sábado, 25 de febrero de 2017

SUBVENCIONES A LIBRERÍAS

En el BOE de 17 de febrero de 2017 se ha publicado la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la revalorización cultural y modernización de las librerías.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Las actividades de revalorización cultural y modernización de las librerías independientes que tengan una de las siguientes finalidades:

A) La renovación tecnológica mediante 1) la creación o mejora de páginas web y otras herramientas o medios que permitan tanto una mejor relación entre la librería y el usuario como una mayor difusión de la oferta de libros y del fondo editorial del establecimiento; o 2) la ejecución de cualquier otro proyecto que mejore el acceso de los lectores a la oferta legal de contenidos digitales.

B) La ejecución de obras en el establecimiento siempre y cuando supongan una clara mejora de su espacio cultural. Las obras deberán tener por finalidad mejorar la prestación del servicio, la accesibilidad del público lector a las instalaciones o adaptar la librería a los nuevos hábitos de compra y oferta de libros.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios de las ayudas?

Las librerías independientes que, constituidas como empresas desde hace al menos dos años en el momento de la publicación de esta convocatoria, reúnan los siguientes requisitos:

a) Requisitos administrativos:

- Tengan como actividad principal la venta de libros. A estos efectos, se tendrá en cuenta el epígrafe de alta en el IAE (659.4) o bien, en el caso de personas jurídicas, el objeto social recogido en las escrituras de constitución.

- Dispongan de un establecimiento físico, abierto al público general, que cuente con dos años de antigüedad en el momento de la publicación de esta convocatoria. Los cambios de domicilio no interrumpirán el cómputo de tiempo siempre y cuando la librería mantenga su nombre o sus socios.

b) Requisitos técnicos:

- Tener a disposición del público una oferta de títulos (no ejemplares) igual o superior a 3.000. En el caso de librerías especializadas en alguna materia concreta (cuyas ventas en esta materia concentren un 60% de las ventas) el número de títulos exigibles se reducirá a 1.500. Por otro lado, las librerías con una facturación de libros superior a 600.000 euros deberán disponer de una oferta mínima de 6.000 títulos.

- Disponer de un establecimiento con una superficie igual o superior a 40 metros cuadrados.

- Usar las herramientas tecnológicas de la cadena de libro en el momento de la publicación de esta convocatoria. Las librerías deberán acreditar el uso de SINLI, de DILVE, de CEGAL EN RED-LIBRIDATA.

¿Cuál es el importe de la ayuda?

El importe de la subvención será, como máximo, de 120.000 euros.

¿Cuál es el procedimiento y el plazo para presentar las solicitudes?

El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE. Desde el 20 de febrero de 2017 hasta el 10 de marzo de 2017.


Las solicitudes se dirigirán al Director General de Industrias Culturales y del Libro y habrán de ser presentadas, empleando un certificado de firma electrónica válida, a través de la sede electrónica del Ministerio (https://sede.mcu.gob.es/SedeElectronica/), en el apartado “trámites y procedimientos”.

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