sábado, 21 de noviembre de 2015

PREMIOS A LA CONVIVENCIA ENTRE EL ALUMNADO

En el BOCYL de 9 de noviembre de 2015 se ha publicado la convocatoria de los «Premios a la convivencia entre el alumnado» en la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al curso escolar 2014-2015

¿Cuál es el objeto y la finalidad de la convocatoria?

Los «Premios a la convivencia entre el alumnado», correspondientes a actuaciones llevadas a cabo durante el curso escolar 2014-2015.

Estos premios tienen como finalidad reconocer, de forma individual o colectiva, aquellas actuaciones del alumnado relacionadas con la mejora de la convivencia en los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León y, en especial, con la ayuda entre iguales y la mediación entre el alumnado.

 ¿Quiénes pueden ser candidatos a los premios?

Podrá optar a los premios y, por ello, ser propuesto candidato, el alumnado que cumpla los siguientes requisitos:

a) Haber estado escolarizado durante el curso escolar 2014-2015 en un centro educativo sostenido con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León cursando alguno de los siguientes niveles: 2.º ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato o formación profesional.

b) Haber participado, individual o colectivamente, en el centro educativo durante el curso escolar 2014-2015 en actividades relacionadas con la mejora de la convivencia, en especial con la ayuda entre iguales y la mediación entre el alumnado.

¿Cuáles son las modalidades de los premios convocadas?

Los premios se convocan en las siguientes modalidades, estableciéndose en cada una de ellas dos distinciones de carácter individual o colectivo:

a) Modalidad I: «Premio a la convivencia entre el alumnado» a alumnos y grupos de alumnos escolarizados en centros educativos sostenidos con fondos públicos, que cursen enseñanzas de 2.º ciclo de educación infantil o educación primaria.

b) Modalidad II: «Premio a la convivencia entre el alumnado» a alumnos y grupos de alumnos escolarizados en centros educativos sostenidos con fondos públicos, que cursen enseñanzas regladas correspondientes a educación secundaria obligatoria, bachillerato o formación profesional.

La Consejería de Educación como «Premio a la convivencia entre el alumnado» otorgará un diploma acreditativo de la distinción obtenida en cada una de las modalidades. Asimismo se entregará una mención honorífica, sin dotación económica, al centro donde se encuentren escolarizados el alumno o grupo de alumnos que hayan sido premiados.

La distinción obtenida se hará constar expresamente en el expediente académico y en el historial del alumno o grupo de alumnos que la hayan obtenido.

No se podrá conceder más de un premio por centro educativo, en cada convocatoria.

¿Cuál es el procedimiento para presentar las candidaturas?

Las candidaturas a los premios se presentarán por los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de esta orden, preferentemente en la dirección provincial de educación correspondiente, o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La propuesta de candidatos será realizada por el director del centro educativo y contendrá los datos del centro, del alumnado propuesto, del cumplimiento de los requisitos que para ser candidato se establecen en el apartado tercero, y de la existencia, en su caso, de otros méritos que se estime deban ser considerados y valorados. Asimismo se hará constar la previa comunicación de las candidaturas al consejo escolar del centro. Las comisiones provinciales de convivencia constituidas en cada dirección provincial de educación, impulsarán y prestarán el apoyo que precisen los centros con el objeto de facilitar su participación en esta convocatoria. 

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