En el BOE de 24 de junio
de 2017 se ha publicado el extracto de
la convocatoria Europa Redes y Gestores-Europa
Centros Tecnológicos del año 2017 para la concesión de ayudas dentro del
Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia,
en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de
Innovación, 2013-2016.
¿Cuál es el
objeto de la convocatoria?
Reforzar las estructuras
de apoyo a la participación española en
iniciativas europeas en ciencia y tecnología, en especial en especial en el
Programa Marco de Investigación e Innovación de la Unión Europea para el
periodo 2014-2020, Horizonte 2020. El objetivo final es dotar a organismos
de investigación públicos o privados de una estructura, estable, y de los
conocimientos necesarios para la adecuada preparación y gestión de los
proyectos europeos, mejoren su posicionamiento y sus posibilidades de
obtener financiación proveniente de la Unión Europea en H2020, durante el
periodo de ejecución de la actividad objeto de ayuda.
Podrán
ser beneficiarios de las ayudas las siguientes personas jurídicas sin ánimo de lucro que estén
válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España:
a) Organismos públicos
de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de
junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
b) Las universidades
públicas y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en
I+D, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
diciembre, de Universidades, e inscritas en el Registro creado por el Real
Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de
Universidades, Centros y Títulos.
c) Otros centros
públicos de I+D. Organismos públicos y centros con personalidad jurídica
propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los
dependientes o vinculados a las Administraciones públicas territoriales y sus
organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera
que sea su forma jurídica.
d) Entidades e
instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o
concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad
investigadora.
e) Institutos de
investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real
Decreto 339/2004, de 27 de febrero, y normas complementarias.
f) Centros tecnológicos
de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito
estatal válidamente inscritos en el momento de la presentación de la solicitud
en el registro de centros regulado por el Real Decreto 2093/2008, de 18 de
diciembre.
g) Otras entidades
públicas y entidades privadas sin fin de lucro que realicen actividad de I+D,
definida en sus estatutos como actividad principal, y que generen conocimiento
científico o tecnológico.
Los beneficiarios deberán
cumplir los requisitos específicos establecidos en la resolución de
convocatoria.
¿Cuál es la cuantía
de la ayuda?
La cuantía máxima de ayuda por actuación será de 250.000 euros.
¿Cuál es el
plazo de presentación de solicitudes?
Las solicitudes de
participación serán presentadas de conformidad con el procedimiento que se
describe en el artículo 15 de la resolución de convocatoria.
El
plazo de presentación de solicitudes de ayudas se iniciará el día 23 de junio
de 2017 y finalizará el día 06 de julio de 2017 a
las 15:00 horas (hora peninsular).
La cumplimentación y
presentación telemática de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a
través de los medios electrónicos habilitados para ello
en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación Desarrollo e
Innovación.
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