En el BOE de 17 de julio de
2017 se ha publicado el extracto de la de convocatoria para el año 2017 del procedimiento
de concesión de ayudas destinadas a
nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa NEOTEC) del
Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en I+D+I, en el marco del Plan
Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016
¿Cuál es el
objeto de la convocatoria?
Las ayudas financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos
empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos
desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia
de negocio se base en el desarrollo de tecnología.
La tecnología y la
innovación serán factores competitivos que contribuyan a la
diferenciación de la empresa y que sirvan de base a la estrategia y al plan de
negocio a largo plazo, con el mantenimiento de líneas de I+D propias.
Las
ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito
tecnológico y/o sectorial. No obstante, no se adecúan a esta
convocatoria los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base
primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.
Se
consideran gastos subvencionables, siempre que estén
incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo,
los gastos derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de
empresas innovadoras durante 2018 y 2019. Además, los proyectos deberán tener
un presupuesto financiable mínimo de 175.000 euros.
¿Quiénes pueden
ser beneficiarios de las ayudas?
Los beneficiarios deben ser pequeñas empresas innovadoras, constituidas
como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de
presentación de solicitudes de ayuda a la presente convocatoria, con un
capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de
20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el
registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud. Asimismo,
deberán tener las cuentas anuales correspondientes a los dos últimos
ejercicios, en su caso, depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial
correspondiente.
¿Cuál es el plazo
y el procedimiento de presentación de solicitudes?
El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa
comenzará a contar a partir del día siguiente al de la publicación del
presente extracto en el "Boletín Oficial del Estado" y finalizará el
día 20 de septiembre de 2017, a las 12:00 horas del mediodía, hora
peninsular.
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