lunes, 14 de septiembre de 2015

FOMENTO DEL ESPÍRITU EMPRENDEDOR A TRAVÉS DE ENTIDADES ASOCIATIVAS

En el BOCYL de 14 de agosto de 2015 se ha publicado la ORDEN EMP/678/2015, de 10 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas al fomento del espíritu emprendedor a través de las organizaciones representativas del Trabajo Autónomo y de la Economía Social.

¿Cuál es el objeto de las bases reguladoras?

Las subvenciones que tienen por objeto contribuir a los gastos derivados de las actividades de fomento del espíritu emprendedor realizadas por las entidades asociativas de los trabajadores autónomos y de las empresas de economía social.


¿Qué actuaciones son subvencionables?

a) Asesoramiento a emprendedores, autónomos y empresas de la economía social. La actividad a subvencionar consistirá exclusivamente en el asesoramiento individual a trabajadores autónomos o empresas de la economía social, así como a personas y promotores interesados en establecerse como autónomos o bajo las modalidades de empresas de economía social.

b) Campañas de difusión y promoción del trabajo autónomo y de la economía social.

c) Organización de congresos, jornadas y otras actividades de naturaleza similar.


¿Quiénes pueden ser beneficiarios de las ayudas?

Las entidades asociativas intersectoriales de trabajadores autónomos y las entidades asociativas de la Economía Social (Entidades Asociativas de Cooperativas, Sociedades Laborales, Centros Especiales de Empleo y Empresas de Inserción), y que tengan ámbito de actuación en Castilla y León.

A los efectos de la orden se entienden por asociaciones de trabajadores autónomos de carácter intersectorial aquellas que cuenten con trabajadores autónomos que desarrollen su actividad en, al menos, tres sectores económicos de entre los de agricultura, industria, construcción y servicios.

¿Qué gastos son subvencionables?

Serán subvencionables los siguientes gastos:

a) Los costes salariales imputados directamente por su dedicación a la realización de la actividad objeto de la subvención respecto a las actuaciones comprendidas en la letra a) del punto 2 de la Base 1.ª Por costes salariales, se entenderán las retribuciones y la cotización empresarial por contingencias comunes a la Seguridad Social del personal necesario para la ejecución de las acciones.

El gasto máximo subvencionable, vendrá dado por la cantidad resultante de multiplicar el número de usuarios a atender por la cantidad 20 euros por cada usuario y hora, con una duración máxima de 10 horas por cada proceso de asesoramiento y en su caso tutorización individual.

b) Gastos en los que se incurra en la realización de la actividad objeto de subvención, que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la misma, para las actuaciones comprendidas en las letras b) y c) del punto 2 de la Base 1.ª, tales como los relativos a la publicidad, alquiler del local y material para el desarrollo de la actividad subvencionada, y remuneración a ponentes, conferenciantes y participantes en dichas actuaciones.

¿Cuál es el procedimiento de solicitud?

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y se iniciará mediante convocatoria aprobada por el titular de la consejería competente en materia de economía social y autónomos, que será publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León», y en la página web de la Junta de Castilla y León, www.jcyl.es.

Los interesados deberán presentar sus solicitudes dentro del plazo previsto que figure en la correspondiente convocatoria, en el modelo que se encuentre disponible en la página web de la Junta de Castilla y León, en la dirección (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es). La solicitud deberá de acompañarse de una memoria descriptiva del proyecto, de los objetivos a conseguir y de su presupuesto económico, distinguiendo en este último supuesto en su caso, entre la financiación realizada la propia entidad y la correspondiente a la subvención solicitada, así como los Anexos, debidamente cumplimentados según los modelos de formulario que podrán obtenerse en la misma página web y dirección anteriormente citada.



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