En el BOE de 29 de julio
de 2017 se ha publicado la convocatoria
de ayudas, para el ejercicio 2017, destinadas específicamente a cubrir las
pérdidas a la producción corriente de unidades de producción incluidas en el Plan
de Cierre del Reino de España para la minería del carbón no competitiva.
¿Cuál es el
objeto de las ayudas?
Las ayudas estarán
dirigidas a cubrir, total o parcialmente, las pérdidas de la producción
corriente de empresas mineras para el ejercicio carbonero 2017, con unidades de
producción inscritas en el Plan de Cierre.
¿Quiénes
pueden ser beneficiarios?
Las Empresas mineras del
carbón con unidades de producción por minería subterránea
incluidas en el Plan de Cierre del Reino de España y recogidas en el anexo de
la base reguladora, siempre que haya pérdidas de la producción corriente y se
cumplan todas y cada una de las condiciones establecidas en el artículo 3 de la
Decisión 2010/787/UE del Consejo, de 10 de diciembre, relativa a las ayudas
estatales destinadas a facilitar el cierre de minas no competitivas. Las
unidades de producción deberán haber estado en actividad a 31 de diciembre de
2009.
¿Cuál es el plazo
de presentación de solicitudes?
Quince
días hábiles contados a partir desde el día siguiente a
la fecha de la publicación del extracto en el «Boletín Oficial del Estado».
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