En el BOE de 31 de julio
de 2017 se ha publicado la convocatoria, correspondiente al año 2017, del
procedimiento de concesión de ayudas
para incentivar la incorporación estable de doctores dentro del Subprograma
Estatal de Incorporación del Programa Estatal de Promoción del Talento y su
Empleabilidad, en el marco del Plan
Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.
¿Cuál es el
objeto de la convocatoria?
Las ayudas cuyo objeto es estimular la ocupación de puestos de trabajo de
carácter permanente por investigadores que posean una trayectoria destacada en
Universidades y Centros de I+D sin ánimo de lucro, mediante vinculación
funcionarial, estatutaria o laboral, a través de la cofinanciación de los
costes salariales del personal incorporado.
a. Haber sido contratado
al amparo de las ayudas Ramón y Cajal, en la convocatoria 2011 o en
convocatorias anteriores.
b. Ocupar, en el
momento de presentación de la solicitud, un puesto de trabajo de carácter
permanente, mediante una relación funcionarial, estatutaria o laboral, que haya
sido cubierto durante 2016. A efectos de estas ayudas, se entiende por puesto
de trabajo cubierto en el año 2016, aquellos puestos en los que haya producido
la efectiva incorporación al mismo, mediante nombramiento o contrato, entre el
1 de enero y el 31 de diciembre de 2016.
c. Estar en posesión
del certificado I3, que acredita el cumplimiento de los requisitos de calidad
de la producción y actividad científico-tecnológica que implican una
trayectoria investigadora destacada.
d. No haber ocupado
previamente otro puesto de trabajo de carácter permanente por el cual se
concedió financiación al amparo del Programa I3.
e. Realizar, en la
institución a la que pertenezca, únicamente actividades no económicas,
entre las que se incluyen, de modo general, la educación pública para lograr
recursos humanos más cualificados, la realización de I+D independiente para la
mejora de los conocimientos, la amplia difusión de resultados de las
investigaciones, y las actividades de transferencia de conocimientos.
¿Quiénes
pueden ser beneficiarios?
Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas
las siguientes:
a. Universidades
públicas, sus departamentos e institutos universitarios, y universidades
privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+I.
b. Centros públicos de
I+D. Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia
dependientes o vinculados a la administraciones públicas territoriales y sus
organismos, o participados mayoritariamente por tales administraciones,
cualquiera que sea su forma jurídica, que realicen actividades de I+D y generen
conocimiento científico o tecnológico.
c. Entidades privadas
sin ánimo de lucro que realicen actividades de I+D y generen conocimiento
científico o tecnológico.
d. Centros Tecnológicos
de ámbito estatal que estén inscritos, en la fecha de presentación de la
solicitud, en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de
19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros
de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de
tales Centros.
¿Cuál es la
cuantía de las ayudas?
La
ayuda máxima para cada uno de los puestos de trabajo
ocupado de carácter permanente será de 100.000 euros. La ayuda está destinada a financiar los costes salariales
(retribución salarial y cotizaciones), generados durante los años 2017, 2018 y
2019, correspondientes al personal incorporado.
¿Cuál es la
forma y el plazo de presentación de solicitudes?
Las
solicitudes de participación serán presentadas por los Centros de I+D. Previamente
a la presentación de la solicitud, el investigador realizará la cumplimentación
del formulario electrónico de solicitud.
La
cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá realizarse
obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello
en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de I+D+i.
El
plazo de presentación de las solicitudes de participación
será del 4 de agosto al 5 de septiembre de 2017 a las 15:00 horas (hora
peninsular española).
Sin perjuicio de lo
anterior, el plazo para la
cumplimentación y firma por los investigadores del formulario electrónico de
solicitud será del 4 de agosto al 1 de septiembre de 2017 a las 15:00 horas
(hora peninsular española).
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