En el BOE de 7 de enero de
2.017 se ha publicado la convocatoria de
ayudas a las Federaciones Deportivas Españolas para el Programa Mujer y deporte
en el año 2017.
¿Cuál es el objeto de la convocatoria?
Las ayudas para actuaciones de las Federaciones Deportivas Españolas,
con el fin de promocionar, facilitar e
incrementar la participación femenina en todos los ámbitos del deporte, en
el año 2017, con alguna de las siguientes finalidades:
1.- Promoción, difusión
e investigación de la mujer en el deporte.
a) Realización de eventos
y actuaciones que difundan el deporte femenino.
b) Investigaciones y
estudios en relación con el deporte femenino.
c) Producción de material
audiovisual en relación con el deporte femenino.
d) Publicaciones
electrónicas en relación con el deporte femenino.
e) Proyectos innovadores
en relación con el deporte femenino.
2.- Formación deportiva.
a) Enseñanzas deportivas
reguladas oficialmente.
b) Cursos de árbitras o
juezas.
c) Actividades de
formación continua autorizadas dentro del programa FOCO cuyos objetivos estén
relacionados con la incorporación de la perspectiva de género en la práctica
deportiva.
d) Realización y
participación en cursos cuya temática esté relacionada con el mundo deportivo
(coaching, liderazgo, gestión deportiva,…) por parte de entrenadoras con
licencia federativa en vigor, directivas, gestoras, trabajadoras con cargos de
responsabilidad dentro de las Federaciones Deportivas Españolas, deportistas y
exdeportistas.
e) Ayudas para formación
académica reglada referida al curso académico 2016-2017 a deportistas integrantes
de equipos nacionales.
3.- Desplazamientos de
técnicas y juezas a competiciones deportivas.
a) Ayudas para
desplazamientos y asistencia a reuniones técnicas o competiciones deportivas
por parte de técnicas y juezas, que supongan un avance en su trayectoria
profesional y que no estén contempladas en otras subvenciones por parte del
CSD.
b) Ayuda para la
asistencia de mujeres a comités ejecutivos de las Federaciones Internacionales
u otras reuniones de relevancia consideradas por el CSD.
4.- Nuevas
contrataciones de mujeres que sean o hayan sido deportistas de alto nivel o de
alto rendimiento.
Las Federaciones Deportivas Españolas.
Además de plantear proyectos encuadrados en alguno de
los objetos que persigue la convocatoria, deben
cumplir los siguientes requisitos:
a) Su ámbito ordinario
de actividad debe abarcar alguna de las modalidades, especialidades, pruebas,
y actividades deportivas, integradas en las FFDDEE, que se indican como
subvencionables en el Catálogo, incluido como Anexo I de la presente
convocatoria.
b) El informe de
auditoría del último ejercicio no presente opinión negativa o deniegue opinión.
c) Hayan aprobado
por medio de sus órganos de gobierno, la aplicación del Código de Buen
Gobierno que constituye el Anexo II de la Resolución de 18 de octubre de
2016, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se
convocan ayudas a las federaciones deportivas españolas para el año 2017.
d) Estén al corriente
del cumplimiento de las obligaciones recogidas en la Ley 19/2013, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
e) Encontrarse al
corriente con el CSD en la amortización de préstamos anteriores y pago de los
intereses respectivos.
f) Su Presidente no
reciba retribución alguna a cargo de su Federación o, en caso de
percibirla, no mantenga más relación remunerada con la Federación que la
inherente a su cargo como Presidente de la misma.
g) No se encuentren en
ninguna de las situaciones reguladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
h) Contar como mínimo
con tres mujeres o un 33% de representación femenina en la Junta directiva o
en caso de carecer de dicho órgano, en la Comisión Delegada u órgano similar.
i) Disponer de un
Protocolo para la prevención, detección y actuación frente al acoso y abuso
sexual aprobado en Junta Directiva u órgano asimilado y dar cumplimiento al
mismo.
j) Disponer de una
Comisión Mujer y Deporte y/o designación de un responsable de las actuaciones
relativas a Mujer y Deporte de la Federación.
k) Se hayan adherido al
Manifiesto por la Igualdad y la Participación de la Mujer en el Deporte del CSD
y a la Declaración de Brighton Plus Helsinki 2014 para promover la
participación de las mujeres en todos los ámbitos del deporte.
l) Dar cumplimiento a lo
contemplado en la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo,
la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
m) Desarrollo de un
espacio específico de Mujer y Deporte en la web federativa.
¿Cuál es el
plazo y el procedimiento de presentación de solicitudes?
Quince días
contados a partir del siguiente a la publicación en el BOE del extracto de la
Resolución de convocatoria.
Las solicitudes y sus
anexos deberán presentarse a través de medios electrónicos
de acuerdo con el art.14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en
cualquiera de los Registros establecidos en el art. 16 de esta misma Ley.
La presentación de modo
telemático se llevará a cabo remitiendo el correspondiente formulario
normalizado, y sus anexos, a la Sede Electrónica del Consejo Superior de
Deportes, accesible en la dirección electrónica: https://sede.csd.gob.es.
Las solicitudes deberán
estar firmadas electrónicamente mediante una firma electrónica reconocida o
cualificada y avanzada basada en un certificado electrónico reconocido o
cualificado, según lo dispuesto en el art. 10.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
La Sede emitirá
automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación del escrito,
solicitud o comunicación que podrá ser archivado o impreso por el interesado.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comparte tus comentarios en ayudas, becas y subvenciones