En el BOE de 5 de
septiembre de 2015 se ha publicado la convocatoria
de subvenciones a asociaciones juveniles y a federaciones y confederaciones de
estudiantes universitarios.
¿Cuál es el objeto de la
convocatoria?
Financiar
los gastos derivados de la organización de actividades dirigidas
a fomentar la participación estudiantil en las universidades, el desarrollo del
asociacionismo relacionado directamente con la educación universitaria, el
intercambio entre organizaciones estudiantiles de carácter universitario dentro
del Espacio Europeo de Educación Superior, así como de actividades de carácter
científico, solidario y formativo en el ámbito universitario o de promoción y
desarrollo de los proyectos Campus de Excelencia Internacional, llevadas a cabo por Asociaciones juveniles
y Federaciones y Confederaciones de estudiantes en el ámbito universitario.
El procedimiento de
concesión de las subvenciones se efectúa en régimen de concurrencia
competitiva.
La cuantía máxima de la subvención por solicitud será de hasta un
máximo de 2.000 €.
¿Qué requisitos deben
reunir los beneficiarios?
Los beneficiarios de las
presentes subvenciones serán Asociaciones
juveniles y Federaciones y Confederaciones de estudiantes de ámbito nacional
cuya implantación y campo de actuación sea el Sistema Universitario y por tanto
el ámbito territorial de más de una Comunidad Autónoma, que tengan como finalidad
participar en la vida universitaria respetando las normas democráticas
explicitadas en la Constitución y en la Ley Orgánica que modifica la Ley
Orgánica de Universidades (LOMLOU).
No podrán presentar
solicitud aquellas entidades que no hayan justificado o reintegrado, en su
caso, el importe percibido en cualquier convocatoria anterior procedente de
este Departamento.
No podrán resultar
beneficiarias dos Asociaciones que tengan entre sí
relación federada o jurídica.
No podrán resultar
beneficiarias aquellas asociaciones que estén
constituidas únicamente por antiguos alumnos de la universidad.
¿Cuál es el procedimiento
para la solicitud de la ayuda?
Las solicitudes de las
subvenciones se formularán conforme
al modelo que figura como anexo I de la convocatoria, al que se incorporará el anexo
II, III o IV según se trate respectivamente de asociaciones, federaciones o
confederaciones de asociaciones, y, en su caso, el Anexo V y se dirigirán a la Unidad de Gestión
Económica del Gabinete Técnico de la Secretaría General de Universidades.
Tanto el impreso de
solicitud, como los demás Anexos citados, podrán obtenerse en la página web del
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (www.mecd.gob.es).
El
plazo de presentación de solicitudes será de quince días
naturales, contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOE.
Lugar
de presentación: En el Registro del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte situado en la calle Los Madrazo, 15 - Madrid
28071, o bien en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
IL MANQUE LE TRADUCTEUR
ResponderEliminarGracias por la aportación. Ya he puesto la posibilidad de traducir. Un cordial saludo.
Eliminar