viernes, 28 de noviembre de 2014

AYUDAS INDIVIDUALIZADAS DE TRANSPORTE Y/O COMEDOR ESCOLAR PARA ALUMNADO

En Extremadura, el lunes 24 de noviembre de 2014, se ha publicado el DECRETO 254/2014, de 18 de noviembre, por el se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas a ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar para el alumnado participante en el Programa de Apoyo Socioeducativo REMA (Refuerzo, Estímulo y Motivación para el Alumnado) en centros educativos sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria para el curso 2014/2015.

¿Cuáles son las modalidades de las ayudas?

a) Transporte: Ayudas para sufragar los gastos del traslado del alumnado, desde su domicilio habitual al centro escolar los días en los que se desarrolle el programa REMA.

b) Comedor: Ayudas para sufragar los gastos derivados de comedor al alumnado escolarizado en un centro sostenido con fondos públicos que no disponga de servicio de comedor escolar gestionado por la Administración educativa, y que siendo beneficiario de la ayuda de transporte, asista al Programa REMA.

¿Qué requisitos deben tener los beneficiarios?

Podrá obtener la condición de beneficiario de estas ayudas el alumnado, que por haber sido seleccionado por los centros educativos sostenidos con fondos públicos donde se encuentra escolarizado, para participar en el Programa de Apoyo Socioeducativo REMA, esté obligado a desplazarse fuera de su localidad de residencia para asistir a su centro educativo.

Los beneficiarios de estas ayudas deberán reunir los siguientes requisitos con carácter general:

a) Tener residencia familiar en Extremadura en la fecha de la solicitud o la condición de
extremeño.

b) Estar matriculado en un centro sostenido con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en Educación Secundaria Obligatoria.

Además de los anteriores, habrán de reunir los requisitos de carácter específico que se determinan a continuación:

-      En la modalidad de transporte: 1.º Haber sido seleccionado para formar parte de un grupo dentro del Programa REMA. 2.º Estar escolarizado en la etapa de secundaria obligatoria en su centro de adscripción.

-      En la modalidad de comedor: 1.º Haber sido seleccionado para formar parte de un grupo dentro del Programa REMA. 2.º Estar escolarizado en la etapa de secundaria obligatoria en su centro de adscripción. 3.º Carecer el centro donde está escolarizado el alumno de servicio de comedor escolar gestionado por la Administración educativa. 4.º Ser beneficiario de la ayuda individualizada de transporte escolar, señalada en la letra a) anterior.

¿Dónde, cuándo y cómo se presentan las solicitudes?

Los padres o tutores legales formalizarán las solicitudes de ayudas según el modelo que se acompaña como Anexo I al decreto, y las dirigirán al centro sostenido con fondos públicos en el que está matriculado el alumno.

El plazo máximo de vigencia de la convocatoria a los efectos de presentación de las solicitudes, coincidirá con el último día del programa REMA en el curso escolar de la correspondiente convocatoria (hasta el 15 de junio de 2015).


Las solicitudes podrán presentarse en los registros de la Consejería competente en materia de educación, en los Centros de Atención Administrativa, en las Oficinas de Respuesta Personalizada, o en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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