En el BOCYL de 9 de
noviembre de 2015 se ha publicado la convocatoria
de los «Premios a la convivencia entre el alumnado» en la Comunidad de Castilla
y León, correspondientes al curso escolar 2014-2015
¿Cuál es el objeto y la finalidad
de la convocatoria?
Los «Premios a la convivencia entre el alumnado», correspondientes a
actuaciones llevadas a cabo durante el curso escolar 2014-2015.
Estos premios tienen como finalidad reconocer, de
forma individual o colectiva, aquellas actuaciones del alumnado relacionadas
con la mejora de la convivencia en los centros educativos sostenidos con
fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León y, en especial, con la ayuda
entre iguales y la mediación entre el alumnado.
Podrá
optar a los premios y, por ello, ser propuesto candidato, el alumnado que cumpla los siguientes
requisitos:
a) Haber estado
escolarizado durante el curso escolar 2014-2015 en un centro educativo
sostenido con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León cursando
alguno de los siguientes niveles: 2.º ciclo de educación infantil, educación
primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato o formación
profesional.
b) Haber participado,
individual o colectivamente, en el centro educativo durante el curso escolar
2014-2015 en actividades relacionadas con la mejora de la convivencia, en
especial con la ayuda entre iguales y la mediación entre el alumnado.
¿Cuáles son las
modalidades de los premios convocadas?
Los
premios se convocan en las siguientes modalidades,
estableciéndose en cada una de ellas dos distinciones de carácter individual o
colectivo:
a) Modalidad I: «Premio a
la convivencia entre el alumnado» a alumnos y grupos de alumnos escolarizados
en centros educativos sostenidos con fondos públicos, que cursen enseñanzas de 2.º ciclo de
educación infantil o educación primaria.
b) Modalidad II: «Premio a
la convivencia entre el alumnado» a alumnos y grupos de alumnos escolarizados
en centros educativos sostenidos con fondos públicos, que cursen enseñanzas
regladas correspondientes a educación secundaria obligatoria, bachillerato o formación
profesional.
La Consejería de Educación
como «Premio a la convivencia entre el alumnado» otorgará un diploma acreditativo de la distinción obtenida en cada
una de las modalidades. Asimismo se entregará una mención honorífica, sin dotación económica, al centro donde se
encuentren escolarizados el alumno o grupo de alumnos que hayan sido premiados.
La distinción obtenida se
hará constar expresamente en el expediente académico y en el historial del
alumno o grupo de alumnos que la hayan obtenido.
No se podrá conceder más
de un premio por centro educativo, en cada convocatoria.
¿Cuál es el procedimiento
para presentar las candidaturas?
Las candidaturas a los
premios se presentarán por los centros
sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León en el plazo
de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación
en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de esta orden, preferentemente en la
dirección provincial de educación correspondiente, o en cualquiera de los
registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
La propuesta de candidatos
será realizada por el director del centro educativo y contendrá los datos del
centro, del alumnado propuesto, del cumplimiento de los requisitos que para ser
candidato se establecen en el apartado tercero, y de la existencia, en su caso,
de otros méritos que se estime deban ser considerados y valorados.
Asimismo se hará constar la previa comunicación de las candidaturas al consejo
escolar del centro. Las comisiones provinciales de convivencia constituidas en
cada dirección provincial de educación, impulsarán y prestarán el apoyo que
precisen los centros con el objeto de facilitar su participación en esta
convocatoria.
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