En el BOE de 4 de julio de 2017
se ha publicado la convocatoria de ayudas
complementarias a las Federaciones Deportivas Españolas para el año 2017.
¿Cuál es el
objeto de la convocatoria?
La convocatoria tiene como objetivos: Optimizar la preparación
deportiva y los resultados de la participación en competiciones deportivas de
alto nivel internacional a través de las Federaciones Deportivas Españolas
(FFDDEE).
Por orden de preferencia, otros subobjetivos complementarios son:
El fomento cuantitativo y
cualitativo de las competiciones nacionales.
La formación de técnicos
deportivos y de jueces, árbitros o equivalentes.
El fomento de la
participación de la mujer en todos los ámbitos del deporte.
Constituyen
otras finalidades específicas de la presente convocatoria
la realización de actividades cuyo objeto coincida con el de alguno de los
siguientes Programas:
Programas de Actividades
Deportivas en el CAR de León y en los Centros Especializados de Alto
Rendimiento de las CC.AA. y de las FFDDEE.
Programa Nacional de
Tecnificación Deportiva.
Programa de inversiones en
Centros Especializados de Alto Rendimiento (CEAR).
¿Quiénes
pueden ser beneficiarios?
Podrán
ser solicitantes
y perceptoras de estas ayudas todas las federaciones deportivas españolas
que cumplan los requisitos indicados en la convocatoria y presenten proyectos
encuadrados en alguno de los objetivos indicados en el apartado siguiente.
¿Cuál es el
procedimiento de concesión de las ayudas?
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 10 días
a partir del siguiente a la publicación en el BOE de la presente
Resolución.
En virtud de lo previsto en
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, las
solicitudes deberán presentarse de modo telemático a través de la Sede
Electrónica del CSD, accesible en la dirección electrónica:
https://sede.csd.gob.es/oficinavirtual/FichaTramite.aspx?idProcedimiento=59
Las solicitudes deberán
estar firmadas mediante una firma electrónica avanzada, acorde con lo dispuesto
sobre firma electrónica en la citada Ley 39/2015.
Las
ayudas deberán solicitarse mediante la instancia normalizada disponible en la
Sede Electrónica del CSD, que deberá estar firmada en todo caso
por el Presidente de la Federación o representante legal autorizado mediante
poder notarial o disposición estatutaria de la respectiva federación. Esta
solicitud deberá acompañarse de los documentos y anexos expresados en la
Convocatoria de referencia.
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