En el BOE de 7 de julio de
2017 se ha publicado la convocatoria de ayudas
del Instituto de la Juventud para la Creación Joven 2017/2018.
¿Cuál es el
objeto de la convocatoria?
Favorecer
el trabajo de jóvenes creadores, con la finalidad de fomentar
la actividad creadora, facilitar su promoción y la difusión de su obra, a
la vez que propiciar su incorporación al ámbito profesional, mediante la
ayuda a proyectos a desarrollar durante
el año 2018 en el ámbito de las artes visuales, escénicas, musicales,
literarias, así como en los del diseño y el cómic e ilustración, con
proyección suprautonómica, nacional o internacional a través de las siguientes
líneas de actuación:
a) Producción de obra.
b) Movilidad de obra
producida y/o creadores.
c) Emprendimiento para la
creación emergente.
d) Sala Amadís del Instituto
de la Juventud.
¿Quiénes pueden
ser beneficiarios?
Personas
físicas y jurídicas, mayores
de edad, de nacionalidad española
y todas aquellas con residencia legal en España, que no superen los 30 años de edad, en los supuestos de Producción
de obra y Movilidad de obra producida y/o creadores, o los 35 años en los supuestos de Emprendimiento para la creación
emergente.
Cuando
se trate de proyectos en los que participe más de una persona, se establecen
los siguientes requisitos:
a) Para los beneficiarios
del proyecto: todos deben cumplir los requisitos de edad y
nacionalidad/residencia. Se consideran beneficiarios del proyecto las
personas o agrupaciones, físicas o jurídicas, a las que se les concede la ayuda
para llevar a cabo el proyecto solicitado.
b) Para los colaboradores
del proyecto, contratados o no: todos deben cumplir el requisito de edad
y no están sujetas al requisito de nacionalidad ni de residencia en España.
Se consideran colaboradores del proyecto las personas que participen en el
desarrollo del proyecto, sin ser beneficiarios de la Ayudas.
c) Para las empresas
subcontratadas necesarias para la realización del proyecto: las personas
que participen en el proyecto a través de una empresa contratada, no están
sujetas a requisitos de edad ni de nacionalidad.
d) En el caso de grupos
musicales y compañías de artes escénicas, el requisito de edad se
exigirá tanto a la dirección artística como al cuadro de interpretación
artística. Únicamente podrá exceptuarse este requisito, cuando por
exigencia del texto teatral se requiera.
Cuando
se trate de personas jurídicas, el requisito de edad se
exigirá a las personas físicas que figuren como representantes en sus órganos
directivos en el año de esta convocatoria.
Las
personas que hayan sido premiadas o seleccionadas en anteriores convocatorias
de Premios Injuve para la Creación Joven no podrán solicitar ayuda
para proyectos de los supuestos de Producción de obra y Movilidad de obra
producida y/o creadores.
Las personas beneficiarias
de Ayudas Injuve para la Creación Joven en anteriores convocatorias no podrán solicitar ayuda para
proyectos que se encuadren dentro de la misma línea de actuación por la que han
sido beneficiarias.
¿Cuál es la
cuantía de la ayuda?
Las Ayudas Injuve para la
Creación Joven tienen por objeto contribuir a los gastos ocasionados por la
realización del proyecto presentado por el solicitante. El importe de las
Ayudas Injuve antes señaladas deberán suponer, en todo caso, al menos el 25% del total coste previsto
del proyecto.
¿Cuál es el
plazo y el procedimiento de solicitud?
Treinta
días naturales a partir del día siguiente al de la
publicación de este extracto en el BOE.
Las subvenciones se
concederán en régimen de pagos anticipados. La solicitud deberá ajustarse al modelo de instancia y acompañada de la
siguiente documentación técnica:
a) Currículum Vitae.
b) Dossier de trabajos
realizados.
c) Dossier específico del
proyecto para el que se solicita la ayuda.
d) En el supuesto de
Movilidad de obra producida y/o creadores, carta de invitación o aceptación.
e) En el supuesto de
Emprendimiento para la creación emergente, dossier del espacio para el que se
solicita ayuda, que deberá incluir, al menos, nombre, año de creación,
actividades realizadas en los últimos años. Si la ayuda no la solicita el
propio espacio, carta de aceptación de éste para acoger el proyecto.
f) En el supuesto de Sala
Amadís del Instituto de la Juventud, posibles fechas de presentación en la sala
Amadís. Los proyectos no deberán de tener una duración estimada superior a dos
meses.
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