En el BOE de 8 de junio de 2017
se ha publicado la convocatoria para la concesión del Premio Nacional de Cinematografía correspondiente al año 2017.
¿Cuál es el objeto
de la convocatoria?
El Premio Nacional de Cinematografía correspondiente a 2017, destinado
a recompensar la aportación más sobresaliente en el ámbito cinematográfico
español, puesta de manifiesto preferentemente a través de una obra hecha
pública o una labor profesional desarrollada durante el año anterior, o, casos
excepcionales debidamente motivados, podrán otorgarse como reconocimiento a
una trayectoria profesional.
¿Cuál es la
dotación del premio?
El Premio Nacional de
Cinematografía estará dotado con 30.000
euros y su cuantía no podrá dividirse.
¿Quiénes pueden
presentar candidaturas?
Las
propuestas de candidatura al premio se efectuarán por los miembros del Jurado y/o por los
representantes de las entidades culturales y profesionales del sector
cinematográfico. Estas últimas podrán dirigirse a la Subdirección General de
Promoción y Relaciones Internacionales de este Instituto de la Cinematografía y
de las Artes Audiovisuales, plaza del Rey, n.º 1, 28071 Madrid, en el plazo de
un mes desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria.
¿Cuál es el procedimiento
de concesión?
El fallo del premio se llevará
a cabo por un Jurado.
La condición de miembro del
Jurado tiene carácter personal, no siendo posible su delegación.
El voto podrá ser ejercido
únicamente por los miembros asistentes, tanto en la reunión del mismo como por,
cuando exista causa justificada, escrito enviado al presidente, en el que
deberá razonarse la propuesta.
El
fallo del Jurado se elevará al Ministro de Educación, Cultura y Deporte, a
través del Director General del ICAA, antes
del 18 de septiembre de 2017 y la correspondiente Orden de concesión del
premio deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».
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