En Castilla y León, el 5
de diciembre de 2014, se ha publicado la CONVOCATORIA
de la Fundación para el Anclaje Empresarial y la Formación para el Empleo en
Castilla y León, de ayudas a trabajadores con extinción de relación laboral con
la Empresa Puertas Norma, S.A. dentro del Plan Norma (Comarca de Pinares), así
como a empresas que contraten a trabajadores incluidos en el ámbito de
aplicación del Plan Norma.
Las ayudas tienen por objeto facilitar la formación, reinserción laboral
y autoempleo de los trabajadores a los que se les haya extinguido su contrato
de trabajo con la empresa Puertas Norma, S.A., mediante proceso de
extinción colectiva en el marco del procedimiento concursal y esté inscrito y
participe en algún programa de los contenidos en el Plan Norma Comarca de
Pinares, a través de las siguientes líneas de ayudas:
Línea I: Ayuda económica, para facilitar la
adaptación laboral dentro del sector productivo maderero a los cambios
estructurales en el comercio mundial, a
trabajadores mayores de 55 años. Regulada en el Anexo I.
Línea II: Ayudas a empresas, para la contratación de
trabajadores por cuenta ajena. Regulada en el Anexo II.
Línea III: Incentivos contenidos en la iniciativa FEAG.
Regulada en el Anexo III.
Del
mismo modo en el caso de que no existan solicitudes suficientes en alguna de
las líneas para consumir el crédito previsto, se podrá destinar el sobrante a
cualquiera de las otras líneas conforme al siguiente orden de prelación:
1. Línea I: Ayuda económica,
para facilitar la adaptación laboral dentro del sector productivo maderero a
los cambios estructurales en el comercio mundial, a trabajadores mayores de 55
años.
2. Línea III: Incentivos
contenidos en la iniciativa FEAG.
3. Línea II: Ayudas a
empresas, para la contratación de trabajadores por cuenta ajena.
AYUDAS
ECONÓMICAS PARA FACILITAR LA ADAPTACIÓN LABORAL DENTRO DEL SECTOR PRODUCTIVO
MADERERO A LOS CAMBIOS ESTRUCTURALES EN EL COMERCIO MUNDIAL A TRABAJADORES
MAYORES DE 55 AÑOS CON EXTINCIÓN DE RELACIÓN LABORAL CON LA EMPRESA PUERTAS
NORMA, S.A. DENTRO DEL PLAN NORMA (COMARCA DE PINARES).
Tienen
por objeto facilitar la formación, reinserción laboral y
autoempleo de los trabajadores a los que se les haya extinguido su contrato de
trabajo con la empresa Puertas Norma, S.A., mediante proceso de extinción
colectiva en el marco del procedimiento concursal y esté inscrito y participe
en algún programa de los contenidos en el Plan Norma Comarca de Pinares, a
través de ayudas económicas, para facilitar la adaptación laboral dentro del
sector productivo maderero a los cambios estructurales en el comercio mundial,
a trabajadores mayores de 55 años.
Podrá
consistir, o bien en una compensación económica para financiar
las cuotas a ingresar por la suscripción de convenio especial con la Seguridad
Social, o bien una cantidad a tanto alzado.
Los trabajadores podrán
solicitar una compensación económica que consistirá en
financiar sucesivamente las cuotas a ingresar por el convenio especial que
suscriba el trabajador solicitante de la ayuda, con la Seguridad Social,
durante el período comprendido entre la finalización del derecho del trabajador
a percibir la prestación por desempleo de nivel contributivo y el cumplimiento por
aquel de 61 años, o la edad mínima a la que pueda acceder a la jubilación
anticipada, con un límite de 500 euros mensuales, 6.000 euros anuales y 12.000
euros en el total de la ayuda.
Igualmente, y como
alternativa a la anterior, los trabajadores podrán solicitar una ayuda de pago
único.
Serán
perceptores de la ayuda económica los trabajadores mayores
de 55 años que acrediten la extinción durante los años 2012, 2013 y 2014 de su
contrato de trabajo en el marco del proceso concursal de Puertas Norma, S.A.,
y que además estén inscritos y participando activamente en alguna de las
iniciativas del Plan.
El
procedimiento se iniciará a instancia de parte, mediante la
presentación de la solicitud por el interesado.
Los trabajadores que opten
por la compensación que financia mensualmente las cuotas a ingresar por la
suscripción del Convenio Especial podrán
presentar la solicitud en el plazo de dos meses, desde la publicación de la
presente convocatoria para aquellos que hayan suscrito el Convenio Especial con
la Seguridad Social con anterioridad a la fecha de dicha publicación.
Aquellos trabajadores que
formalicen el Convenio Especial con la Seguridad Social con posterioridad a la
publicación de la presente convocatoria, deberán
presentar su solicitud en el plazo de dos meses desde la formalización del
Convenio Especial.
Los trabajadores que opten
por la ayuda de pago único solicitarán
la ayuda en el plazo máximo de dos meses desde la publicación de la
presente convocatoria en el «B.O.C. y L.».
AYUDAS
ECONÓMICAS A EMPRESAS PARA LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES POR CUENTA AJENA CON
EXTINCIÓN DE RELACIÓN LABORAL CON LA EMPRESA PUERTAS NORMA, S.A. DENTRO DEL
PLAN NORMA (COMARCA DE PINARES).
Las ayudas tienen por objeto facilitar la reinserción laboral
de los trabajadores a los que se les haya extinguido su contrato de trabajo con
la empresa Puertas Norma, S.A., mediante proceso de extinción colectiva en el
marco del procedimiento concursal y esté inscrito y participe en algún programa
de los contenidos en el Plan Norma Comarca de Pinares.
El objeto de la ayuda es
la contratación por cuenta ajena de trabajadores procedentes de la antigua
empresa Puertas Norma, S.A.
Podrán ser contratados los
trabajadores procedentes de la antigua empresa Puertas Norma, S.A. cuyos
contratos se hubieran extinguido durante los años 2012, 2013 y 2014 en el marco
del proceso concursal, con exclusión de la empresa a la que se hayan adjudicado
los activos de la antigua Puertas Norma, S.A.
Serán
objeto de la ayuda, en las cuantías especificadas, los
contratos que se suscriban a jornada completa y de carácter indefinido, en
cualquiera de sus modalidades, manteniéndose al trabajador por un tiempo mínimo
de 24 meses.
Será
perceptor de la ayuda económica cualquier entidad con o
sin ánimo de lucro, con exclusión de la empresa a la que se hayan adjudicado
los activos de la antigua Puertas Norma, S.A., que suscriba un contrato con un
trabajador procedente de dicha empresa y cuyos contratos se hubieran extinguido
durante los años 2012, 2013 y 2014 en el marco del proceso concursal.
El trabajador deberá estar
en el momento de la contratación desempleado o en situación de mejora de empleo. El
contrato que se suscriba deberá ser a jornada completa y de carácter
indefinido, en cualquiera de sus modalidades.
El procedimiento se
iniciará a instancia de parte, mediante la presentación de la solicitud por el
interesado.
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