En el BOCYL de 9 de noviembre de 2015 se ha publicado la convocatoria de subvenciones dirigidas a
entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de un programa de movilidad
europea, formación y fomento de la empleabilidad que tenga como destinatarios a
jóvenes de Castilla y León.
¿Cuál es el objeto de la
convocatoria?
Las subvenciones dirigidas
a entidades sin ánimo de lucro, para desarrollar programas de movilidad europea
dirigidos a jóvenes de Castilla y León incluidas en el programa para la mejora de oportunidades y fomento de la empleabilidad
de los jóvenes residentes en Castilla y León.
¿Quiénes pueden ser
beneficiarios de las subvenciones?
Podrán ser beneficiarias las entidades sin ánimo de lucro, con
personalidad jurídica propia, legalmente constituidas e inscritas en el
registro correspondiente, entre cuyos fines se encuentren la formación y el
empleo. Deberán contar con la capacidad organizativa, técnica y de gestión
suficientes para la organización y ejecución del programa objeto de la
subvención.
En
ningún caso podrán serlo aquellas entidades que teniendo un
ámbito de actuación provincial o local, se encuentren integradas en
federaciones o confederaciones de ámbito regional que tengan la condición de
posibles beneficiarias.
El desarrollo por parte de
las entidades beneficiarias de programas
de movilidad europea, dirigidos a jóvenes de Castilla y León, consistentes en
la realización de experiencias técnicas y formativas en empresas e
instituciones de otros países europeos, con una duración de tres meses y
con la doble finalidad de formación lingüística y profesional, adecuada a la
titulación y perfil profesional del participante, cuyos destinatarios sean las
personas indicadas en el apartado siguiente.
A tal efecto, serán subvencionables las actividades
relativas a la organización y desarrollo de dichos programas, y, en particular,
las siguientes:
a) La selección de los
participantes en el programa.
b) La preparación
lingüística de los jóvenes destinatarios del programa.
c) La asunción de los
costes de viaje de ida y vuelta, alojamiento y manutención, la contratación de
un seguro de responsabilidad civil y profesional de los participantes y de
asistencia sanitaria en el extranjero, la organización general e íntegra del
programa, velando por una calidad óptima, fundamentalmente en lo referente
a la manutención y alojamiento de los participantes.
d) La intermediación
para la selección de empresas y socios locales en los países de acogida
para facilitar la realización de las experiencias técnicas y formativas.
e) El seguimiento
individualizado de los jóvenes destinatarios del programa durante toda su
duración, así como la atención y tutorización de los jóvenes destinatarios en
el país correspondiente.
f) La asistencia a los
participantes en la realización de un informe final de su estancia, que
tendrá carácter obligatorio.
g) La realización de un
informe final de todo el programa de movilidad europea.
¿Quiénes son los destinatarios
de la actividad subvencionable?
Las personas jóvenes empadronadas en algún municipio de Castilla y León,
que en el momento de iniciarse el programa estén inscritas en el fichero del
Sistema Nacional de Garantía Juvenil y mantengan las condiciones previas
exigidas para el acceso al mismo.
También
serán destinatarios de la actividad subvencionable, cuando las
mismas estén cofinanciadas por el Programa Operativo del Fondo Social Europeo, todos
aquellos jóvenes que tengan una edad no superior a 29 años en el momento de
inicio del programa, estar en situación o riesgo de exclusión social y figurar
inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de
Castilla y León y haber permanecido de forma ininterrumpida en tal situación en
los últimos doce meses.
La
selección de los participantes se realizará por la
entidad beneficiaria, teniendo en cuenta, en todo caso, los siguientes
criterios:
a) Carecer de
experiencia laboral previa en el ámbito de sus respectivas titulaciones.
b) Antigüedad en la
situación de desempleo o en la inscripción en el Registro del Sistema
Nacional de la garantía Juvenil.
c) Nivel acreditado de
conocimiento del idioma de país de destino, o en su defecto del inglés.
d) Nivel de
cualificación, mediante la acreditación de una titulación oficial
universitaria, de formación profesional de grado medio o superior, o del
mismo nivel que el de esta última, correspondiente a las enseñanzas de
formación profesional, artística o deportiva.
e) Nivel de adecuación
de los candidatos al programa. A tal fin, será obligatoria la realización
de entrevistas personales a los posibles destinatarios.
Además de las anteriores,
para las actuaciones financiadas por el Programa Operativo de Empleo Juvenil se
tendrán en cuenta como criterio de prioridad, aquellos jóvenes que
estén más próximos a cumplir la edad máxima prevista en el citado Sistema
Nacional de Garantía Juvenil.
¿Cuál es la cuantía de la
subvención?
La cuantía máxima de la
subvención será la suma de todos los gastos elegibles presupuestados por la
entidad sobre la base de los baremos estándar de costes unitarios que se
señalan en el Anexo IX-A o IX-B, según el Plan de movilidad europea se
dirija a jóvenes de Castilla y León inscritos en el Sistema Nacional de
Garantía Juvenil o a jóvenes en situación o riesgo de exclusión social,
respectivamente.
¿Cuál es el procedimiento
para presentar las solicitudes?
Las
solicitudes, debidamente cumplimentadas en el Anexo
I-A o I-B, según el Plan de movilidad europea se dirija a jóvenes de Castilla y
León inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil o a jóvenes en
situación o riesgo de exclusión social, respectivamente, que figuran en la
página https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es, en modelo teletramitable y
modelo normalizado para tramitación presencial, se dirigirán junto con los anexos y la documentación, al titular
de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, y se presentarán en
la oficina de registro sita en la C/ Mieses, 26, de Valladolid, o en cualquiera
de las unidades que integran los servicios de información y atención al
ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como
en cualquier otro centro de los que se señalan en el artículo 15 del Decreto
2/2003, de 2 de enero por el que se regulan los servicios de información y
atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la
Comunidad de Castilla y León.
Si se presenta la
solicitud en las oficinas de Correos, se hará en sobre abierto
para que la solicitud pueda ser fechada y sellada por el funcionario de
correos, antes de proceder a la certificación del envío.
Asimismo, las solicitudes
podrán presentarse de forma electrónica. Para ello, los
solicitantes deberán disponer de DNI electrónico, o de cualquier certificado
electrónico que haya sido previamente reconocido por esta Administración y sea
compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas
corporativas.
Dada la naturaleza de la
documentación a acompañar, se excluye la posibilidad de presentar las
solicitudes por telefax.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días naturales
computados desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria.
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