viernes, 30 de enero de 2015

AYUDAS EN PROGRAMAS DE DOCTORADO PARA FACILITAR LA FUTURA INCORPORACIÓN AL PROFESORADO UNIVERSITARIO

En el BOE de 27 de diciembre de 2014 se ha publicado la convocatoria de ayudas para la formación de profesorado universitario, de los subprogramas de Formación y de Movilidad incluidos en el Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Las ayudas destinadas a la formación en programas de doctorado en cualquier área del conocimiento científico para facilitar la futura incorporación de los beneficiarios al profesorado universitario del sistema español de educación superior e investigación científica (ayudas a la FPU).
Las ayudas tienen por objeto la financiación de los costes derivados de los contratos predoctorales celebrados entre el profesorado universitario en formación y los centros de adscripción.

¿Cuál es el número de ayudas convocadas?

Se convocan 800 ayudas de las que 15 de ellas se reservan a estudiantes con una discapacidad igual o superior al 33 por ciento y un máximo de 30 ayudas podrán ser concedidas a ciudadanos extranjeros no comunitarios en situación de residencia en España. Las ayudas no cubiertas en los dos grupos de reserva se acumularán al grupo general.

El número de ayudas previstas podrá ser modificado, en la Resolución de concesión, en función de las disponibilidades presupuestarias y atendiendo al carácter variable de su duración. En todo caso la concesión de subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución.

¿Cuál es la duración de las ayudas?

Las ayudas tendrán una duración máxima de cuatro años. No obstante, cuando el beneficiario sea una persona con discapacidad, las ayudas tendrán una duración máxima de seis años.

Los contratos predoctorales objeto de las ayudas tendrán duración anual, prorrogable por iguales periodos de tiempo, previo informe favorable de la comisión de doctorado, hasta el máximo previsto.

La vigencia de los contratos predoctorales objeto de las ayudas comenzará a partir del 14 de septiembre de 2015, fecha prevista para el inicio de la incorporación de los beneficiarios en el centro de adscripción, que en todo caso deberá producirse antes del 14 de noviembre de 2015.

Las ayudas a la FPU se extinguirán por las siguientes circunstancias:

a) el vencimiento del contrato predoctoral cuando no sea prorrogado;
b) el transcurso del periodo máximo de duración de la ayuda;
c) la salida del beneficiario del programa de doctorado;
d) la obtención del título de doctor por parte del beneficiario;
e) la renuncia a que se refiere el artículo 36 de la presente convocatoria;
f) la revocación como causa de incumplimientos a que se refiere el artículo 50 de la presente convocatoria.

¿Cuál es la dotación económica de las ayudas?
La dotación de las ayudas para financiar los contratos predoctorales será de 1.025 euros mensuales para los dos primeros años de contrato y de 1.173 euros mensuales para el tercer y cuarto año. En cada año se devengarán 12 mensualidades y dos pagas extraordinarias.

Cualquier incremento o reducción de las mencionadas ayudas que se produzca con posterioridad se aplicará a todos los contratos suscritos.

En el contrato predoctoral que se formalice con el centro de adscripción deberán figurar estas cantidades como retribuciones mínimas, sin perjuicio de que puedan ser complementadas con cargo a los presupuestos ordinarios de costes de personal de la entidad contratante.

El coste de la cuota empresarial a la Seguridad Social correspondiente a las retribuciones financiadas por las ayudas a la FPU será igualmente financiado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de acuerdo a los tipos de cotización y bonificaciones que correspondan para cada año.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán ser beneficiarios de las ayudas los titulados universitarios que, en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, cumplan los requisitos que se especifican en la convocatoria.

¿Cuáles son los requisitos de la primera fase de selección?

Los solicitantes deberán acreditar que se encuentran matriculados en un programa de doctorado en una universidad española en el curso 2014-2015, en el momento de presentación de las solicitudes.

Alternativamente, los solicitantes podrán acreditar que en el momento de presentación de las solicitudes se encuentran en posesión del título de máster o están matriculados en el curso 2014-2015 en un máster universitario oficial que de acceso a un programa de doctorado en el curso 2015-2016, de acuerdo con la ordenación académica aplicable.

No podrán participar en la convocatoria quienes ya estén en posesión del título de doctor.

Los solicitantes deberán haber concluido los estudios correspondientes a las titulaciones que presenten en cumplimiento de los requisitos académicos, con posterioridad a las fechas que a continuación se indican:

a) El 1 de enero de 2011, en el caso de licenciados, ingenieros y arquitectos o equivalente en sistemas universitarios extranjeros no adaptados al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES).
b) El 1 de enero de 2010, en el caso de diplomados, ingenieros técnicos y arquitectos técnicos o titulaciones equivalentes en sistemas universitarios extranjeros no adaptados al EEES, que hayan realizado el máster para acceso al doctorado.
c) El 1 de enero de 2010, en el caso de estudios de grado del EEES de 180 créditos.
d) El 1 de enero de 2011, en el caso de estudios de grado del EEES de 240 créditos.

