERSO para las actuaciones de turismo y
termalismo para personas con discapacidad durante el año 2015.
¿Cuál es el objeto de la
convocatoria?
La concesión de subvenciones para las actuaciones de
turismo y termalismo para personas con discapacidad.
¿Qué actividades son
subvencionables?
Las
actuaciones para vacaciones y turismo de naturaleza,
que tienen por objeto facilitar la vida independiente y lograr la máxima
integración personal y social de las personas con discapacidad, mediante la
realización de turnos en las condiciones de mayor accesibilidad, facilitando el
acceso de las personas a los bienes del ocio, de la cultura y de la naturaleza,
así como el descanso de las familias que tienen a su cargo personas con
discapacidad.
Son gastos
subvencionables: La subvención se aplicará, por cada turno, a los costes de
alojamiento, manutención, transporte y póliza de seguros de todos los
partícipes, así como al coste por la contratación del coordinador responsable,
y en su caso, por la del monitor ayudante del coordinador, en las cuantías
máximas que se determinen en la resolución de concesión.
Por otra parte, también
son subvencionables las actuaciones que
tienen por objeto favorecer la calidad de vida y autonomía de las personas con
discapacidad, mediante la realización de turnos para tratamientos en balnearios
que faciliten su acceso a los bienes de la salud.
Son gastos
subvencionables: Los costes de alojamiento, manutención, transporte, póliza de
seguros, así como, en caso necesario, al tratamiento termal básico de todos los
participantes. La subvención se aplicará también, por cada turno, al coste por
la contratación del coordinador responsable, y en su caso, por la del monitor
ayudante del coordinador, en las cuantías máximas que se determinen en la
resolución de concesión.
¿Cuáles son los requisitos
de los beneficiarios de las subvenciones?
Las
entidades no gubernamentales que concurran a la convocatoria con las
correspondientes actuaciones para personas con discapacidad,
deberán dedicarse únicamente, en concordancia con sus normas estatutarias, con
carácter exclusivo y habitual, a la realización de actuaciones en favor de las
personas con discapacidad. Este requisito se acreditará mediante la
presentación de sus correspondientes estatutos.
No se entenderán incluidas
dentro de la tipología de estas entidades no gubernamentales,
las corporaciones de derecho público, las entidades de derecho público, las
universidades, los partidos políticos, los colegios profesionales, las
sociedades civiles, sociedades cooperativas y sociedades mercantiles y otras
entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados
anteriormente.
¿Cuál es el procedimiento
de concesión?
Las
solicitudes para participar deberán presentarse en el plazo de treinta días
naturales contados a partir del siguiente al de la publicación
de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en la Dirección General
del Imserso (Avenida de la Ilustración con vuelta a la calle Ginzo de Limia,
28029 Madrid), o en los restantes lugares indicados en la convocatoria.
La presentación de
solicitudes por vía telemática, así como la consulta del estado de tramitación
de las mismas, podrá realizarse a través de la sede y el
registro electrónico del Imserso, en https://sede.imserso.gob.es.
¿Qué grado de discapacidad se necesita para poder acceder a las subvenciones de los balnearios?
ResponderEliminarMuchas gracias por la información -Carlos.
Un saludo
Estimada Marisa.
ResponderEliminarSegún el artículo 9 de la Resolución que regula la convocatoria se precisa un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.
Me alegro que la información haya sido de tú utilidad.
Te invito a suscribirte a mi blog introduciendo en la casilla correspondiente tu dirección de correo electrónico, para así recibir en ella, directamente, cada entrada del blog.
Saludos
Eso ya lo sabía, creía que pedían puntos de movilidad o alguna otra cosa. Me parece rarírisimo.
EliminarMuchas gracias Carlos, ya me he suscrito.
Saludos
Estimada Marisa:
ResponderEliminarEl fin de semana, con mas detalle, lo vuelvo a estudiar, incluso la normativa a la que se remite la resolución de la convocatoria, y te comento si se solicita algún otro requisito en el aspecto que me preguntas.
Muchas gracias a ti.
Un afectuoso saludo.
Estimada Marisa:
ResponderEliminarEn el caso de estas subvenciones las entidades solicitantes a la Administración son las Entidades u organizaciones que, además de reunir los requisitos de carácter general establecidos en el artículo 3 de la Orden TAS/980/2007, de 2 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, se dediquen, en concordancia con sus normas estatutarias, con carácter exclusivo y habitual, a la realización de actuaciones y actividades en favor de las personas con discapacidad.
Estas presentan un programa de actuaciones, en el que podrían constar esos otros requisitos que me mencionas.
Las personas físicas que deseen participar en las actividades de dichos programas deben de dirigir su solicitud a las entidades que, al amparo de dicha convocatoria anual del Imserso, hayan recibido subvención para la ejecución de los programas de Turismo y Termalismo para personas con discapacidad. Y en el programa de actuaciones que aquellas definieron al solicitar la subvención, puede establecerse un tipo de requisitos para puntuar y valorar las solicitudes de las personas físicas.
Las Entidades y Organizaciones no Gubernamentales subvencionadas para programas de turismo y termalismo en el área de personas con discapacidad con cargo a los presupuestos de 2014 vienen en el siguiente enlace:
http://www.imserso.es/imserso_01/prestaciones_y_subvenciones/subvenciones/turismo_termalismo_discapacidad/entidades_ejecutantes_convocatoria/index.htm#ancla8