martes, 6 de enero de 2015

SUBVENCIONES PARA ACTUACIONES DE TURISMO Y TERMALISMO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

En el Boletín Oficial del Estado, el 19 de diciembre de 2014, se ha publicado la convocatoria para la concesión de subvenciones del IMSERSO para las actuaciones de turismo y termalismo para personas con discapacidad durante el año 2015.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La concesión de subvenciones para las actuaciones de turismo y termalismo para personas con discapacidad.




¿Qué actividades son subvencionables?

Las actuaciones para vacaciones y turismo de naturaleza, que tienen por objeto facilitar la vida independiente y lograr la máxima integración personal y social de las personas con discapacidad, mediante la realización de turnos en las condiciones de mayor accesibilidad, facilitando el acceso de las personas a los bienes del ocio, de la cultura y de la naturaleza, así como el descanso de las familias que tienen a su cargo personas con discapacidad.
Son gastos subvencionables: La subvención se aplicará, por cada turno, a los costes de alojamiento, manutención, transporte y póliza de seguros de todos los partícipes, así como al coste por la contratación del coordinador responsable, y en su caso, por la del monitor ayudante del coordinador, en las cuantías máximas que se determinen en la resolución de concesión.
Por otra parte, también son subvencionables las actuaciones que tienen por objeto favorecer la calidad de vida y autonomía de las personas con discapacidad, mediante la realización de turnos para tratamientos en balnearios que faciliten su acceso a los bienes de la salud.
Son gastos subvencionables: Los costes de alojamiento, manutención, transporte, póliza de seguros, así como, en caso necesario, al tratamiento termal básico de todos los participantes. La subvención se aplicará también, por cada turno, al coste por la contratación del coordinador responsable, y en su caso, por la del monitor ayudante del coordinador, en las cuantías máximas que se determinen en la resolución de concesión.

¿Cuáles son los requisitos de los beneficiarios de las subvenciones?

Las entidades no gubernamentales que concurran a la convocatoria con las correspondientes actuaciones para personas con discapacidad, deberán dedicarse únicamente, en concordancia con sus normas estatutarias, con carácter exclusivo y habitual, a la realización de actuaciones en favor de las personas con discapacidad. Este requisito se acreditará mediante la presentación de sus correspondientes estatutos.
No se entenderán incluidas dentro de la tipología de estas entidades no gubernamentales, las corporaciones de derecho público, las entidades de derecho público, las universidades, los partidos políticos, los colegios profesionales, las sociedades civiles, sociedades cooperativas y sociedades mercantiles y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente.

¿Cuál es el procedimiento de concesión?

Las solicitudes para participar deberán presentarse en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en la Dirección General del Imserso (Avenida de la Ilustración con vuelta a la calle Ginzo de Limia, 28029 Madrid), o en los restantes lugares indicados en la convocatoria.

La presentación de solicitudes por vía telemática, así como la consulta del estado de tramitación de las mismas, podrá realizarse a través de la sede y el registro electrónico del Imserso, en https://sede.imserso.gob.es.

5 comentarios:

  1. ¿Qué grado de discapacidad se necesita para poder acceder a las subvenciones de los balnearios?
    Muchas gracias por la información -Carlos.
    Un saludo

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  2. Estimada Marisa.
    Según el artículo 9 de la Resolución que regula la convocatoria se precisa un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.
    Me alegro que la información haya sido de tú utilidad.
    Te invito a suscribirte a mi blog introduciendo en la casilla correspondiente tu dirección de correo electrónico, para así recibir en ella, directamente, cada entrada del blog.
    Saludos

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    1. Eso ya lo sabía, creía que pedían puntos de movilidad o alguna otra cosa. Me parece rarírisimo.
      Muchas gracias Carlos, ya me he suscrito.
      Saludos

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  3. Estimada Marisa:
    El fin de semana, con mas detalle, lo vuelvo a estudiar, incluso la normativa a la que se remite la resolución de la convocatoria, y te comento si se solicita algún otro requisito en el aspecto que me preguntas.
    Muchas gracias a ti.
    Un afectuoso saludo.

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  4. Estimada Marisa:
    En el caso de estas subvenciones las entidades solicitantes a la Administración son las Entidades u organizaciones que, además de reunir los requisitos de carácter general establecidos en el artículo 3 de la Orden TAS/980/2007, de 2 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, se dediquen, en concordancia con sus normas estatutarias, con carácter exclusivo y habitual, a la realización de actuaciones y actividades en favor de las personas con discapacidad.
    Estas presentan un programa de actuaciones, en el que podrían constar esos otros requisitos que me mencionas.
    Las personas físicas que deseen participar en las actividades de dichos programas deben de dirigir su solicitud a las entidades que, al amparo de dicha convocatoria anual del Imserso, hayan recibido subvención para la ejecución de los programas de Turismo y Termalismo para personas con discapacidad. Y en el programa de actuaciones que aquellas definieron al solicitar la subvención, puede establecerse un tipo de requisitos para puntuar y valorar las solicitudes de las personas físicas.
    Las Entidades y Organizaciones no Gubernamentales subvencionadas para programas de turismo y termalismo en el área de personas con discapacidad con cargo a los presupuestos de 2014 vienen en el siguiente enlace:
    http://www.imserso.es/imserso_01/prestaciones_y_subvenciones/subvenciones/turismo_termalismo_discapacidad/entidades_ejecutantes_convocatoria/index.htm#ancla8

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