En Extremadura, el lunes
24 de noviembre de 2014, se ha publicado el DECRETO 254/2014, de 18 de
noviembre, por el se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas a ayudas individualizadas de transporte y/o
comedor escolar para el alumnado participante en el Programa de Apoyo
Socioeducativo REMA (Refuerzo, Estímulo y Motivación para el Alumnado) en
centros educativos sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de
Extremadura, y se aprueba la primera
convocatoria para el curso 2014/2015.
¿Cuáles son las
modalidades de las ayudas?
a) Transporte: Ayudas para sufragar los gastos del traslado del
alumnado, desde su domicilio habitual al centro escolar los días en los que se
desarrolle el programa REMA.
b) Comedor: Ayudas para sufragar los gastos derivados de comedor al
alumnado escolarizado en un centro sostenido con fondos públicos que no
disponga de servicio de comedor escolar gestionado por la Administración
educativa, y que siendo beneficiario de la ayuda de transporte, asista al
Programa REMA.
¿Qué requisitos deben
tener los beneficiarios?
Podrá
obtener la condición de beneficiario de estas ayudas el
alumnado, que por haber sido seleccionado por los centros educativos sostenidos
con fondos públicos donde se encuentra escolarizado, para participar en el
Programa de Apoyo Socioeducativo REMA, esté obligado a desplazarse fuera de
su localidad de residencia para asistir a su centro educativo.
Los
beneficiarios de estas ayudas deberán reunir los siguientes requisitos con carácter
general:
a) Tener residencia
familiar en Extremadura en la fecha de la solicitud o la condición de
extremeño.
b) Estar matriculado en un
centro sostenido con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en
Educación Secundaria Obligatoria.
Además
de los anteriores, habrán de reunir los requisitos de carácter específico que
se determinan a continuación:
- En
la modalidad de transporte: 1.º Haber sido seleccionado para formar parte de un
grupo dentro del Programa REMA. 2.º Estar escolarizado en la etapa de
secundaria obligatoria en su centro de adscripción.
- En
la modalidad de comedor: 1.º Haber sido seleccionado para formar parte de un
grupo dentro del Programa REMA. 2.º Estar escolarizado en la etapa de
secundaria obligatoria en su centro de adscripción. 3.º Carecer el centro donde
está escolarizado el alumno de servicio de comedor escolar gestionado por la
Administración educativa. 4.º Ser beneficiario de la ayuda individualizada de
transporte escolar, señalada en la letra a) anterior.
¿Dónde, cuándo y cómo se
presentan las solicitudes?
Los padres o tutores
legales formalizarán las solicitudes de ayudas según el modelo que se acompaña
como Anexo I al decreto, y las dirigirán al centro sostenido con fondos públicos
en el que está matriculado el alumno.
El
plazo máximo de vigencia de la convocatoria a los efectos de
presentación de las solicitudes, coincidirá con el último día del programa REMA
en el curso escolar de la correspondiente convocatoria (hasta el
15 de junio de 2015).
Las
solicitudes podrán presentarse en los registros de la
Consejería competente en materia de educación, en los Centros de Atención
Administrativa, en las Oficinas de Respuesta Personalizada, o en cualquiera de
los registros u oficinas a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009,
de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se
regulan las funciones administrativas del mismo, en concordancia con lo dispuesto
en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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