Asimismo podrán solicitar las ayudas a la FPU quienes hubieran concluido sus estudios a partir del 1 de enero de 2007 en los siguientes casos:

a) Quienes estén en posesión del título oficial de la especialidad en Medicina, Farmacia, Biología, Química o Psicología y, en el momento de solicitar la ayuda, del título Oficial de Especialidad Médica (MIR) o Farmacéutica (FIR) o cuenten con el Certificado Oficial de Especialidad en Biología (BIR), Química (QUIR) o Psicología (PIR), respectivamente.
b) Quienes mientras hayan estado cursando los estudios anteriormente señalados, se hayan dedicado a la atención y cuidado de hijos menores de seis años entre el 1 de enero de 2007 y el 1 de enero de 2011.
c) Quedará ampliado en dos años el periodo de finalización de estudios señalado en los apartados a), b), c) y d) del punto anterior, respecto de quienes padecieran una discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

Los solicitantes deberán acreditar la obtención de una nota media en su expediente académico, en la escala 0-10, igual o superior a la nota de referencia para cada nivel y rama de conocimiento, de acuerdo con la adscripción que corresponda al título en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).

¿Cuáles son los requisitos para la segunda fase de selección?

Los solicitantes de las ayudas a la FPU deberán contar con un director para la elaboración de la tesis doctoral correspondiente.

A los efectos de la presente convocatoria, solo podrán ostentar la condición de director de tesis de los solicitantes los doctores con una vinculación contractual con el centro de adscripción del solicitante.

La vinculación contractual del director de tesis con el centro de adscripción deberá cumplirse en el momento de presentación de la solicitud y mantenerse durante todo el tiempo de duración de la ayuda.

Un director de tesis únicamente podrán respaldar una solicitud de ayuda a la FPU en esta convocatoria. La presentación de más de una solicitud apadrinada por el mismo director de la tesis será motivo de exclusión de todas las solicitudes afectadas.

A los efectos de la convocatoria, podrán ser centros de adscripción las entidades que de conformidad con la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, puedan contratar en la modalidad de contrato predoctoral y que se especifican en el artículo 6 de la Orden ECD/1619/2013.

Los centros de adscripción distintos de las universidades deberán mantener una vinculación estable y formalizada con las universidades en las que los solicitantes de las ayudas se encuentren matriculados para la realización del doctorado, de forma que estos puedan realizar la formación docente e investigadora y cumplir el objeto de la ayuda para el contrato predoctoral en cuanto a formación de profesorado universitario.

Cuando se encuentren en localidades distintas las instalaciones de la universidad y el centro de adscripción vinculado a ella en las que efectivamente se desarrolle la actividad del solicitante y el director de tesis, deberá justificarse que la distancia permita la asistencia continuada, regular y sin dificultades a las actividades de formación en el correspondiente programa de doctorado.

¿Cómo, cuando y donde se presentan las solicitudes?

Los solicitantes cumplimentarán la información requerida en los formularios que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte hará accesibles en su sede electrónica https://sede.educacion.gob.es.

El proceso de selección se realizará, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de los solicitantes, en las dos fases siguientes:

a) En la primera fase se procederá a una selección de hasta un máximo de tres solicitantes por cada una de las 800 ayudas convocadas, respetando los cupos de discapacitados y extranjeros no comunitarios.
b) En la segunda fase, los solicitantes seleccionados en la primera fase deberán aportar la documentación requerida para completar la solicitud y los documentos que serán objeto de valoración técnico-científica.

Las solicitudes podrán ser presentadas por los candidatos que cumplan los requisitos establecidos en los artículos 6 al 9 de la convocatoria, desde el 13 de enero al 6 de febrero de 2015 a las 14:00 horas del horario peninsular, ambos inclusive.

A la solicitud electrónica debidamente cumplimentada en todos sus apartados se deberá adjuntar certificación académica personal de los estudios realizados, en formato PDF.

Expirado el plazo de subsanación de solicitudes, se procederá a la selección de hasta un máximo de tres solicitantes por cada una de las ayudas convocadas.

El plazo de presentación de la documentación por los candidatos para concurrir a la segunda fase de selección se fijará en la resolución definitiva de la primera fase de selección.


La documentación se cumplimentará en los formularios accesibles en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, apartado correspondiente a «Trámites y Servicios».

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